27 ene 2010

La AFIP ultima detalles para la creación del registro online de empleados

Con el lanzamiento del flamante software que deberá utilizarse para liquidar las cargas sociales, el fisco nacional comenzó la implementación de la nueva herramienta web que permitirá potenciar las inspecciones. Conozca el renovado listado de exigencias que tendrán que cumplir las empresas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió dar el puntapié inicial para la implementación del nuevo registro online de relaciones laborales.
Puntos Importantes
  • El fisco nacional comenzó la implementación de la nueva herramienta web que permitirá potenciar las inspecciones.
  • Conozca el renovado listado de exigencias que tendrán que cumplir las empresas.

En efecto, el organismo que conduce Ricardo Echegaray anunció la puesta en marcha de un flamante software que redefine las exigencias que deberán cumplir las empresas al momento de liquidar las cargas sociales. De esta manera, las autoridades fiscales prepararan el terreno para la puesta en marcha de la nueva herramienta web que permitirá potenciar las inspecciones.

La versión 33 del programa denominado “SICOSS” deberá ser utilizada obligatoriamente –a partir de la liquidación de enero- por más de 550.000 empleadores que responden por aproximadamente 7.100.000 trabajadores registrados que conforman sus dotaciones de personal. Para descargar el programa haga click aquí.

Una vez finalizada la etapa de implementación, el registro online constituirá una sola base de datos digital que será válida para el fisco nacional, el Ministerio de Trabajo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y otros organismos que demanden datos declarados por las compañías.

“De esta manera, se pondrá punto final a las serias inconsistencias que se presentan en la información volcada ante los distintos organismos públicos”, precisaron desde la AFIP.

Complementariamente, se avanzará en la digitalización del libro de sueldos y jornales, un viejo anhelo del organismo de recaudación. El detalle formará parte de la base de datos a la que podrán acceder las dependencias interesadas a través de un aplicativo por Internet.

Nuevo aplicativo

Con respecto a los cambios que se incorporan al partir del nuevo software, el fisco destacó “la posibilidad de informar detalladamente la cantidad de días o las horas trabajadas en cada período, por cada trabajador”.

A fin de agilizar la tarea, la versión 33 también permite “calcular automáticamente todas las variables incluidas como riesgo del trabajo”.

“Por lo tanto, se deja de lado la realización de estos cálculos manualmente”, puntualizaron desde la AFIP. Esto es así, ya que el monto que va a parar a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) se conforma por una cuota fija más una suma variable que aumenta en proporción al peligro de la tarea realizada.

“También los empleadores podrán declarar a los trabajadores comprendidos en los regímenes diferenciados de jubilación de la construcción, por tareas riesgosas y del personal docente de las universidades nacionales”, añadieron las fuentes consultadas.

Al aumentar el caudal de datos, que por ahora es optativo, la AFIP podrá perfeccionar las inspecciones y potenciar el cruce de información –principalmente- con el Ministerio de Trabajo y la ANSES.

Asimismo, el programa también garantiza el cumplimiento del régimen de pasantías educativas”, indicaron desde el fisco nacional.

Con relación a la entrada en vigencia, la resolución general 2759 establece que la versión 33 del “SICOSS” deberá ser utilizada “para generar la declaración jurada de cargas sociales de los períodos mensuales devengados a partir de enero de 2010, inclusive, y siguientes, así como para las correspondientes a períodos anteriores, originales o rectificativas, que se presenten” a partir del martes pasado.

Como una última novedad, informaron que “se incrementó de 9 a 99 la cantidad de declaraciones juradas rectificativas que se podrán presentar, independientemente del período fiscal devengando de que se trate”.

Por ende, se amplía el margen de error lo cual facilita el cumplimiento de la obligación por parte de las compañías empleadoras. Para acceder al texto completo de la reglamentación haga click aquí.

Reempadronamiento obligatorio

El nuevo registro online de empleados se enmarca en la misma línea que el ya anunciado reempadronamiento que alcanzará a más de 7 millones de Claves Únicas de Identificación Tributarias (CUIT) correspondientes a particulares y directores o representantes legales de las empresas.

“El trámite deberá ser realizado personalmente por las personas físicas y los representantes de las personas jurídicas”, puntualizó oportunamente Echegaray.

Con respecto a los responsables ya existentes, detalló la pauta a seguir: “La idea es trabajar durante este año con un amplio programa de reempadronamiento”.

En referencia a la posibilidad de una nueva avanzada fiscal, Echegaray fue categórico: “No exigiremos el previo pago de deudas para el reempadronamiento y no vamos a utilizar esta nueva tecnología de control con otros objetivos más que los de constituir una base de datos segura”.

En relación al manejo de los datos, Echegaray indicó: "Esto estará protegido por el secreto fiscal; es la tendencia de otros países de la región y desarrollados. Además, evitará que otra persona diferente del titular del CUIT pueda utilizar esa clave". (Lea más:La AFIP obligará a registrar foto, huella y firma de todos los contribuyentes)

Hernán Gilardo
©iProfesional.com
27/01/2010

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