4 nov 2009

Avanza un impuesto a la telefonía celular para financiar el deporte.

Propone que los clientes con factura libre o mixta aporten el 1% sobre su gasto mensual.

Los usuarios de teléfonos celulares con abono libre o mixto se convertirán en sponsors de los deportistas argentinos, si prospera un proyecto de ley ideado por el Comité Olímpico Argentino (COA) con el aval de la Secretaría de Deportes, que propone recaudar el 1% de sus consumos para financiar a los atletas y podría reunir al año un presupuesto de 45 millones de dólares, según cálculos preliminares.

El proyecto, redactado por la diputada Nora Esther Bedano con las firmas de otros cinco legisladores, crea el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Enard), cuyos socios serán el COA y la Secretaría de Deportes de la Nación. Concentrará los fondos provenientes de la facturación de los celulares y donaciones y los destinará a becas, gastos de viajes en competencias, insumos para la actividad, medicina prepaga, apoyo a organizaciones y honorarios de entrenadores.

Fue presentado la semana pasada por el presidente del COA, Gerardo Werthein, a los legisladores de la Comisión de Deportes y, según asesores de Bedano, podría recibir dictamen mañana. De acuerdo con el escrito, el aporte de los usuarios será del "1% aplicado sobre el precio de los servicios y abonos que las empresas de telefonía celular facturen a sus clientes, neto de IVA". Y las operadoras deberán girarlos a los 30 días de recaudados a una cuenta del Banco Nación, con lo cual el proceso no produciría gastos de recaudación.

Los clientes prepagos no estarán afectados, ya que no tienen factura, con lo cual, según datos de las operadoras, los atletas contarían con el aporte de casi 15 millones de argentinos. Según Werthein, que es vicepresidente de Telecom (dueña de la operadora Personal), el Enard podría reunir al año unos US$ 45 millones entre el aporte de celulares y donaciones públicas o privadas. Esa cifra supera el actual presupuesto estatal total para el deporte, de 35 millones.

Fuentes de los promotores de la iniciativa explicaron que "al armar el proyecto se buscó una pauta de equidad que vimos en la telefonía celular, donde el que más consume más recursos económicos tiene. El 1% es un impuesto que no distorsiona las cuentas de nadie. Otros servicios, como el gas o la luz, están saturados, pero además son básicos".

Y apuntaron que "siendo las operadoras los recaudadores se ahorrará un gasto enorme por recaudación". Personal, Movistar y Claro prefirieron no opinar sobre el tema.

Defensores y detractores

Los clientes, en tanto, mantienen opiniones divididas, según un sondeo de LA NACION. Norma García, de Vicente López, apoyó la medida. "Con todos los impuestos que hay en este país, éste sería muy leve y serviría a una buena causa. Hace unos días compré una rifa para ayudar a un luchador de artes marciales a viajar a una competencia. Solo no podía hacerlo, y eso no tiene justificación. Tenemos que apoyarlos", afirmó. Eugenia Frega, de Belgrano, también dio el visto bueno: "Estoy de acuerdo, siempre y cuando lo que nos descuenten se use para el comité olímpico. Hay que apoyar a los deportistas que no pueden entrenar lo suficiente porque tienen que trabajar o no hay instalaciones o equipos", sostuvo.

Juan Martín De Marco, estudiante de Economía, consideró: "Estoy a favor porque el deporte tiene un fin social muy importante y el comité no tiene fondos. El deporte es la alternativa para sacar a los chicos de la calle, pero si ven gente que pierde o que no tiene para competir difícilmente se vean atraídos".

Entre los detractores, Matías, de Núñez, consideró: "La carga impositiva que padecemos los argentinos es demasiado alta para seguir sumando, en este caso, un nuevo impuesto al consumo. Más si tenemos en cuenta los servicios que nos devuelve el Estado por los impuestos que ya pagamos hoy".

"Dado que un proyecto de desarrollo del deporte como país me parece bueno, les sugiero humildemente a los diputados que hablen con el Ejecutivo y utilicen lo que se aporta al fútbol, que con eso se podría financiar este proyecto y dejar al fútbol en manos 100% privadas", agregó.

Por la negativa también se inclinó Mercedes Noguer, del partido de San Miguel: "Que sea creado un ente y que esté solventado por nuestro bolsillo no me parece correcto. El interés en el tema deportivo y su posterior sustentación para la promoción debería salir de una equilibrada y justa distribución del presupuesto al cual aportamos todos los ciudadanos". Con todo, el proyecto apareció pocos días antes de que las operadoras celulares anunciaran aumentos de hasta 22% en los precios, lo que pone un signo de interrogación sobre el momento elegido para tratar la idea.



Fuente: LA NACIONLINE
Periodista/Autor: Mercedes García Bartelt
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3 nov 2009

Retrasan rebaja de impuestos a productos electrónicos fueguinos .

Debido al tratamiento del "impuestazo" tecnológico, el Gobierno congeló hasta su aprobación la aplicación de una alícuota reducida del 38,53 por ciento.

El Gobierno nacional decidió retrasar nuevamente la baja al 38,53% de la alícuota en Impuestos Internos que recae sobre los productos eléctricos y/o electrónicos fabricados y/o ensamblados en la provincia de Tierra del Fuego.


La medida dada a conocer a través del decreto 1600/2009 publicado este martes en el Boletín Oficial se fundamenta en el tratamiento del Congreso de la Nación del denominado “impuestazo tecnológico”. Puntualmente, la nueva norma establece el congelamiento de la tasa reducida hasta la aprobación de la polémica iniciativa. El proyecto prevé la aplicación de Impuestos Internos a una serie de bienes eléctricos y electrónicos de uso común. A su vez, duplica la alícuota en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tributan los mismos.

Por el impacto en el precio final de los productos, la iniciativa abrió un fuerte debate entre fabricantes y ensambladores radicados en Tierra del Fuego, importadores y emprendedores del resto del país. Esto es así, ya que los productos provenientes de la isla austral no se verán alcanzados por el alza de impuestos.

La norma congelada establece que cuando se verifique una reducción en la alícuota correspondiente al IVA aplicable a la venta de los productos referidos, la alícuota de impuestos internos establecida sufrirá una reducción proporcional a la que se produzca en tal impuesto.

© iProfesional.com
03/11/2009

El fisco bonaerense lanza un nuevo plan de pagos.

El régimen que beneficia a deudores judiciales y prejudiciales prevé bonificaciones de hasta el 50%. Estará vigente hasta fin de mes.

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) lanzó un nuevo plan de pagos para morosos impositivos.

Quienes adhieran al plan -vigente hasta fin de mes- podrán acceder a descuentos menores que los que aprovecharon quienes se inscribieron en el régimen vigente durante el mes pasado.

El esquema abarca a quienes registren atrasos en el pago de los impuestos Inmobiliario, Automotores, Sellos e Ingresos Brutos, se hayan iniciado o no juicios de apremio.

En el caso de los planes de pago judiciales, ya no habrá descuento para quienes estén en juicio desde hace menos de un año.

Respecto a los planes prejudiciales, las bonificaciones serán del 50%, si se paga la deuda al contado, o del 30% si se abona en hasta 15 cuotas.

Fuente: Infobaeprofesional.com
03/11/2009

Anunciarán este martes el proyecto que modifica el régimen del Monotributo.

La cuota mensual aumentará hasta un 85% en algunos casos, como la categoría mínima, que pasaría a tener un pago mínimo de $213 mensuales.

El Gobierno anunciará este martes el proyecto de ley que modifica el régimen del Monotributo, que regiría a partir de enero próximo y que pasaría a tener una cuota mínima de $213 y un mínimo de facturación anual de 24.000 pesos.


El anuncio será realizado por el ministro de Economía, Amado Boudou, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, en una conferencia de prensa que se realizara a partir de las 11 en el Salón Carlos Tacchi del organismo tributario.

Boudou ya había anticipado la intención del Gobierno de enviar el proyecto al Congreso antes de fin de año para que el nuevo régimen arranque en enero próximo, pero los proyectos pendientes y el cambio legislativo de diciembre podrían dificultar su aprobación.

En su última visita a la Cámara de Senadores, el presidente de la AFIP estimó que en enero habrá 1,2 millones de monotributistas y para diciembre la cifra se elevará a 1,3 millones.

Echegaray explicó entonces que el proyecto prevé incluir siete nuevas categorías (de la "F" a la "L") que arrancarán en $96.000 anuales en el caso de la primera (F) y llegarán hasta los 300.000 pesos en el caso de la segunda (L).

El titular de la AFIP también había adelantado que la cuota mensual aumentará hasta un 85% en algunos casos, como la categoría mínima, que pasaría de los $114,75 a $213 mensuales, lo que deja el piso de facturación en $24.000 anuales.

En reciente declaraciones radiales, Boudou había también adelantado que el proyecto con las modificaciones será enviado antes de fin de año porque "la idea es que rija desde 2010".

El ministro había señalado que el titular de la AFIP estba preparando el proyecto para darlo a conocer.

El nuevo proyecto ampliaría el alcance del régimen para las locaciones de servicios hasta $200.000 al año y para el resto de las actividades hasta 300.000 y esas cifras se ajustarían periódicamente según la variación del salario mínimo o de las jubilaciones.

Al ampliar el nuevo régimen el nivel de facturación, se estima que podría sumar a otras 400.000 personas o pequeños comercios e industrias. La iniciativa oficial aumentaría también las sumas fijas del aporte jubilatorio y de la obra social, los dos componentes se mantenían sin cambios desde el año 2000.

Uno de los cambios importantes del proyecto es la precisión normativa que va a contar la AFIP para excluir del régimen a quienes, tengan depósitos bancarios que excedan los ingresos, hayan realizado operaciones que no estén respaldadas por facturas de compra, adquieran bienes o realicen gastos de índole personal incompatibles con sus ingresos.

El proyecto dispondría facultar a la AFIP, mediante una simple intimación, a sacarlos del Monotributo e inscribirlos de oficio en los impuestos respectivos de IVA y Ganancias, informó NA.

El proyecto establecería también que los que realicen actividad primaria y estén encuadrados en la categoría A y B no deberán pagar la parte impositiva y sólo abonarían las cotizaciones mensuales fijas con destino a la Seguridad Social e incorpora exenciones o pagos más bajos para el llamado Monotributo Social.

Fuente: Infobaeprofesional.com

02/11/2009



La Justicia frena la avanzada de la AFIP sobre las cooperativas y mutuales.

Un reciente fallo de Cámara congeló el régimen informativo tributario que obliga a las entidades sin fines de lucro desde este año. Los magistrados consideraron que el fisco nacional excedió su potestad reglamentaria al plantear un excesivo requerimiento de datos.

A fin de darle mayor razonabilidad a las políticas tributarias nacionales, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (CNACAF) decidió frenar la avanzada de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre las mutuales y cooperativas.

Puntos Importantes
  • Un reciente fallo de Cámara congeló el régimen informativo tributario que obliga a las entidades sin fines de lucro desde este año.
  • Los magistrados consideraron que el fisco nacional excedió su potestad reglamentaria al plantear un excesivo requerimiento de datos.

En efecto, a pedido de la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), los magistrados congelaron el régimen informativo que -desde este año- obliga a las entidades sin fines de lucro.

Puntualmente, el tribunal argumentó que el organismo a cargo de Ricardo Echegaray excedió su potestad reglamentaria al plantear un excesivo requerimiento de datos. Para acceder al texto completo del fallo haga click aquí.

El sistema puesto en marcha a través de la resolución general 2525 fue la primera medida de la AFIP que apunta a desbaratar las maniobras de evasión que se realizan utilizando mutuales y cooperativas.

“La operatoria típica es el otorgamiento de créditos de montos reducidos que en muchos casos encubren descuentos de cheques”, advirtieron oportunamente desde la AFIP.

Asimismo, se investigan las llamadas “ayudas económicas” brindadas por las mutuales. “Es habitual que corresponda a canjes de cheques de terceros, que se efectivizan por ventanilla o son depositados en las cuentas de ahorro del asociado, que en algunos de los casos no tienen capacidad económica suficiente”, aclararon desde el organismo recaudador.

“Resulta sumamente atractivo utilizar la tasa reducida que beneficia a la mutual para la cobranza de cheques de sujetos que desarrollan otras actividades que no gozan de la misma. De esta forma los cheques se cobran a través de cuentas bancarias de la propia entidad mutual y se ahorra la mitad del impuesto al cheque –menos la comisión que cobra dicha entidad- “, explicaron los funcionarios. (Lea más: El fisco investiga evasión multimillonaria que nace en el transporte de caudales).

Excesos

Si bien nadie puede oponerse a las acciones tendientes a desbaratar operaciones fraudulentas, la CNACAF determinó que ciertas herramientas utilizadas por la AFIP exceden su potestad reglamentaria.

Más precisamente, la Cámara determinó que “dados los términos de la resolución 2525 se observa, prima facie, que su contenido y finalidad exceden el carácter reglamentario por cuanto determina los elementos constitutivos del deber de información así como también enumera taxativamente los sujetos pasivos de dicha obligación”.

Conocida la decisión judicial, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre destacó que tal como lo establece la Cámara, “la AFIP podrá reglamentar obligaciones pero no crear las mismas más allá de lo que la ley permite”.

“El fallo contribuye a poner coto a la exagerada pretensión del organismo fiscal de que los particulares lo reemplacen en funciones que son inherentes al mismo, cuando en realidad, la AFIP cuenta con recursos materiales y humanos suficientes para cumplir su función”, agregó Scalone.

Como un aspecto no menor, el tributarista destacó que el fallo “hace lugar a la legitimación activa de un ente colectivo cuando de la norma en discusión surge una discriminación por parte del fisco hacia algunos o un grupo de ellos”.

“Esto constituye un antecedente importante a lo hora de decidir litigar contra el fisco por parte de un sujeto colectivo, pues le permite asumir la representación de los sujetos afectados”, concluyó Scalone.

El régimen por dentro

Puntualmente, la resolución general 2525 obliga taxativamente a 270 cooperativas y mutuales.

De acuerdo a la normativa, las entidades comprendidas deben detallar mes a mes, los siguientes datos:
  • El monto total de los depósitos mensuales efectuados en las cuentas de titularidad de sus asociados, cualquiera sea su tipo, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos.

  • Los saldos en las distintas modalidades de cuentas existentes de titularidad de sus asociados, cualquiera sea su tipo, que al último día hábil del período mensual informado, superen en valores absolutos los 10.000 pesos.

  • Los saldos de las colocaciones a término o a plazo de titularidad de asociados, cualquiera sea su tipo, que en el período mensual informado, superen los 10.000 pesos.

  • Los montos totales en concepto de préstamos y/o ayuda económica mutual y/o gestión de cobranzas, cesión de derechos y/o créditos, mandatos, así como todo otro movimiento no especificado precedentemente y que no resulte comprendido en los incisos anteriores, cuando la sumatoria mensual de los conceptos aludidos, supere también los 10.000 pesos.

En cuanto a los titulares de cuentas, la resolución obliga a infomar:

  • Apellido y nombre, denominación o razón social del o de los titular o sujetos intervinientes en las operaciones.

  • Domicilio constituido, completo -calle, número, piso, oficina, departamento, local, sector, torre, manzana, localidad, provincia, código postal y país-.

De los depósitos y saldos, se debe informar:

  • Tipo y número de cuenta.

  • Cantidad de integrantes y condición.

  • Fecha de apertura.

  • Moneda.
De los préstamos, ayuda económica mutual, gestión de cobranzas, mandato, cesión de derechos y créditos, entre otros, debe notificarse el tipo, moneda y monto total de las operaciones efectuadas por cada uno de los conceptos indicados.


Hernán Gilardo
© iProfesional.com
02/11/2009

Suben los precios de los autos usados por un nuevo tributo.

La carga a soportar en la provincia de Buenos Aires será del 2% si la operación se realiza entre particulares y del 1% si se celebra en concesionarias.

La provincia de Buenos Aires comienza este lunes a aplicar el Impuesto de Sellos a la compraventa de vehículos usados.

La carga fiscal a soportar será del 2% si la operación se realiza entre particulares y del 1% si se celebra en concesionarias oficiales inscriptas ante la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA).

A fin de asegurarse el cobro del tributo, el fisco provincial determinó que el monto será retenido por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor siempre y cuando el valor del vehículo supere los 40.000 pesos.

El titular der ARBA, Rafael Perelmiter, explicó oportunamente que la medida busca reducir la evasión en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que registra la comercialización de vehículos en agencias.

"El 70% de los vehículos están valuados por un valor de hasta $40.000 y pagarán menos impuesto que en el 2009", aseguraron desde ARBA.


"El 30% restante tendrán un incremento del pago actual desde 0,5 a 5%. Por ejemplo un vehículo de alta gama valuado en $152.000 pagará de incremento sólo $267 por año", adelantaron desde el fisco provincial. (Lea más: Scioli sólo podrá secuestrar autos que cuesten más de 40.000 pesos).

Fuente: Infobaeprofesional.com
02/11/2009

1 nov 2009

ESTUDIO GUERREIRO - CIENCIAS ECONOMICAS

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