2 nov 2010

Lanzan un nuevo procedimiento para el reintegro de IVA a extranjeros.

La AFIP reglamentó las características que debe contener el instrumento que reemplazará al certificado anterior y sumó a otra empresa para emitirlos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la normativa que regula el reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a turistas extranjeros e instrumento un nuevo comprobante que reemplazará al existente certificado de reintegro.

A través de la resolución general 2.945, emitida este lunes en el Boletín Oficial, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray introdujo dos importantes reformas en el sistema de reintegros de IVA a extranjeros.

Por un lado, reemplazará el "cheque de reintegro" existente al día de la fecha, por un nuevo instrumento con mayores requisitos. Por el otro, incorporará una empresa más para emitir dichos certificados.

En la actualidad, existe una sola empresa autorizada a emitir los denominados "cheque de reintegro". De este modo, a Global Blue Argentina, se le sumará la firma Premier Tax Free.

Respecto del nuevo instrumento, la flamante norma establece la información con la que debe contar. Entre ellas, se destaca:

a) Código de identificación unívoca.

b) Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del vendedor y denominación o razón social.

c) Fecha de emisión del comprobante.

d) Código del tipo de comprobante: seis para la factura tipo "B" y ochenta y dos para el tique factura tipo "B".

e) Punto de venta y número de comprobante.

f) Datos del turista:
  • Número de pasaporte o documento de identidad.
  • Apellido y nombres.
  • Domicilio en el país de residencia.
g) Importe del impuesto al valor agregado y -de corresponder- del impuesto interno, contenidos en la factura tipo "B" o tique factura tipo "B".

h) Importe a reintegrar.

Según lo establece la resolución (a la que puede acceder haciendo clic acá), la norma se pondrá en vigencia a partir de este lunes, a excepción de los incisos a) y d) que tendrán vigencia dentro de tres meses.

Fuente: Iprofesional.com
02/11/2010

1 nov 2010

A partir de hoy las transferencias menores a $10.000 serán gratuitas.


Para importes mayores rigen los nuevos topes, que no podrán exceder el 50% de las comisiones cobradas realizadas por ventanilla.

A partir de hoy, serán gratuitas las transferencias de cuentas bancarias realizadas a través de home banking o cajeros automáticos que no superen la suma de $10.000 diarios.

Para operaciones mayores, el costo máximo no podrá exceder el 50% de las comisiones cobradas por transferencias realizadas por ventanilla.
El costo de dichas transacciones varía según el tope: hasta $50.000, la comisión máxima será de $5; de $50.000 a $100.000, será de $10, y para más de $100.000, la comisión será establecida por la entidad bancaria en cuestión, aunque el tope máximo es de $300.

La medida, que fuera anunciada en septiembre por el Ministro de Economía, Amado Boudou, y la presidenta del Banco Central de la República Argentina, Mercedes Marcó del Pont, también establece la creación de una cuenta bancaria gratuita, y la instrumentación del cheque cancelatorio.

El objetivo central es incrementar la bancarización y disminuir las transacciones que involucren el uso de efectivo, como parte de un plan de seguridad diseñado con el fin de reducir los casos de salideras bancarias.

Para los usuarios que deseen realizar consultas, el Banco Central de la República Argentina habilitó una línea gratuita: 0800-999-6663. También pueden efectuarse vía web, en el Portal del Cliente Bancario: www.clientebancario.gov.ar.

Fuente: Iprofesional.com
01/11/2010

29 oct 2010

La factura electrónica llega el próximo mes a los proveedores del Estado

El fisco nacional pone la mira sobre cerca de 21.500 responsables que llegaron a facturar unos $700.000 millones durante el año pasado.
 

El fisco nacional pone la mira sobre cerca de 21.500 responsables que llegaron a facturar unos $700.000 millones durante el año pasado
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para extender la obligación de facturar electrónicamente sobre los proveedores del Estado.
De acuerdo a la resolución general 2.884, los proveedores que quieran contratar con el Estado deberán contar, a partir del 1 de noviembre próximo, con un certificado fiscal que sólo se otorgará a quienes estén adheridos al régimen de factura electrónica y no tengan incumplimientos tributarios durante los últimos cinco años.
Se trata de 21.500 números de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) que según datos del fisco nacional, el año pasado llegaron a facturar unos $700 mil millones, lo que equivale al 35% del total de la facturación de los contribuyentes que figuran como responsables inscriptos.

El marco reglamentario fue ajustado a través de la resolución general 2.939 publicada en el Boletín Oficial.
Fuente: Iprofesional.com
29/10/2010

El BCRA reglamentó la puesta en marcha del cheque cancelatorio

El organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont dio a conocer la flamante comunicación que establece las pautas a seguir al momento de confeccionar y utilizar la herramienta de pago pensada para reducir al mínimo el uso de efectivo. Acceda al texto completo de la nueva norma.
 
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ya reglamentó la puesta en marcha del cheque cancelatorio.
En efecto, a través de la comunicación "A" 5130, se establecieron las pautas a seguir al momento de confeccionar y utilizar la herramienta que busca reducir al mínimo el uso de efectivo. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
Según el marco legal vigente, el cheque cancelatorio -un instrumento impulsado por la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont- constituye, por sí mismo, un medio idóneo para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero. Además, tiene los mismos efectos que los previstos para dichas obligaciones en el Código Civil.
Puntualmente, la nueva herramienta permite a los clientes bancarios, que tengan o no cuentas corrientes a su nombre, reemplazar el dinero en efectivo con órdenes de pago por montos de entre u$s1.000 y 10.000 dólares.

Pautas a seguir

En primer término la reglamentación establece que el documento tendrá que ser librado en pesos o en dólares estadounidenses, a elección del solicitante.
"Los cheques en dólares deberán ser utilizados únicamente para operaciones de compraventa de inmuebles y los endosos deberán ser certificados por escribano público", agrega la flamante comunicación.


Respecto a las pautas a seguir por los bancos y usuarios, la norma del BCRA fija que los cheques cancelatorios sean librados por las entidades financieras e indica que deberán ser presentados para su cobro en el banco en que tenga cuenta su tenedor, durante 90 días corridos, contados a partir del momento en que fueron librados.
"Una vez cumplido el plazo, dicho el tenedor sólo podrá presentarlo para su cobro ante el BCRA", añade la comunicación "A" 5130.
En relación a los endosos, el Central señala que este procedimiento podrá efectuarse sólo dos veces.
Por una parte, los endosos deberán hacerse al dorso del documento frente a un escribano, funcionario de la entidad financiera respectiva o autoridad judicial, quienes certificarán la firma. Asimismo, el segundo sólo podrá ser realizado por una persona física.
En cuanto al valor del instrumento, la comunicación fija que cada cheque cancelatorio en pesos, será librado por un monto superior o igual a $5.000 e inferior o igual a 400.000 pesos.
Si se trata de dólares, el monto oscilará entre los u$s2.500 y 100.000 dólares.
Acceso al cheque cancelatorio
De igual manera, se establece que los instrumentos de pago deberán ser comprados en la entidad financiera en donde el interesado tenga la firma registrada.
Al momento del cobro, los bancos deberán tomar los siguientes recaudos:
  • Verificar que el cheque cancelatorio sea presentado al cobro por el beneficiario final, que resulte de acuerdo con los datos consignados al dorso del documento o por el propio comprador.
  • En caso de ser el mismo comprador quien se presente al cobro, verificar que no existan endosos y que, además, tenga cuenta y firma registrada en esa entidad financiera.
  • De tratarse de alguno de los beneficiarios, el banco deberá constatar la regularidad de los endosos. Si se trata del primer beneficiario, tendrá que estar sólo el endoso del comprador.
  • Para un cheque cancelatorio en dólares, el banco debe verificar que los endosos hayan sido certificados por escribano público.
  • Controlar que consten los siguientes datos al dorso del cheque cancelatorio:


    • Entidad financiera vendedora: código, denominación y sucursal.
    • Número de transferencia.
  • Verificar que el instrumento de pago incluya al frente los datos del tenedor o beneficiario final.

Por último, la reglamentación establece que las personas físicas podrán comprar un cheque cancelatorio en pesos mediante un débito en su cuenta. Si el instrumento es en dólares, tendrán la posibilidad de hacerlo tanto a través de un débito como entregando dólares billetes.
Las personas jurídicas, en cambio, sólo podrán comprar cheques cancelatorios emitidos en dólares y utilizando el débito en cuenta.

Voz oficial

Complementariamente, a la emisión de la reglamentación desde el BCRA aclararon que el cheque cancelatorio es una "herramienta gratuita, ya que en ningún caso los bancos pueden cobrar un costo adicional por su utilización".

A su vez, tanto las entidades financieras como el público podrán realizar verificaciones online acerca de la legitimidad de los cheques cancelatorios, mediante un sistema de consultas que se habilitará en la página web del BCRA.
Vale recordar que, en 2001, la implementación de este instrumento no tuvo éxito debido a que estaba gravado por el impuesto al cheque y porque sólo se podían emitir por valores redondos como $10.000 o 50.000 pesos.
 
Fuente: Iprofesional.com
29/10/2010

27 oct 2010

Nuevas críticas a los controles de lavado de dinero antes de la misión del GAFI a la Argentina

Los especialistas describen como "mala" la situación en el país. Coinciden en manifestar su preocupación por el movimiento de fondos de origen ilícito. La ex titular de la UIF Alicia López citó las causas contra Hugo Moyano y contra Felisa Miceli


La situación por el lavado de dinero en la Argentina preocupa a los especialistas en la materia, quienes alertan por la ineficacia de los vigentes controles que se llevan a cabo para evitar ese tipo de operaciones ilícitas, que en su mayoría, ocultan “delitos complejos”.

“El escenario en la Argentina es malo. El sector privado está para colaborar, la ausencia del sector público es lo que los lleva a esta situación. Venimos arrastrando el tema”, remarcó Alicia López, ex Jefa de Unidad de la Investigación Financiera (UIF) al ser consultada por Infobae.com.

López hizo énfasis en la necesidad de modificar a la UIF y convertirla en un “ente autárquico” para otorgarle mayor libertad de acción. Reconoció que es necesario reactivar el debate para definir los cambios tendientes a fortalecer el organismo y recordó que en el Congreso de la Nación se presentaron tres proyectos –del Frente para la Victoria, de la Coalición Cívica y del Peronismo Federal- para aplicar reformas en el organismo encargado de los controles para detectar operaciones de lavado de dinero.

"La UIF tiene que tener poder para actuar de oficio", opinó López al tiempo que subrayó que una de las principales funciones que debe poder realizar la unidad es llevar adelante “tareas de inteligencia” que incluyan la recopilación y el análisis de información sobre eventuales casos de lavado. “La inteligencia no brinda un poder de policía, brinda un poder de análisis”, aclaró.

López citó, entre otras, las causas contra el titular de la CGT, Hugo Moyano, y contra la ex ministra de Economía Felisa Miceli, al exponer en la jornada sobre Facultades de Supervisión y Sanción frente a la prevención del lavado de dinero, que organizó el grupo Normas Ordenadas Permanentes en la Capital Federal.

En primer lugar se refirió a la causa 18304/06 contra el sindicalista camionero por la posible vinculación entre su incremento patrimonial con los subsidios estatales recibidos por los sectores que conduce. “Moyano en 2004 recibía 1.700.000 de pesos y en 2008, 14.200.000”, subrayó al recordar algunos de los datos de la investigación y advirtió: “Hacer inteligencia implica determinar a dónde fueron a parar estos fondos y el incremento patrimonial de los sindicalistas involucrados”.
La especialista luego recordó el escándalo que se desató en 2007 con la aparición de un sobre con más de 60.000 dólares en el despacho de la entonces ministra de Economía Felisa Miceli, quien no supo determinar el origen de ese dinero y finalmente dejó su cargo en el gobierno nacional. “Por todo esto planteó que la UIF debe tener la facultad para actuar de oficio”, insistió.

Los especialistas del sector coinciden en la necesidad de iniciar debates más amplios para reformular el rol de la UIF. Al respecto, Claudia Estrecho, gerente de Riesgo Financiero y Unidad Antilavado del Banco Galicia, reveló que ya se analizan controles más estrictos para las recientemente puestas en marcha Cuentas Universales.

"Vamos a hacer controles extras sobre las cuentas. Están marcadas como un segmento aparte, en el que se estudian nuevos controles para evitar que alguien agarre a diez personas no bancarizadas y las utilice.  Vamos a establecer controles a la cantidad de movimientos, suma de créditos –más allá de que hay topes-, y determinar si no hay vínculos que unan a diez personas diferentes. Estamos viento cinco o seis cosas que vamos a pedir como requerimiento para poder hacer controles más estrictos", detalló.

Las renovadas preocupaciones se producen a sólo meses del informe que difundió el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) con críticas sobre la situación en la Argentina. En sus conclusiones, el GAFI advirtió que “no son efectivos” los controles que se llevan a cabo en el país para combatir el lavado de dinero. Ahora, se espera la misión del presidente del GAFI, Luis Urrutia Corral, a Buenos Aires, prevista para diciembre.


Fuente: Infobae.com

27/10/2010

22 oct 2010

Lavado de dinero: reclaman a la Argentina reforzar los controles.

El organismo internacional le reclamó a la Argentina que introduzca cambios al marco vigente en un plazo perentorio de poco más de 100 días.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) reclamó a la Argentina que refuerce los controles para evitar el lavado de dinero en un plazo perentorio de poco más de 100 días.

De no hacerlo, el país ingresará en un proceso que podría llevarlo a la lista "gris" de Estados bajo la lupa, con graves consecuencias financieras y bancarias.

La decisión del plenario del GAFI terminó de darle forma al documento más crítico sobre un Estado miembro del grupo desde su creación.

 
"El reclamo del GAFI involucra a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, a los gobiernos provinciales, los entes reguladores y al sistema financiero público y privado", reconoció el ministro de Justicia, Julio Alak.

En el informe final sobre la Argentina, que podría difundirse este viernes, también se alude a la corrupción. Apoyado en informes de organismos internacionales, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la evaluación remarca la impunidad existente en este tipo de delitos, señala el matutino La Nación.

Ante este panorama, el GAFI decidió darle plazo hasta febrero próximo para que el Estado argentino demuestre su voluntad de cambio y, si no, someterlo entonces a un duro proceso más intenso y duro de revisión.

"La Argentina quedó ahora como el país con peores calificaciones entre todos los miembros del GAFI", destacó al matutino el ex coordinador nacional, Juan Félix Marteau. "Esta es otra oportunidad perdida porque durante la gestión de Néstor Kirchner se había fijado una agenda nacional que ahora le reclaman al país. Se tiraron por la borda dos años", lamentó el experto.
 
fuente: Iprofesional.com
22/10/2010

 

21 oct 2010

El BCRA activa el cheque cancelatorio contra las salideras

Se pondrá en marcha hacia fin de noviembre, en el marco de la sanción de medidas tendientes a reducir la utilización de dinero en efectivo en el sistema financiero. Constituye un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo, y de uso gratuito.

La autoridad monetaria dispuso que el cheque cancelatorio "podrá ser librado en pesos o en dólares estadounidenses. Estos últimos podrán utilizarse exclusivamente para cancelar operaciones de compraventa de inmuebles. Tanto las entidades financieras como el público podrán realizar verificaciones on line acerca de la legitimidad de los cheques cancelatorios, mediante un sistema de consultas que se habilitará en la página web del BCRA".

Asimismo estableció que "quien desee comprar un cheque cancelatorio deberá hacerlo en la entidad financiera en la cual tenga una cuenta y firma registrada. La entidad librará el cheque cancelatorio por el valor que solicite el cliente, dentro de un rango que va de $5.000 a $400.000 o de u$s2.500 a u$s100.000. En caso de que el cliente necesite pagar un monto superior, podrá pedirle a la entidad que libre más de un cheque hasta cubrir el total".

Las personas físicas podrán comprar un cheque cancelatorio en pesos mediante un débito en su cuenta. Si el instrumento es en dólares, podrán hacerlo tanto a través de un débito como entregando dólares billetes. Las personas jurídicas, en cambio, sólo podrán comprar cheques cancelatorios emitidos en dólares y utilizando el débito en cuenta.

Quien desee cobrar un cheque cancelatorio también deberá hacerlo en la entidad financiera en la cual tenga cuenta y firma registrada. Las personas físicas podrán cobrarlos en efectivo o bien depositarlos en su cuenta. Las personas jurídicas, en cambio, sólo tendrán esta última opción.

Asimismo, el cheque cancelatorio podrá ser endosado hasta dos veces, siempre que el primer beneficiario sea una persona física. Los endosos deberán realizarse en el dorso del documento frente a un escribano, funcionario de la entidad financiera o autoridad judicial, quienes certificarán la firma.

Fuente: Infobae.com

21/10/2010