5 feb 2010

La AFIP pone la mira sobre las Uniones Transitorias de Empresas

Se establecen las pautas que se deberán respetar para la imputación y distribución de las retenciones a practicarse. Acceda a la nueva reglamentación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó el procedimiento general aplicable a las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) para los regímenes de retención para el ingreso de las contribuciones patronales con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social.

Asimismo, se establecen las pautas que deberán respetar las UTE y los agentes de recaudación para la imputación y distribución de las retenciones a practicarse. ´

Las nuevas condiciones se dieron a conocer a través de la resolución 2761 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga click aquí.

La reglamentación también establece el procedimiento a seguir por las UTE que -al concluir sus operaciones- tengan un saldo a su favor por retenciones sufridas no compensables con sus propias contribuciones. En tal caso, deberán solicitar su transferencia a las empresas integrantes de la UTE.

Fuente: Iprofesional.com
05/02/2010

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