6 sept 2010

La AFIP pone la mira sobre la evasión en el sector del aluminio.

El titular del fisco, Ricardo Echegaray, aseguró que "pese a que las ventas del sector crecen, el Impuesto a las Ganancias baja"

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió los resultados del segundo informe sectorial, donde se analizó detalladamente al sector de elaboración de aluminio, un rubro que en el último año fiscal declaró ventas por $3.274 millones y que ocupa aproximadamente 2.900 puestos de trabajo.

“Sorprende observar que pese a que las ventas se incrementaron sostenidamente desde el 2005 al 2009, el Impuesto a las Ganancias desde el 2006 al 2009 ha descendido, llegando en el último año a sólo $4 millones”, puntualizó el administrador federal, Ricardo Echegaray.

En ese sentido, el funcionario precisó que las ventas entre el 2008 y el 2009 crecieron el 3,5%, mientras que el impuesto determinado del mismo período descendió un 97,3 por ciento.

Por último, Echegaray destacó que los puestos de trabajo del sector tuvieron un descenso entre el 2008 y el 2009, mientras que en el 2010 crecieron el 1,5%. Para acceder al texto completo del documento haga clic aquí. 
 
Fuente: Iprofesional.com
06/09/2010

Retendrán la mitad de los ingresos a monotributistas que no cumplan con la AFIP

Quienes facturen más de $6.000 al mes y no declaren hasta el 30 de septiembre cierta información cuatrimestral, sufrirán pagos a cuenta en IVA y Ganancias.

Como un castigo adicional a quienes no estén en regla con el fisco, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los monotributistas con facturación anual mayor a $72.000 que no cumplan con el nuevo régimen cuatrimestral de información, serán susceptibles de retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de Ganancias.
De esta forma, quienes en promedio facturen más de $6.000 al mes y no declaren, antes de fine de septiembre, la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados -entre otros datos solicitados por el organismo- verán reducidos a la mitad sus ingresos.
Ello es así dado que la retención en IVA, prevista en la resolución general 2616/09 y aplicable a estos casos, se ubica en el 21% y para Ganancias en 35%. Sumadas arrojan un 56% menos, importe que será retenido por quienes adquieran cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios de un monotributista en falta.

Por ejemplo, de $100 a cobrar, el pequeño contribuyente sólo recibirá 44 pesos.
Esto es así, ya que la reglamentación del nuevo régimen prevé que los pequeños contribuyentes incumplidores no “podrán obtener su constancia de inscripción fiscal”.  Y como un perjuicio no menor, se debe considerar que el pago a cuenta efectuado en IVA y Ganancias sólo podrá ser computado cuando dicho monotributista abandone el régimen simplificado e ingrese al régimen general con el consecuente aumento de la presión fiscal a soportar.

Fuertes retenciones
 
Desde Tributum, Mario Goldman Rota, consultor tributario, explicó a iProfesional.com que el castigo oculto previsto en dicho régimen, alcanza a los monotributistas que facturan más de $72.000 al año.

“No hay que subestimarlo, pese a que alcanza a los monotributistas ubicados en las categorías más altas, ya que las sanciones parecerían ser las tradicionales, pero no lo son”, advirtieron desde el sitio.

“Además de la multa prevista en la Ley de Procedimiento Tributario, que puede llegar a $45.000, el régimen establece expresamente que el contribuyente que no presente la información requerida no podrá obtener su constancia de inscripción fiscal, operando así una suspensión de su condición frente a la AFIP”, señalaron desde Tributum.

La suspensión les genera a los monotributistas los siguientes efectos:
  • Los clientes les aplicarán el régimen retención especial en IVA (21%) y Ganancias (35%).
  • Los proveedores les aplicarán el régimen de percepción en IVA.
Nuevo régimen
A través de la resolución general 2.888 -a la que se puede acceder haciendo clic aquí- cerca de 200 mil sujetos están obligados a informar cada cuatro meses, entre otros datos:
  • El total de ventas del cuatrimestre, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
  • Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
  • Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
  • La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
  • La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.
Cuando se trate de profesionales adheridos al régimen simplificado, la nueva normativa exige informar el CUIT del consejo o colegio profesional en el que se encuentre matriculado y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, de tratarse de un transportista, el responsable deberá informar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.

La presentación de la información se deberá efectuar mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio web de la AFIP, ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa”.

Con respecto a los vencimientos, la reglamentación vigente aclara que “la información deberá ser remitida hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario”.

Como excepción, los datos que refieren a los dos primeros cuatrimestres de este año deberán ser transmitidos antes del 30 de septiembre próximo.

Complementariamente, el artículo tercero de la resolución 2.888, establece que los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante tal período.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), aseguró a este medio que "la AFIP busca evitar que los monotributistas, alcanzados por la nueva obligación, la evadan bajando de categoría”. (Lea más: Monotributistas: la AFIP perseguirá por dos años a quienes bajen de categoría).

Factura electrónica
Para completar la avanzada, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray ya tiene todo listo para sumar a la factura electrónica a los monotributistas que más facturen. En la primera etapa, la obligación recaería sobre quienes facturen entre $12.000 y $16.667 mensuales.

A largo plazo, el organismo de recaudación apunta a incorporar a la factura electrónica a todos los monotributistas comprendidos bajo las nuevas categorías que entraron en vigencia a partir del 1 de enero pasado.

Por lo tanto, una vez finalizada la avanzada de las autoridades fiscales, deberán emitir los comprobantes de manera electrónica:
  • Los profesionales monotributistas que facturen entre $6.000 y $16.667 al mes.
  • Los pequeños contribuyentes que realicen otras actividades con ingresos mensuales que se ubiquen entre $12.000 y 25.000 pesos.
En la actualidad, la emisión de comprobantes electrónicos rige para contadores y abogados –entre otras actividades- que tengan ingresos por más de $50.000 al mes. (Lea más: Factura electrónica: la AFIP tiene todo listo para sumar a monotributistas).

Hernán Gilardo© iProfesional.com

06/09/2010

4 sept 2010

Monotributo: rige plazo para recategorizarse bajo nuevos controles.

Los pequeños contribuyentes tienen hasta el 20 de este mes para actualizar su situación impositiva ante el organismo recaudador. Por otra parte, quienes ganen más de $6.000 mensuales, además, deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados.

Los pequeños contribuyentes tienen hasta el 20 de este mes para actualizar su situación impositiva ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Esto es así, ya que en poco más de dos semanas vence el plazo para que los monotributistas se recategoricen en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre septiembre de 2009 y agosto de 2010.

De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.
Complementariamente, quienes ganan más de $6.000 mensuales también tienen que informar -entre otros datos- la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado. Para ello, tienen tiempo hasta el 30 de septiembre próximo.
A fin de actualizar su situación impositiva, tendrán que considerar los siguientes renovados valores de referencia para cada categoría:
El trámite se puede efectuar mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio web de la AFIP, ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario/Monotributo/Recategorización".

Una vez ingresados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada (acuse de recibo) y la credencial para el pago.
Seguimiento a quienes más gananCon la mira puesta en acabar con el "enanismo fiscal", el organismo que conduce Ricardo Echegaray lanzó un nuevo régimen de información que pone la mira sobre los monotributistas que ganan más de $6.000 mensuales. En efecto, a través de la resolución general 2.888, la AFIP obliga a cerca de 200 mil contribuyentes a informar cada cuatro meses, entre otros datos:
  • El total de ventas del cuatrimestre, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.

  • Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.

  • Si son propietarios o inquilinos del local explotado.

  • La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.

  • La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.
Cuando se trate de un profesional adherido al régimen simplificado, la nueva normativa exige informar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado dicho profesional y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, de tratarse de un transportista, el responsable deberá declarar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.

La presentación de la información se deberá realizar mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio web de la AFIP, ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa”. (Lea más: Monotributo: oficializan nuevo control para quienes facturan más de $72.000 al año).
Ahogar a los evasoresDentro de la nueva reglamentación, el fisco introdujo una flamante herramienta para acorralar a los evasores. Puntualmente, el artículo tercero de la resolución 2.888, establece que los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante tal período.
Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), aseguró a este medio que "la AFIP busca evitar que los monotributistas, alcanzados por la nueva obligación, la evadan bajando de categoría”. (Lea más: Monotributistas: la AFIP perseguirá por dos años a quienes bajen de categoría).

Hernán Gilardo
© iProfesional.com
02/09/2010

3 sept 2010

Los trabajadores deberán hacer su propia declaración de Ganancias por Internet

Los trabajadores en relación de dependencia que pagan el Impuesto a las Ganancias por sus salarios deberán generar por Internet desde el ejercicio que cierra en diciembre próximo el formulario con las deducciones que pretenden restar del gravamen.

El subdirector de Fiscalización de la AFIP, Horacio Curien, dijo a El Cronista que el organismo recaudador está trabajando en la digitalización del formulario 572, que es la declaración jurada que firma el trabajador cada mes de febrero.

Se estiman que son más de 1,2 millones los trabajadores a los que sus empleadores les detraen el Impuesto a las Ganancias de los salarios, además de 100.000 jubilados y pensionados, todos los cuales deberán hacer el trámite por Internet desde este ejercicio.

En una primera etapa, el formulario 572 que hoy se archiva en las empresas, donde se guarda a disposición de la AFIP, se confeccionará por Internet, para que toda la información quede registrada en la base de datos del fisco.

El empleado ingresará las deducciones a través de la página de la AFIP, luego imprimirá el formulario 572 y se lo dará al empleador.

Pero la AFIP además trabaja para llegar a validar on line las deducciones. Por ejemplo, apunta a rechazar inmediatamente la declaración del trabajador si este informa que tiene un familiar a cargo, cuando en realidad esa persona tiene ingresos por encima del mínimo permitido para ello.

Esta segunda etapa, sin embargo, es más complicada técnicamente, por lo que la AFIP trabajará por ahora en sus sistemas operativas, hasta lograr ponerla a punto.

“Esto dará certeza a todo el mundo”, dijo Curien, porque “no quedará latente la posibilidad de que años después el fisco impugne la medida”.

En concreto, el fisco va a empezar el año que viene a hacer cruces entre la declaración jurada de los empleados con salarios más altos para determinar inconsistencias. Aunque no descarta ir también por los salarios medios, no con un objetivo recaudatorio, sino para “generar percepción de riesgo”, afirmó Curien.

“Hoy por hoy las deducciones de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias son una caja negra, y hay que empezar una inspección para saber si son correctas o no; con el cruce de información, la AFIP podrá detectar cuáles son sospechosas y canalizar las inspección sólo a través de las empresas donde se sospecha que hay trabajadores que mintieron en su declaración jurada”, añadió el funcionario.

Luego de la última suba resuelta por la AFIP, el mínimo no imponible pasó de $ 4.015 a $ 4.818 mensuales en el caso de los trabajadores solteros y de $ 5.554 a $ 6.662,80 mensuales para los casados que pueden deducir cónyuge y dos hijos.

Esta medida se enmarca en la forma de trabajo que ha instrumentado la AFIP, por la que actualmente ya hace controles on line de las últimas declaraciones juradas que recibe, de modo de hacer una rápida investigación, recibir rápidamente el descargo del contribuyente y decidir así las acciones a seguir. Hasta el año pasado tenía un retraso de 2 períodos en el análisis de la información.

En otro orden, Curien informó que la AFIP comenzará a otorgar por Internet el “certificado de residencia fiscal” a los contribuyentes que lo piden porque operan en distintos países, como artistas y futbolistas.

Fuente: El Cronista.com

03/09/2010

2 sept 2010

La ANSES profundiza su apuesta para digitalizar todos sus procesos.

El organismo que maneja los fondos previsionales y asistenciales está desarrollando programas informáticos que agilizarán el servicio a los beneficiarios.

La ANSES profundiza su apuesta para digitalizar todos sus procesos
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) está profundizando su apuesta para digitalizar todas sus actividades y procesos, con el objetivo de mejorar su gestión interna y su relación con los beneficiarios. Se trata de un proceso interno que involucra de lleno a la Gerencia de Informática e Innovación Tecnológica, cuya máxima responsable, Sandra Rouget, explicó a iProfesional.com las diferentes iniciativas que se están desarrollando. Además de la "despapelización" de millones de expedientes, esta área -que cuenta para este año con un presupuesto total de $153 millones y, para el próximo, tiene previstos $257 millones- trabaja en desarrollos propios de computación científica y compresión de imágenes. Rouget recibió a este medio en sus oficinas en la calle Piedras al 300, donde se encuentra la sala cofre, el “sancto santorum” informático de la ANSES, donde están albergados los servidores y “mainframes” (computadoras centrales) que alojan bajo cinco y hasta siete niveles de seguridad (en el caso de la firma digital) los datos personales de casi toda la población argentina. Es que por la ANSES pasa la información de los beneficiarios de diversos planes sociales, que cobran desde la asignación prenatal hasta las pensiones. “Pagamos a los (trabajadores) activos, los seguros de desempleo, la asignación prenatal. Por eso decimos que estamos con cada argentino siempre, porque empezamos a liquidar beneficios desde antes del nacimiento de la persona. Después le liquidamos la asignación universal (por hijo); le manejamos toda la parte de activos, con la recaudación y control de esos aportes. Y las jubilaciones y las pensiones una vez que fallece”, recordó la CIO (directora general de informática, sigla en inglés) de la ANSES. A través de los sistemas que administra el equipo que encabeza Rouget trabajan un poco más de 11.000 usuarios, del total de 14.444 que tiene el organismo, repartidos en aproximadamente 400 oficinas en todo el país. En este espacio hay desde computadoras gigantescas como la Sun 9000 que se encuentra en la “sala cofre”, la cual pudo recorrer iProfesional.com, hasta unos 160 teléfonos BlackBerry, además de 5 mil teléfonos que utilizan los protocolos de Internet para hacer llamadas (VoIP). Estas cifras crecerán en los próximos meses, con la apertura de cuatro o cinco nuevas oficinas. La ANSES es sinónimo de cifras de 7 o más dígitos cuando se habla de beneficiarios, lo que da alguna idea del enorme volumen de información que deben manejar los sistemas informáticos. “Nosotros liquidamos (los beneficios) a 6 millones de jubilados todos los meses; y a 4 millones de beneficiarios de asignación universal por hijo” (AUH), explicó la funcionaria. Además, de la ANSES dependen más de un millón de asignaciones familiares que se pagan a los trabajadores activos. Y a esto se suman los seguros de desempleo y la asignación prenatal. Sin embargo, en el caso de la AUH el proceso es complicado, porque se debe controlar mes a mes a los beneficiarios. “Si el papá de alguno de esos chiquitos entra en el mercado formal, hay que dejar de liquidarle. Son 4 millones de personas que le controlamos el derecho todos los meses”, explicó.
Investigación y desarrollo
Dentro de la gerencia informática de la Administración funciona un área de Innovación, “que no trabaja sobre los procesos operativos sino que está exclusivamente para crear”, detalló Rouget. En ese sentido, se desarrollaron algunos programas de reconocimiento biométrico facial y de voz. ¿Qué le va a permitir a la ANSES este trabajo de investigación? Agilizar la atención a los beneficiarios. “Cuando salimos con la asignación universal, nuestros centros de contactos (a través del número telefónico 130) se vieron saturados. Y hoy también se ven saturados. Con la cantidad de llamadas que recibimos no hacemos a tiempo para atender a todos”, describió Rouget. A través de este software, se permitirá hacer un IVR, un sistema telefónico que es capaz de recibir una llamada e interactuar con el ser humano a través de grabaciones de voz y el reconocimiento de respuestas simples, como “sí”, “no” u otras. El IVR nuevo de la ANSES, que se desarrolla a partir de un programa de la empresa española Verbio, apunta a que “la persona que llama pueda decir verbalmente qué es lo que está necesitando”, sin necesidad de recurrir a las opciones tradicionales de estos esquemas de atención. El nuevo sistema derivará al usuario a una respuesta automática o con un operador especializado en el tema.  El objetivo de este desarrollo, que estará en funcionamiento antes de fin de año, es “bajar la cantidad de llamadas que no podemos atender en este momento”, explicó Rouget, quien recordó que “la asignación universal (por hijo) tiró abajo el 0800 de Telefónica, por ejemplo. Todos los usuarios 0800 de Telefónica dejaron de tener servicio porque lo consumimos nosotros”. Pero hay otro objetivo: a través del nuevo sistema de reconocimiento se podrá definir la supervivencia del beneficiario. “Cada tres meses veces se debe dar fe de vida. Eso, en realidad, es un tema que les importa más bien a los bancos, porque nosotros hacemos responsables a dichas entidades sobre esta cuestión, con lo cual, son ellos los primeros interesados”, señaló la funcionaria. La idea es identificar, a través de la voz, a los usuarios de los servicios y prestaciones de la ANSES, y que, por medio de preguntas previamente grabadas, el organismo pueda saber que esa persona es quién dice ser.
Huella digital La funcionaria explicó que trabajan también en proceso de captura de "huella digital". Por la AUH, una vez al año, los padres deben manifestar que están bajo una situación laboral informal. "Si lo tienen que firmar en una declaración jurada, tengo que generar papel. No quiero papel, son casi 3 millones de papás, 3 millones de papeles en las oficina. Por eso, les vamos a capturar la huella digital de manera electrónica", expresó. Este registro dactilar digital podría utilizarse en el futuro en otros procesos, como en el reconocimiento de vida, estimó. "Por ejemplo, si el sistema de voz no funciona, la huella es una alternativa", precisó. Sin papeles  Uno de los principales desafíos de la Gerencia de Informática e Innovación tecnológica de la ANSES es la "despapelización" de este organismo. “Estamos yendo a la oficina sin papeles, es decir, estamos digitalizando muchísimo, pero también nos queda muchísimo por hacer. En el archivo tenemos 2.000 millones de páginas para digitalizar, lo cual es enorme. Todo es por millones acá”, describió Rouget. En ese sentido, los nuevos procesos que se generan son sin papeles. Por ejemplo, la asignación universal por hijo trae aparejada una libreta que los padres deben presentar una vez al año completada por el médico, donde se verifica que se le hicieron los exámenes de salud al niño y que se le dieron las vacunas. Y el colegio donde concurre el chico debe firmar que el estudiante cumplió el año lectivo. “Nosotros recibimos esa libreta para controlar que ese chiquito sigue teniendo derecho a la asignación universal. Son 3 hojas por libreta, por 4 millones son 12 millones de hojas. ¿Cómo hacemos para capturar esto?”, se planteó la CIO del organismo. Entonces, se confeccionó una libreta donde la mayor parte de la información se puede capturar por OCR, sistema óptico de reconocimiento de caracteres. Así, estas 12 millones de hojas anuales son escaneadas. “Y eso ocupa mucho espacio”, advirtió. Ante este problema, el área de Innovación, conformada por matemáticos y especialistas en ciencias exactas, creó una rutina que comprime las imágenes en un 30% más que cualquier sistema del mercado. “Tiene tanto éxito que la piden de la Universidad de Cambridge, ya estamos afuera del ámbito de la Argentina. Está todo el mundo queriendo acceder a la rutina y la estamos poniendo a disposición de todos los ámbitos públicos del país. Y hasta el Hospital Italiano (de Buenos Aires) la utiliza”, destacó Rouget.
Seguridad bajo prueba Los sistemas informáticos de la ANSES están entre de los mayores botines que buscan los delincuentes cibernéticos, dado que allí está la información personal de millones de argentinos, además de los fondos previsionales que maneja el organismo. “Es terrible”, reconoció Rouget, en relación a los ataques de los hackers. “El gerente de seguridad informática está todos los días sentado arriba de un volcán. Los ataques son continuos y de todos lugares”, puntualizó. Pero, además, está el frente interno, compuesto por más de 11 mil usuarios, a quienes se les debe explicar la necesidad de “cerrar las compuertas” de ingreso a esas redes. “La persona más odiada del área informática es el gerente de seguridad informática”, dijo la funcionaria, en referencia al responsable de mantener clausurado el acceso, entre otros recursos, a la red social Facebook desde la ANSES. “Tenemos muy pocas personas, generalmente son gerentes, que tiene accesos irrestrictos. Pero de ahí para abajo prácticamente lo único que se puede hacer es navegar por la Intranet, porque si no, es imposible. De otro modo, por acá se cuela todo”, explicó la gerenta. Para concientizar a los usuarios sobre estas necesidades de seguridad, se utiliza un boletín interno que se distribuye por correo electrónico a los usuarios de la ANSES con consejos y noticias. “Necesitamos también cerrar por un tema de mejora de nuestra red. Cuando cerramos Facebook, por ejemplo, tuvimos una mejora del 5% en el ancho de banda, lo cual para nosotros es un montón”, aseguró la funcionaria. César Dergarabedian© iProfesional.com 02/09/2010

1 sept 2010

Ya rige suba en la presión fiscal que soportan empleados y autónomos.

A partir de este miércoles, a raíz del incremento de la jubilación mínima, la categoría más baja que deben soportar los trabajadores independientes supera los $194.También se eleva a $11.829 el tope para calcular los aportes de los asalariados.

Los trabajadores autónomos y los asalariados sentirán una mayor presión fiscal desde este miércoles. Sucede que, a raíz del incremento a $1.046 de la jubilación mínima -que rige a partir de este mes- se eleva a $194 la categoría más baja a cancelar mensualmente por quienes trabajan de forma independiente. De igual manera, el escalón más alto pasa a 854 pesos.
El impacto también se siente en el bolsillo de los asalariados. Puntualmente, la suba en el haber mínimo jubilatorio eleva a $11.829 el tope para calcular los aportes que se descuentan del salario mensual.
Cuentapropistas y dependientes
Por lo tanto, el esquema de tributación a respetar por los trabajadores independientes es el siguiente:
  • Categoría I. Aporte mensual de 194,13 pesos:

    • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.
    • Comerciantes con ingresos anuales hasta 25.000 pesos.
    • Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
  • Categoría II. Aporte mensual de 271,76 pesos:
    • Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20.000 pesos.
    • Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25.000 pesos.
  • Categoría III. Aporte mensual de 388,24 pesos:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.
  • Categoría IV. Aporte mensual de 621,19 pesos:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
  • Categoría V. Aporte mensual de 854,13 pesos:
    • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.
Por otra parte, el ajuste de la jubilación mínima también eleva la remuneración tope para calcular los aportes de los asalariados de $10.119 a $11.829. Teniendo en cuenta que el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención pasa de $1.112  a 1.300 pesos.

En igual sentido, se incrementan los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen en cada caso al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinará $709 dejando atrás los $607 vigentes hasta el mes pasado.
Avanzar sobre los monotributistasEn igual sentido, durante este mes, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray pondrá la lupa sobre los monotributistas.
En primer término, el 20 de septiembre próximo vence el plazo para que los pequeños contribuyentes se recategoricen en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre septiembre de 2009 y agosto de 2010.
De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.
Complementariamente, quienes ganan más de $6.000 mensuales también deben informar -entre otros datos- la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado. Para ello, tienen tiempo hasta el 30 de septiembre próximo.
En efecto, cerca de 200.000 contribuyentes ubicados en las categorías más altas tienen que informar, entre otros datos:
  • El total de ventas del cuatrimestre, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
  • Los montos de las compras efectuadas, con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
  • Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
  • La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
  • La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.
Cuando se trate de un profesional adherido al régimen simplificado, la nueva normativa exige informar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado dicho profesional y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, de tratarse de un transportista, el responsable deberá declarar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.
Como una herramienta más para ahogar a los evasores, la reglamentación vigente también establece que los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante tal período.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) aseguró que de esta manera "la AFIP busca evitar que los monotributistas, alcanzados por la nueva obligación, la evadan bajando de categoría”.

Hernán Gilardo
© iProfesional.com
01/09/2010

 

Lanzan un padrón para reforzar el control sobre el transporte internacional

La AFIP y la Secretaría de Transporte buscan regularizar esta operatoria. La base de datos estará a prueba por seis meses y luego se podrá consultar online.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Transporte lanzaron un Padrón Único de Transportistas (PUAT), con el objeto de regularizar las operaciones de trasporte internacional.

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta 2.903 y 183/2010, el nuevo padrón estará a prueba por un período de seis meses.

La medida tiende a mejorar el intercambio de información por medios electrónicos entre dichos organismos, respecto de las empresas habilitadas para el transporte internacional terrestre, transacciones y destinaciones aduaneras en las que se encuentren involucradas.

La novedad es que, a partir de ahora, se podrán constatar habilitaciones y consultar datos relativos tanto a través del sitio de la AFIP (www.afip.gob.ar), como del de la Secretaría de Transporte (http://www.transporte.gob.ar).

A los fines de nutrir de información al padrón, las empresas de transporte deben aportar los siguientes datos:
  • Número de registro otorgado por la Secretaría de Transporte.
  • Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), para el caso que desarrollen actos de comercio en el territorio argentino.
  • Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del representante legal, tanto para personas físicas como jurídicas.
  • Apellido y nombres, denominación o razón social.
  • Domicilio -calle, número, localidad y provincia- y código postal.
  • Su carácter de regular.
  • Número de Permiso.
  • País de origen y de destino.
  • Tránsito.
  • Fecha de emisión de la autorización.
  • Fecha de vencimiento de la autorización.
Por otra parte, en el caso de los apoderados de la compañía, se exige declarar:
  • Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
  • Apellido y nombres.
  • Domicilio -calle, número, localidad y provincia- y código postal.
  • Tipo y número de documento.
  • Teléfono.
  • Dirección de correo electrónico.
Para acceder al texto completo de la norma, puede hacer click aquí.

Fuente: Iprofesional.com
31/08/2010