Desde el Banco Central, la Bolsa de Comercio, la Comisión Nacional de Valores y la Federación de Consejos trabajan en conjunto para darle forma a un modelo de estados contables online. Evalúan ponerlo en marcha en 2011, junto a la adopción de las normas contables internacionales.Si bien hace poco tiempo atrás se veía como una alternativa lejana, en poco más de un año los balances en papel comenzarán a desaparecer. En efecto, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) confirmaron a iProfesional.com que avanza a paso firme la diagramación de un modelo de estados contables online.
El nuevo formato permitirá a las empresas cumplir con un doble objetivo: optimizar las tareas y contar con un modelo de balance estándar que podrá ser presentado -al instante- ante los múltiples organismos que lo requieran.
Desde la entidad que agrupa a los profesionales esperan poder implementar la nueva herramienta en 2011. De esta manera, coincidiría con el inicio del proceso de adopción de las normas contables internacionales. “Al igual que la llegada de las normas contables internacionales, la implementación del balance digital se hará de manera progresiva”, aseguraron las fuentes consultadas.
A fin de cumplir con la fecha prevista, la Federación trabaja en conjunto con miembros del Banco Central (BCRA), de la Bolsa de Comercio y de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Puntualmente, desde la Facpce confirmaron la realización de múltiples reuniones en las que se avanzó en la diagramación del modelo online. “El equipo, integrado por un sector técnico contable y uno informático, tiene como objeto resolver la elaboración de un proyecto de implementación de una fórmula única de balance, desarrollado en forma digital, ya no en papel”, adelantaron desde el organismo.
Una medida complementaria
Puntos Importantes
- Desde el Banco Central, la Bolsa de Comercio, la Comisión Nacional de Valores y la Federación de Consejos trabajan en conjunto para darle forma a un modelo de estados contables online.
- Evalúan ponerlo en marcha en 2011, junto a la adopción de las normas contables internacionales.
La iniciativa fue confeccionada teniendo en cuenta la resolución técnica 26, emitida por la Facpce. Desde la entidad explicaron que el primer grupo alcanzado, refiere a las compañías incluidas en el régimen de oferta pública establecido por la CNV. Asimismo, se excluye taxativamente de la obligación a las siguientes organizaciones:
- Las restantes entidades bajo control de la CNV, tales como: Sociedades gerentes y depositarias de fondos comunes de inversión;
- Fondos comunes de inversión;
- Fiduciarios ordinarios públicos y fiduciarios financieros, inscriptos en los registros que lleva la CNV;
- Fideicomisos financieros autorizados a la oferta pública;
- Mercados de futuros y opciones;
- Entidades autorreguladas no bursátiles;
- Bolsas de comercio con o sin mercado de valores adherido;
- Cajas de valores;
- Entidades de compensación y liquidación; y
- Cámaras de compensación y liquidación de futuros y opciones.
A su vez, la resolución técnica deja abierta la puerta a que todas las empresas no alcanzadas puedan aplicar las NIIF de manera opcional, siempre a partir de 2011.
Por otra parte, se establece que las empresas obligadas a implementar las normas contables internacionales sólo podrán dejar de hacerlo cuando ya no se encuentren incluidas en el régimen de oferta pública de la CNV.
De haberlas aplicado de manera opcional, la compañía podrá dejar de hacerlo fundamentando su decisión. Complementariamente, se establecen pautas a tener en cuenta por las entidades que presenten estados contables consolidados.
Tareas previas de adopción
Si bien las pautas publicadas por la CNV no permiten la adopción anticipada, el primer grupo de empresas que se encuentran obligadas comenzarán a realizar tareas extras a partir de los balances de este año.
Más precisamente, respecto a los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inició a partir del 1° de enero pasado deberán:
- Identificar la norma que pone en vigencia las NIIF para la entidad y la fecha de cierre del ejercicio anual y del período intermedio en los que se prepararán los estados contables de acuerdo con las NIIF, por primera vez;
- Elaborar una manifestación en donde se deje asentado que se están evaluando los efectos de la adopción de las normas contables internacionales, o, en los casos en que la entidad haya concluido su análisis y tenga determinados los efectos del cambio, se deberán adjuntar las conciliaciones respectivas.
El trabajo aumentará aún más respecto de los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2010. Al respecto las compañías deberán adjuntar:
- Una conciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las normas anteriores y el que surja según las NIIF.
- Una conciliación entre el resultado integral total del ejercicio determinado de acuerdo con las NIIF y el importe equivalente a dicho resultado integral, determinado a partir de los estados contables de la entidad, preparados de acuerdo con las normas anteriores.
Cambios salientes
A efectos de puntualizar las principales modificaciones entre ambos esquemas normativos, desde la consultora Deloitte, resumieron las diferencias centrales de adoptar las NIIF al momento de presentar los balances y de reconocer los efectos de la inflación, entre otros aspectos.
Con relación a la presentación de los estados contables, puntualizaron que las normas contables argentinas prevén que:
- Los estados contables consolidados se presentan como información complementaria.
- Los activos y pasivos se deben clasificar en corrientes y no corrientes en función de un período de 12 meses.
- Se presente información complementaria a los estados contables básicos requerida por normas legales y profesionales.
Mientras que las normas contables internacionales establecen que:
- Los estados contables consolidados constituyen los estados principales.
- Los activos y pasivos pueden clasificarse en corrientes y no corrientes en función de un período de 12 meses o del ciclo operativo de la entidad.
- Se presente información complementaria en mayor cantidad y detalle que las exigidas localmente.
Otro tema de vital importancia para las empresas reside en la forma de reconocer los efectos de la inflación en el balance contable. Al respecto, los expertos consultados señalaron que las normas locales prevén que el reconocimiento:
- Es solamente requerido para los estados contables emitidos en un contexto de inflación, deflación o hiperinflación.
- No se admite el ajuste cuando el contexto es considerado de estabilidad monetaria.
- Asimismo el índice de precios utilizado es el mayorista (IPIM).
En cambio, las normas internacionales prontas a implementarse establecen que la inflación debe ser reconocida en:
- Estados contables emitidos en economías bajo un contexto de hiperinflación (100% en tres años).
- Respecto al indicador de referencia, se utiliza el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Hernán Gilardo
© iProfesional.com
05/11/2009
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