10 nov 2009

"Los que menos facturan van a pagar una cuota alta de monotributo" Enrique Lingua (economista)


04-11-2009 | 12:40 hs.
Fuente: punto biz

Enrique Lingua, el economista especialista en el tema tributario, explicó en Base de datos ( FM 107.1 de 8 a 10) cuáles son los cambios que deben tener en cuenta los monotributistas y a quiénes les conviene permanecer en la categoría.

¿De qué se trata el proyecto y los cambios sustanciales?
Es importante que se haya aumentado el tope para poder permanecer en el monotributo. El primer cambio sustancial es que hoy, sin la modificación, por prestaciones de servicio sólo pueden ingresar en el monotributo aquellos que no superen los $72.000 pesos anuales, o sea un promedio de $6.000 mensuales. Estamos hablando de profesionales, de cuentapropistas que prestan servicios y para la operatoria de compra-venta de bienes la cual ya no es el servicio, sino que hay intercambio de bienes, el tope se eleva de $144.000 a $300.000, acá está dando un promedio mensual de $25.000. Desde el punto de vista de abrir o levantar el techo de posibilidad es importante, porque por el efecto de la inflación desde año 98 hasta ahora, estaba quedando afuera mucha gente y la verdad es que no es lo mismo estar dentro del monotributo que en el régimen general, porque hay que tributar iva, ganancia, hay sujeto de retenciones, cosas que no suceden si se encuadra dentro del monotributo.

Se estaba empujando a la gente a facturar en negro, si uno estaba excedido pero no tanto como para pasarse al régimen general ¿que podía hacer?
Hay de todo. En alguna medida si se factura con empresas grandes hay que aportar comprobante. Puede pasar que se incorpore una figura familiar con monotributo que le pida un favor a un amigo o familiar que le preste una factura. Y la otra es seguir facturando aún superando los topes y corriendo los bordes para que no se complique.
Un desarreglo lo que ha habido en este ultimo tiempo.

El desarreglo lo produjo la inflación y la falta de actualización, y en la Argentina somos como el barco vamos de un lado a otro. Eso era esperable, debió corregirse hace mucho tiempo, no ahora, quizá años atrás. El golpe inflacionario del 2001 ya marcaba una pauta, que esto debió corregirse. Pero que pasa en esta actualización que se está haciendo ahora, se corrigen también aportes al sistema previsional y sistema de salud, es decir, se aumenta la cuota mensual que tiene que pagar el monotributista y también se aumentan los aportes jubilatorios y de salud.

Es un hecho importante, se fija una cuota única también de aumento para el sistema jubilatorio de $110 para todas las categorías y de $70 de obra social para todas las categorías. Es decir, que todos los monotributistas que ingresen al régimen van a tener a partir de que se sancione la ley $180 en los dos conceptos por mes. Vamos a una cuestión que acá me parece que se comete un error sustancial que era la categoría mas baja del monotributo, que $12 mil pesos de ingresos de facturación anual, estamos hablando de $1.000 mensuales.

Vamos a suponer que alguien que factura mil pesos mensuales que por su actividad de artesano, esa persona va a tener que pagar $213, que es el 21,3% de la facturación, esto me parece que no es equitativo frente al que esta facturando 48 mil pesos por servicio que paga 298. paga mucho, van a ser casi 300 pesos, pero no es comparable est situación con el que factura 12 mil pesos, me parece que el 21 % en esa categoría es demasiado.

Da la impresión que de por un lado es plata para la Ansés...
Exactamente, esto asegura recaudación para la Ansés fija todos los meses $110 que van a entrar por la cantidad de monotributistas que haya, están hablando de 700.000 y 1,4M y obra social que se van a llevar $70.
Un punto a tener en cuenta es que al escalón mas bajo del monotributista le va a doler, costar mucho hacer estos aportes...
En el fondo, a eso yo lo pongo como un extremo. También quiero poner como extremo esto: en la prestación de servicios, y acá no incluyo a los profesionales, porque acá en Santa Fe tienen su jubilación provincial y probablemente también tengan su obra social. Pero el monotributista que no sea profesional y que tenga hasta $200.000 y ésta es la primer categoría, va a tener una cuota de $1780, o sea va a tener un impuesto de $1.600 por mes mas lo $180 de obra social. Es decir, la persona que tenga un promedio de $16.000 pesos mensuales tendría que pagar $178, un poco más del 10% de sus ingresos mensuales. Esta situación es importante que la gente lo tenga claro, cada cuatro meses hay que hacer una revisión de cuanto futuro los últimos doce meses, para ver si estoy en la misma categoría o me tengo que cambiar. Se crean mas categorias para los que venden bienes y en este caso también arrancando del más bajo que son $12.000 pesos anuales con la misma cuota de $213, se llega a esta situación que es importante. Al techo de $300.000 para pertenecer en el monotributo anual que son $25.000 pesos mensuales, implica una cuota mensual de $2880 de monotributo incluido la obra social, estamos hablando de mas del 10% de lo que tienen mensualmente. Ahora $25.000 de facturación quiere decir que si la persona está ganando el 40% de ese importe, hay que restarle, esa sería la utilidad sobre la cual después tiene que pagar los costos. Pero con una agravante que antes no estaba. En esa categoría tiene la obligación de tener tres empleados, o sea que está en las últimas tres categorías del monotributo para compra venta de bienes puede tener un empleado si factura hasta $200.000, dos empleados si factura hasta $270.000 y si está en los $300.000 tiene que tener obligatoriamente tres empleados en relación de dependencia.

A esta gente que está en este punto de la contribución ¿le conviene seguir en el monotributo o pasarse al otro régimen?.
Acá viene la otra parte del estudio. Cuál es el punto de equilibrio que tiene que hacer la persona si está en la situación donde le determina una cuotificación que le resulta mas onerosa que estar inscripto en Iva y estar pagando impuestos a las ganancias y no tener obligación de tener personal, no porque no quiera sino porque puede no necesitarlo. Va a tener que evaluar si le conviene salirse del monotributo pasarse directamente al régimen general. Es este caso yo entiendo que no está acorde con lo que se puede pretender filosóficamente de tener un régimen para determinados sectores. A mi me parece que es elevado pensar en casi $3.000 mensuales en cuotas para un monotributo comerciante que esté con la obligación de tener tres empleados, porque casi es como que entre los tres empleados y el monotributo tiene cuatro empleados y yo no sé si un negocio que factura $25.000 por mes puede tener cuatro empleados.


¿Quedan muy angostos los márgenes?
Me parece que va a tener que trabajar para pagar sueldos y tiene que comprar la mercadería estamos hablando de compra venta de bienes y $25.000. Hoy estamos hablando de un negocio que está tomando una categoría importante. Quiero decir que esta realidad es como un impuesto nacional después hay que ver que implicancia tiene en el resto del país, no vaya a ser que después termine distorsionado y que cualquier boliche o lugar diga yo me que en monotributo y en lugar de estar en una categoría máxima, me quedo en la mínima y corre la suerte de que nunca le encuentre que esta pagando menos.

Es importante advertirle a la gente las cuentas bancarias, fundamentalmente si operan con empresas grandes que pagan obligatoriamente con cheques, estos marcan una presunción de ingresos, entonces hay que tener cuidado. La prevención de que no es tan fácil, porque la AFIP hoy tiene una base de datos muy grande controla absolutamente todo, salta bastante rápido. Este año hubo muchos monotributistas, productores agropecuarios, que obligatoriamente tenían que pasar el registro fiscal de operadores de granos como son los inscriptos, pero no fue automática, se hizo el pedido y la AFIP tomó caso por caso de estos monotributistas y analizó si reunían los requisitos para ser monotributistas para ver si quedaban como monotributo en el registro tenían que entrar en el régimen general. Tomaron en cuenta principalmente depósitos bancarios, si habían comprado bienes inmuebles o muebles, o sea que también el monotributista está siendo verificado fácilmente por tres o cuatro parámetros que marca capacidad patrimonial o capacidad de depósito.

De hecho se está hablando que va a haber monotributistas con facturas electrónicas y que ya no va a ser una declaración jurada para ubicarse en la categoría porque el propio fisco a partir de las rendiciones lo va a ir acomodando según la categoría que correspondiera, lo que habla una mayor tecnificación y mayor control sobre el sistema...

Si, con lo cual el sistema yo no sé si no estamos desvirtuando el tema del monotributo, es decir, hay un encasillamiento casi de hecho y cuando por ahí uno escucha que se quiere inducir a la legalidad o la normalidad no sé si a muchos no lo están induciendo a la ilegalidad. Digo todo esto porque la gente va a tener que estudiar que le conviene mas si seguir pagando la cuota o pasarse al régimen general con lo que ello implica. A partir del primero de enero esta previsto el régimen de retención que tiene que hacer las empresas pagadoras a proveedores monotributistas. Este régimen que se va a ensamblar con la modificación de la ley es complicada porque si una empresa detecta que ella misma por los pagos que le hizo a un monotributista vio que superó los montos que están en juegos automáticamente tienen que retenerle el 21% de Iva y el 15% de impuestos a las ganancias, con lo cual prácticamente lo induce a sentarse en el régimen general.

Se esta hablando de la resolución de la AFIP ante la presunción de transacciones con operaciones de $20.000 aplicarse ellos...
La provincia a través de varias resoluciones pretende modificar la liquidación de impuestos de sellos, que siempre se paga por un instrumento, no por el aire, se paga cuando hay un papel escrito. En esta resolución, especialmente la 32, induce a que el impuesto de sello se paga se exhiba o no se exhiba y para ello han creado un régimen de retención que si rige donde el que pague por una prestación o recepción de dinero va a tener que hacer una retención de impuesto de sello por la presunción que va a ver contrato da por sentado que tiene que depositar un 1% por un contrato que puede o no existir. Hay grandes reclamos de entidades importantes porque serían normas tildadas ilegítimas.

Fuente: Puntobiz.com.ar

04/11/2009

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