En la mayoría de los distritos los ejecutivos tienen la facultad de modificar las partidas presupuestarias durante su ejecución y sin aprobación legislativa.
A pesar de que sus constituciones lo ordenan, las legislaturas provinciales no controlan la confección ni la ejecución de los presupuestos de sus distritos. Esa fue la conclusión de una investigación que emprendió el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), en la cual denuncia que las Legislaturas provinciales juegan un rol pasivo en el proceso presupuestario. “Existe en los distritos una preponderancia del Poder Ejecutivo provincial en todo el proceso presupuestario al tiempo que el Legislativo juega un rol pasivo”, advierte el organismo. Con resultados alarmantes, el trabajo realizado para evaluar la calidad institucional de las provincias argentinas señala además que “la performance de las provincias en el proceso presupuestario es débil”: en la mayoría de los distritos, el Poder Legislativo se limita a aprobar el proyecto de presupuesto del gobernador sin introducir cambios que tengan relevancia en términos de definición de políticas (a excepción de Chubut, La Pampa, Mendoza y Santa Fe).
El estudio destaca que si bien todas las Legislaturas tienen una comisión especializada para el tratamiento del presupuesto, en 17 de los casos los consultados por CIPPEC –que incluye a los propios legisladores– admitieron que la comisión no cuenta con capacidades técnicas suficientes como para analizar adecuadamente el proyecto del Ejecutivo e introducir modificaciones si fuera necesario. Es más, en ninguno de los casos el personal especializado conforma un cuerpo técnico permanente destinado a brindar apoyo a los bloques, comisiones o a los legisladores.
Asimismo, sólo en 5 distritos –Formosa, Jujuy, La Rioja, Santa Fe y Tucumán– la legislación que regula el proceso presupuestario contiene todas las salvaguardas básicas para acotar la discrecionalidad del Ejecutivo en el manejo de los recursos públicos. En cambio, en 16 provincias (73% de los casos), la legislación otorga al Ejecutivo la facultad de introducir modificaciones al presupuesto durante la ejecución sin necesidad de obtener para ello aprobación legislativa. En Mendoza y Salta, incluso, el gobernador puede modificar el monto total del presupuesto durante la etapa de ejecución sin la aprobación del Poder Legislativo.
En Santa Fe, en cambio, si bien el Ejecutivo puede modificar el monto total del presupuesto sin autorización de la Legislatura, en caso de que se produzcan ingresos mayores a los proyectados debe asignarlos a dos prioridades: a reducir el déficit y la deuda. Se acota así, en Santa Fe, el margen de discrecionalidad. Distinto a lo que ocurre en Capital Federal, Buenos Aires, Chaco, Corrientes, La Pampa, Neuquén y Río Negro, donde el Ejecutivo puede agregar, eliminar o modificar partidas durante la etapa de ejecución sin necesidad de obtener sanción legislativa.
Peor aún, en Catamarca, Entre Ríos, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego la legislación provincial otorga amplias facultades al Ejecutivo para cambiar el presupuesto durante la etapa de la ejecución sin la aprobación de la Legislatura, y admite tanto modificaciones en el monto total como en las partidas que lo componen.
La investigación también saca a la luz que las provincias que cuentan con una comisión legislativa destinada al control de la ejecución, suele tener mayoría del oficialismo y entonces ser poco propensa a iniciar investigaciones en caso de detectar irregularidades. Otro dato importante que se desprende del informe es que en la mayoría de las provincias la información sobre la ejecución presupuestaria no es remitida en tiempo y forma a la Legislatura provincial.
Periodista/Autor: Victoria Urdinez
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29/09/2010

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