12 ago 2009

La Justicia ratificó que el Indec deberá informar cuál es el método para medir la inflación

Así lo confirmó la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal al rechazar la apelación del Estado contra el fallo que lo intimó a cumplir una sentencia anterior que le había exigido explicar cómo calcula el Índice de Precios al Consumidor.

La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó un recurso de apelación presentado por el Estado nacional, contra el fallo de primera instancia que intimó al Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) a completar la información existente en su sitio web, luego de haber verificado una jueza el incumplimiento de la sentencia que, en 2008, exigió a ese organismo explicar cómo calcula el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En primera instancia, la jueza había intimado para que complete la información respecto de los índices publicados a partir de la notificación del pronunciamiento de la Cámara, ocurrido el 15 de octubre de 2008, y ajustar a los términos de esa sentencia las sucesivas publicaciones de las mediciones, según destaca la web del Centro de Información Judicial.

La magistrada sostuvo que no bastaba con la sola identificación y ponderación de los 132 productos cuyos precios componen el 100% del IPC, sino que la demandada debía indicar las variedades tenidas en cuenta para calcular el precio de cada producto incluyendo las variedades de los productos que integran las cinco canastas estacionales- y sus respectivas ponderaciones, pues a ello había sido expresamente condenada.

Fuente: Infobae.com 12/08/2009

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