El fisco porteño libera de presentar las declaraciones juradas mensuales de Ingresos Brutos a todos los contribuyentes directos del impuesto.La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) dispuso que todos los que se inscribieron como sujetos exentos en su carácter de fundaciones, asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, científicas, artísticas, culturales y deportivas, siempre que la totalidad de sus ingresos provengan de su actividad exenta, no están obligados a presentar la declaración jurada mensual del impuesto mencionado, a partir de la cuota 7 de 2009.
Los contribuyentes del convenio multilateral y los locales que se encuentren empadronados como exentos pero obtienen ingresos que no están destinados exclusivamente al cumplimiento del objeto previsto en el estatuto social, acta de constitución o documento similar, deberán seguir presentando las declaraciones juradas mensuales correspondientes.
Claves
Los representantes de las personas jurídicas deben realizar un trámite presencial ante el organismo de recaudación. Más precisamente, los responsables de las compañías que figuren como grandes contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán concurrir para solicitar la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT. (Ver más: Está vigente el plazo para obtener la nueva clave fiscal porteña)
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