La suba del piso salarial a partir del cual los trabajadores comienzan a pagar el tributo genera un reintegro que varía de acuerdo al nivel de ingresos de cada empleado. Conozca el monto extra que engordará su cuenta y las claves de la inminente reforma.Esto es así, ya que el alivio sería retroactivo a principios de este año. Por lo tanto, los contribuyentes se verían beneficiados por el reintegro del monto retenido en exceso entre enero pasado y fines de este mes.
Tal como adelantó iProfesional.com, al convertirse en decreto presidencial el borrador preparado por el abogado de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, se elevaría a $5.000 el monto mensual a partir del cual un dependiente soltero sin hijos soportará el peso del tributo. En la actualidad, el límite es de 4.015 pesos.
En el caso de tratarse de un empleado casado con dos hijos, el valor mínimo mensual pasaría a $6.846, dejando atrás los $5.554 vigentes hasta el momento.
La suma extra que engrosará el salario de bolsillo será recibida por todos los trabajadores que superen los “viejos” pisos de tributación. El dinero a recibir varía de acuerdo al nivel de ingresos de cada uno.
Efecto en el bolsillo
Puntualmente, a los solteros que perciban entre $4.015 y $5.000 netos mensuales se les devolverá el total del ingreso retenido desde principio de año. En efecto, quienes ganen $5.000 recibirá $383 extras.
Lo mismo sucederá con los empleados casados con dos hijos que ganen entre $5.554 y $6.846 netos mensuales quienes verán aumentado el ingreso de bolsillo por el total de las retenciones en Ganancias sufridas a partir de enero pasado. En efecto, quienes ganen $6.846 recibirá $515 extras.
Desde el estudio Lisicki, Litvin y Asociados, Marcos Goshi, precisó el impacto del reintegro en el ingreso de bolsillo de acuerdo al nivel de ingresos de cada empleado. Para efectuar los cálculos, se consideró que los nuevos límites salariales serán aplicados recién a partir de la liquidación salarial correspondiente al mes próximo.
De tratarse de un sueldo neto mensual de $7.000; el reintegro será de $1.272 para solteros y de $646 para casados con dos hijos.
Asimismo, ante un salario de $9.000, el monto a restituir será de $1.472 en el caso de solteros y de $1.738 para casados con hijos.
Por otra parte, los asalariados que ganen $12.000, percibirán un extra de $1.798 (solteros) y $2.202 (casados).
Para un salario de $15.000 el reintegro será de $2.183 (solteros) y $2.604 (casados con dos hijos).
A su vez, ante un ingreso de $18.000, el ahorro anual pasará a ser de $1.401 y $2.701, para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.
Anualizar el alivio
En igual sentido, Goshi calculó el ahorro anual que beneficiará a los empleados al elevar el piso de tributación en Ganancias.
Por ejemplo, un trabajador soltero con un sueldo neto mensual de $5.000, se ahorrará $1.292 anuales ya que dejará de soportar el impuesto.
Lo mismo sucederá con un asalariado casado con dos hijos que gane $6.846 al mes ya que se verá beneficiado con un monto extra anual de 1.852 pesos.
Avanzando en la escala salarial, ante un sueldo neto mensual de $7.000; el ahorro anual será de $2.784 para solteros y de $1.952 para casados con dos hijos.
De tratarse de un salario (neto mensual) de $9.000, el ahorro anual pasará a ser de $3.136 en el caso de solteros y de $3.784 para casados con hijos.
Respecto a los asalariados que ganan $12.000, el alivio anual se ubicará en $3.968 (solteros) y $4.536 (casados).
Por otra parte, ante un salario de $15.000 el beneficio anual es de $3.980 (solteros) y $5.320 (casados con dos hijos).
Por último, ante un ingreso de $18.000, el monto que se podrá ahorrar pasará a ser de $2.030 y $4.630, para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.
Recuperar beneficios
Complementariamente, al elevarse el mínimo no imponible a $15.000 anuales, los trabajadores en relación de dependencia podrán volver a descontar $4.500 al año en concepto de padres, suegros o abuelos para el cálculo de la retención de Ganancias.
Actualmente, la jubilación mínima anualizada ($11.635) supera el mínimo no imponible vigente en la actualidad ($9.000), lo que impide su cómputo. Por lo tanto, de aprobarse la iniciativa los contribuyentes volverán a deducirse a los familiares a cargo de los empleados.
A fin de evaluar la procedencia del descuento, también se deben tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Que sean residentes del país.
- Que se encuentren a cargo del contribuyente y que la deducción la realice el familiar más cercano.
Lo mismo sucede con las remuneraciones pagadas al personal doméstico ya que el límite máximo de cómputo está atado al valor del mínimo no imponible del impuesto. Por ende, el valor anual a computar aumentará de $9.000 a 15.000 pesos.
Hernán Gilardo
© iProfesional.com
23/06/2010
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