El plan sólo permite incorporar las deudas vencidas con anterioridad al 1 de enero de este año y prevé la quita total de intereses cuando la empresa o el particular pague un 20% del monto reclamado al contado. El régimen se encuentra vigente hasta el próximo 21 de septiembre.Junto a la puesta en marcha de la nueva moratoria, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) emitió la reglamentación que termina de establecer los pasos a seguir al momento de regularizar la situación fiscal ante el organismo de recaudación local.
La resolución 393/2010, publicada en la web de la AGIP, fija los requisitos y formalidades que deberán cumplir las empresas y particulares que se adhieran al régimen que ya se encuentra vigente y rige hasta el 21 de septiembre próximo. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
El plan sólo permite incorporar las deudas vencidas con anterioridad al 1 de enero de este año. Complementariamente, la moratoria contempla la quita total de intereses si se paga un 20% del monto adeudado al contado.
Pautas específicas
La resolución establece que también podrá incluirse a “las deudas originadas como consecuencia de refinanciación en planes de facilidades de pago vigentes o caducos”.
Asimismo, especifica que “pueden acogerse a la moratoria las empresas y particulares declarados en concurso”.
La adhesión al régimen implica la renuncia al derecho de solicitar la devolución del impuesto regularizado, sus intereses y multas.
En relación a las sanciones, la AGIP determinó que “quedan condonadas todas las multas, siempre que las obligaciones tributarias vinculadas se hubieran cancelado o incorporado a algún plan de facilidades de pago vigente”.
A su vez, la moratoria prevé el pago en hasta 60 cuotas que deberán superar los $50 para deudas de ABL y Patentes y $150 para las de Ingresos Brutos. Las cuotas vencerán los días diez de cada mes.
El costo de financiación será del 1,5% mensual para los planes de 49 a 60 cuotas, de 1,25% para 37 a 48 pagos, 1% para los de 13 a 36, y de 0,75% para los de hasta 12 cuotas.
También se estableció el siguiente esquema escalonado de descuentos de intereses:
- A quienes paguen un anticipo del 20% de la deuda se le descontarán todos los intereses.
- A quienes paguen un anticipo del 15%, se le descontarán el 75 por ciento.
- A quienes paguen un anticipo del 10%, se le descontarán el 50 por ciento.
- A quienes paguen un anticipo del 5%, se le descontarán el 25 por ciento.
Los contribuyentes que se encuentren bajo inspección podrán regularizar tales pasivos fiscales siempre y cuando se ajusten al monto reclamado por el fisco porteño.
Respecto a la caída del plan, la norma indica que “el atraso en más de 60 días corridos en el pago de una de las cuotas produce de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna la caducidad del régimen de facilidades”.
Comercio electrónico
Por otra parte, en poco más de un mes, el fisco porteño pondrá en marcha una nueva avanzada que pretende poner un punto final a la evasión en el comercio electrónico.
En efecto, a partir de septiembre, la AGIP obligará a los propietarios de los sitios de ventas en Internet a practicar una percepción de hasta un 3% en Ingresos Brutos sobre las operaciones realizadas a través de estos sitios online.
Por lo tanto, el cerco se cierra sobre las ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios realizadas a través de portales de comercio electrónico. De acuerdo con la reglamentación vigente, sufrirán los pagos a cuenta:
- Los sujetos que revisten la calidad de responsables en Ingresos Brutos, sean contribuyentes locales o encuadrados en Convenio Multilateral.
- Los vendedores que no acrediten su condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y realicen operaciones reiteradas en los denominados portales de subastas online.
A fin de medir el impacto del pago a cuenta, la reglamentación establece que la alícuota aplicable para la liquidación de la percepción será del 1,5 y del 3% para el que no acredite su condición de inscripto en el tributo. En ambos casos se calculará sobre el precio de la operación. (Lea más: Refuerzan avanzada porteña para luchar contra la evasión en el comercio electrónico)
Hernán Gilardo
© iProfesional.com
20/07/2010
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