29 jul 2009

Cómo manejar las Finanzas de una Pyme hoy.

Saben Ustedes cuáles son las diez cosas que necesita una Empresa para ser correctamente gestionada?

1) Efectivo.
2) Efectivo.
3) Efectivo.
4) Efectivo.
5) Efectivo.
6) Efectivo.
7) Efectivo.
8) Efectivo.
9) Efectivo.
10) Efectivo.

En términos más técnicos nunca debemos quedarnos sin LIQUIDEZ.

Y qué es la LIQUIDEZ ?

En Economía significa la calidad de los Activos que puedan ser convertidos en dinero en efectivo de la forma más rápida posible sin pérdida significativa de su valor. O sea que cuanto más rápido pueda convertirlo en dinero se dice que es más líquido ese Activo.

Así los Activos más líquidos que existen son el dinero en efectivo, esto es billetes y monedas, son de absoluta liquidez porque su disposición como tal es inmediata. De la misma manera que el dinero bancario (depósitos a la vista en los bancos gozan de absoluta liquidez.

Las características principales de un ACTIVO LIQUIDO son:
1) puede ser vendido rápidamente.
2) en cualquier momento.
3) con una mínima pérdida de valor.

La característica esencial de un MERCADO LIQUIDO es que SIEMPRE hay compradores y vendedores.

Al concepto de LIQUIDEZ se le contrapone el de RENTABILIDAD, de manera que a una MAYOR LIQUIDEZ tendremos MENOR RENTABILIDAD y viceversa. La Rentabilidad es la capacidad de obtener MAS GANANCIAS QUE PERDIDAS en un período determinado. El concepto de RENTABILIDAD lo asociamos al de LUCRO desde el punto de vista económico, pero también podemos tener RENTABILIDAD SOCIAL como lucro tangible de una obra pública que no siempre es conmensurable en términos económicos.

Vertidos estos conceptos básicos volvamos a cómo hacemos para hacer más líquida la situación de una Pyme, en el escenario que nos toca vivir en el contexto local como del resto del mundo. La realidad nos influye en las decisiones empresarias de manera diferente y debemos estar preparados para obtener la mayor ventaja competitiva de estas situaciones.
Para ello la persona que cumple el rol de Gerente Financiero que en las Pymes puede ser el propietario en las muy pequeñas y en aquellas con alguna estructura administrativa puede tener a una persona dedicada exclusivamente a optimizar el manejo financiero de la misma.

Esta persona es el arquitecto del futuro de la empresa, se transforma en el guardián del Presupuesto para definir la Estrategia y la Visión de la empresa en términos financieros.

Esta persona debe mentalizarse que DEBE crear VALOR para los accionistas.

Después se discutirá con el Director General proveer las estrategias de negocios que permitan satisfacer esas aspiraciones financieras.

Y cómo se logra esto ?

Con el FLUJO DE FONDOS o CASH FLOW.

Es que lo que se valora de un negocio es su capacidad de producir ingresos en el FUTURO.

Es fundamental que en las empresas sus directivos se MENTALICEN que el manejo del FLUJO DE FONDOS debe ser una RUTINA imprescindible si desean tener una visión permanente del rumbo que lleva la empresa, previendo TODOS los INGRESOS y EGRESOS que tendrá que soportar la organización.

El 80% del valor de las empresas NO FIGURA EN EL BALANCE, sino en las bases sobre las cuales está fundada la empresa y la disciplina financiera que le permita cumplir con su permanencia en el mercado generando VALOR a la Comunidad y teniendo una buena política que le permita INVERTIR las UTILIDADES para CRECER y SOLIDIFICARSE.

Será hasta la próxima.

DR. MIGUEL ANGEL GUERREIRO

FACPCE pide que se prorrogue el pago de impuestos por la Gripe A

La Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias económicas (FACPCE) envió una carta al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, para solicitarle extienda el plazo en la presentación de las declaraciones juradas y pago de impuestos nacionales.

La nota de la FACPCE pone de manifiesto que el brote de Gripe A obligó a muchos empleadores a otorgar licencias a sus empleados, afectando seriamente a las empresas, comercios y estudios contables para cumplir en término con los vencimientos de los distintos impuestos nacionales.

Por lo tanto, solicitó prorrogar los siguientes vencimientos:

- Presentación de DD.JJ. (regímenes determinativos, de información propia y de terceros).

- Pago saldo resultante DD.JJ.

- Pago de anticipos.

- Pago de moratorias, regímenes y planes de facilidades de pago.

- Retenciones y/o percepciones SITRIB-SICORE.

Nota presentada



Fuente: OTROS




27 jul 2009

Avanza el proyecto de digitalización de los balances de las compañías


La Comisión Nacional de Valores, el Banco Central, la Bolsa de Comercio y la Federación de Consejos Profesionales le están dando forma a un modelo de estados contables online que pondrá fin a la utilización del papel. Evalúan implementarlo junto a la adopción de las normas internacionales en 2011.

Los balances en papel tienen los días contados. Más precisamente, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) confirmaron a iProfesional.com que se está avanzando en la diagramación de un modelo de estados contables digital.

Puntos Importantes
  • Desde la CNV, el BCRA, la Bolsa de Comercio y la Federación de Consejos Profesionales se le da forma a un modelo de estados contables online.
  • Evalúan implementarlo junto a la adopción de las normas internacionales en 2011.

La implementación del nuevo formato permitirá a las empresas optimizar la tarea, y lo que aún es más importante, contar con un modelo de estados contables estándar que podrá ser presentado ante los múltiples organismos que lo requieran.

A fin de dar mayores precisiones, desde la federación que agrupa a los profesionales en Ciencias Económicas explicaron que la iniciativa denominada “Proyecto Central de Balances” involucra también a miembros de la Comisión Nacional de Valores (CNV), del Banco Central (BCRA) y de la Bolsa de Comercio.

Asimismo, desde la Facpce confirmaron la realización de múltiples reuniones en las que se avanzó en la diagramación del modelo online. “El equipo, integrado por un sector técnico contable y uno informático, tiene como objeto resolver la elaboración de un proyecto de implementación de una formula única de balance, desarrollado en forma digital, ya no en papel”, aseguraron desde el organismo.

Si bien desde la entidad profesional no dieron a conocer un cronograma concreto de implementación, se estima que la puesta en marcha coincida con el plazo fijado para la adopción de las normas contables internacionales.

“Al igual que la llegada de las normas contables internacionales, la implementación del balance digital se hará de manera progresiva”, adelantaron sus autoridades.

Normas contables internacionales
De manera complementaria, los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de distintas jurisdicciones -entre ellas Capital Federal y Buenos Aires- ya comenzaron a adoptar la resolución que establece un cronograma a respetar por las empresas a fin de implementar las normas contables internacionales.

La resolución técnica 26, emitida por la Facpce, detalla los pasos y las acciones que deben comenzar a realizar las compañías de inmediato a fin de simplificar la adopción de las nuevas reglas.

Puntualmente, la normativa que ya está siendo considerada por los distintos Consejos Profesionales, aclara que las normas internacionales de información financiera (NIIF) que deberán ser tenidas en cuenta -a partir de 2011- son aquellas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en la versión oficial en español.

Como primer grupo alcanzado, el organismo que reúne a los profesionales obligará a las compañías incluidas en el régimen de oferta pública establecido por la CNV. Es decir, en líneas generales, refiere a las empresas que cotizan en Bolsa.

Sin embargo, se excluye taxativamente de la obligación a las siguientes organizaciones incluidas en el régimen de oferta pública de la CNV:
  • Las empresas del panel de Pyme que no están registradas en el régimen de oferta pública por su capital ni por sus obligaciones negociables, sino que operan en otras formas de financiación;
  • Las restantes entidades bajo control de la CNV, tales como:
    • Sociedades gerentes y depositarias de fondos comunes de inversión;
    • Fondos comunes de inversión;
    • Fiduciarios ordinarios públicos y fiduciarios financieros, inscriptos en los registros que lleva la CNV;
    • Fideicomisos financieros autorizados a la oferta pública;
    • Mercados de futuros y opciones;
    • Entidades autorreguladas no bursátiles;
    • Bolsas de comercio con o sin mercado de valores adherido;
    • Cajas de valores;
    • Entidades de compensación y liquidación; y
    • Cámaras de compensación y liquidación de futuros y opciones.
A su vez, la resolución técnica deja abierta la puerta a que todas las empresas no alcanzadas puedan aplicar las NIIF de manera opcional, siempre a partir de 2011.

Por otra parte, se establece que las empresas obligadas a implementar las normas contables internacionales sólo podrán dejar de hacerlo cuando ya no se encuentren incluidas en el régimen de oferta pública de la CNV.

De haberlas aplicado de manera opcional, la compañía podrá dejar de hacerlo fundamentando su decisión. Complementariamente, se establecen pautas a tener en cuenta por las entidades que presenten estados contables consolidados.

Tareas previas
Si bien la resolución técnica no permite la adopción anticipada, el primer grupo de empresas que se encuentran obligadas comenzarán a realizar tareas extras a partir de los balances 2009.

Más precisamente, respecto a los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inició a partir del 1° de enero pasado deberán:
  • Identificar la norma que pone en vigencia las NIIF para la entidad y la fecha de cierre del ejercicio anual y del período intermedio en los que se prepararán los estados contables de acuerdo con las NIIF, por primera vez;
  • Elaborar una manifestación en donde se deje asentado que se están evaluando los efectos de la adopción de las normas contables internacionales, o, en los casos en que la entidad haya concluido su análisis y tenga determinados los efectos del cambio, se deberán adjuntar las conciliaciones respectivas.

El trabajo aumentará aún más respecto de los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2010. Al respecto las compañías deberán adjuntar:

  • Una conciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las normas anteriores y el que surja según las NIIF.
  • Una conciliación entre el resultado integral total del ejercicio determinado de acuerdo con las NIIF y el importe equivalente a dicho resultado integral, determinado a partir de los estados contables de la entidad, preparados de acuerdo con las normas anteriores.

“Cuando los ajustes o reclasificaciones en el estado de flujo de efectivo sean significativos, se deberá adjuntar una conciliación entre el efectivo y sus equivalentes y los totales de cada una de las causas de su variación determinados de acuerdo con las normas anteriores y los determinados de acuerdo con las NIIF”, agrega la norma.

Fuente: INFOBAE PROFESIONAL
Periodista/Autor: Hernán Gilardo

25 jul 2009

Consorcios: última semana para dar datos de los propietarios

Durante este mes los administradores deberán brindar el detalle correspondiente al primer semestre del año. Conozca las claves del régimen.

De acuerdo a la cuestionada resolución 2159 – que sigue vigente- los administradores de consorcios deberán informar durante este mes el pago de expensas, de aquellos propietarios que superan los $600 mensuales, correspondiente al primer semestre del año.


Más precisamente, el régimen informativo de expensas establece que los administradores de consorcios deben informar los datos de los propietarios que excedan los $600 mensuales de gastos de expensas y los 100 metros cuadrados de superficie.

En el caso de los clubes de campo o countries, el límite monetario queda igual, pero se eleva a 400 el correspondiente a la superficie.

Los datos relevantes a informar son los siguientes:
  • Respecto de los administradores: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, domicilio fiscal, período a informar y tipo del complejo urbanístico administrado.

  • Respecto de los ocupantes, propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas: carácter, CUIT o CUIL, domicilio del inmueble, superficie total y monto total de expensas abonados durante el período informado.

Por lo tanto, los administradores tienen tiempo hasta el 31 de julio próximo para informar los datos de las expensas abonadas durante el primer semestre del año.



Fuente: INFOBAE PROFESIONAL

24 jul 2009

Cómo estructurar y desarrollar un Plan de Negocios - Nota 3

Continuando con nuestros aportes a la Comunidad de Negocios, hoy seguiré esbozando los lineamientos que debe contener el PLAN DE NEGOCIOS.

Recordarán que habíamos hablado del capítulo Estrategia, y que la misma consiste en el encuadre general del negocio, es la que marca el rumbo.

Ahora continuaremos con el capítulo siguiente que es:

PLAN DE MARKETING

Este es la instrumentación de la estrategia de comercialización, el que tendrá coherencia si se ha definido previamente qué posicionamiento quiere tomar la empresa en el Mercado y el "target" o nicho de potenciales compradores apunta.

Básicamente en este Plan deben darse respuestas absolutamente convincentes acerca de los siguientes temas :

* Producto/Servicio: ¿Cuáles son los beneficios que la empresa da a sus potenciales clientes con su "Producto/Servicio".

* Precio: ¿A qué precio vamos a ofrecer nuestro "Producto/Servicio" y en cuánto influye el precio en la decisión final de compra del mismo?

* Distribución: ¿Cómo y en qué lugares van a venderse nuestros Productos/Servicios?

* Comunicación/Promoción: Hay que especificar muy bien la forma en que vamos a comunicar a los clientes sobre las cualidades de nuestra Producto/Servicio y persuadirlos para que tomen la decisión de compra. Los potenciales clientes deben enterarse de la existencia de nuestra oferta y ella puede hacerse de muchísimas maneras. La promoción puede hacerse en ferias, anuncios publicitarios en medios gráficos, televisivos, Internet, mailings, campañas de marketing directo, entre otras posibilidades.

Como dijimos la estretegia marca el rumbo de la empresa, aún en condiciones adversas del mercado, teniendo definida una buena estrategia sabremos cómo proceder en cada caso.

Cuando ya hayamos elegido la estrategia, debemos elaborar la Política Comercial que nos permitirá logara los objetivos comerciales. Es decir debemos saber cómo competir. Hay diferentes maneras de encarar las tácticas de competencia, las más usadas son:

a) Competir a través del precio: Si tenemos productos y servicios similares a nuestros competidores una manera de competir es ofrecer un menor precio. Si tomamos esta decisión debemos saber que tenemos que ser muy eficientes en la determinación de los Costos de cada una de las operaciones en que interviene la fabricación del producto o provisión del servicios.

b) Competir a través de la diferenciación: Esto es productos diferentes a los competidores en cuanto a su diseño, imagen, calidad. Esta alternativa permite lograr lealtad de los clientes hasta que se vuelvan más sensitivos al factor precio.

c) Competir por "foco": aquí debemos orientarnos a un grupo en particular, los que nos dará una especialización para desarrollar un mejor servico y más eficiente, para alcanzar una posición destacada en un mercado reducido al que atendemos con eficiencia.

Recordemos una premisa fundamental en los negocios: La estretegia en su fase inicial trabaja sobre posibilidades, el Plan de Marketing lo hace sobre probabilidades.

Es una herramienta de apoyo a la conducción estratégica y la gestión operativa y que nos permite, entre otras cosas:
* Establecer una base concreta sobre la cual descansarán los otros planes de la empresa (plan de producción, plan financiero, por ejemplo).
* Coordinar y unificar los esfuerzos de todos los sectores comerciales y de la empresa como un todo.
* Asignar responsabilides específicas a cada area o sector comercial que tenga la empresa.
* Facilitar revisiones periódicas que alerten sobre problemas y permitan anticiparse en su resolución.
* Exige establecer el costo-beneficio de cada acción propuesta.
* Permite detectar eventuales inconsistencias.

Como el tema del Plan de Marketing es muy apasionante, lo continuaremos en la próxima entrega pro razones de espacio.

Hasta la próxima.

DR. MIGUEL ANGEL GUERREIRO
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22 jul 2009

ESTUDIO GUERREIRO - CIENCIAS ECONOMICAS



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La AFIP garantizó la libertad cambiaria y apura el control de divisas


Aunque el organismo fiscal controlara on line el mercado cambiario, el dólar no se movió. Destacaron la clave de no mover topes en la Afip y Banco Central, que sumó reservas.

La AFIP sigue trabajando a toda marcha para controlar on line el mercado cambiario. Mientras se escribe y reescribe la resolución correspondiente, ayer en el organismo recaudador se tomó como buena señal que el dólar no se haya movido en sus principales variantes: el de casas de cambio, del mercado informal (blue) y el de contado con liquidación.

“La mejor respuesta la dio el mercado, demostrando que nuestra medida apuntará a reducir la evasión impositiva, y no a restringir las operaciones de moneda extranjera”, confió a El Cronista una fuente de la Afip.

La tranquilidad se debió, según el consenso registrado tanto en ese organismo como en el Banco Central, a un aspecto clave: no se habló de modificar el tope diario de compra, de u$s 2 millones mensuales para personas físicas y jurídicas. “Uno de los mayores temores del mercado es que se muevan los topes. Como quedó claro que eso no va a ocurrir, tuvimos un día tan tranquilo que hasta ganamos algo menos de u$s 20 millones en reservas”, comentaron desde el Central.

Durante la mañana, anticipándose a la apertura del mercado, el jefe de la Afip, Ricardo Echegaray, intentó aquietar las aguas tras la noticia del refuerzo al control cambiario.

“Hoy existe la posibilidad de comprar hasta u$s 2 millones por mes, en ese sentido no hay ningún cambio. Se garantiza la mayor libertad en la compra de moneda extranjera”, señaló a radio La Red. Y agregó: “lo que haremos ahora es, mediante un software, saber si la persona que está comprando dólares tiene capacidad económica en función de su última declaración de ganancias o la posición en el IVA. Así adelantaremos una investigación que antes llevaba un año y medio, porque podremos cruzar la información on line”.

El objetivo de la nueva medida, que se conocerá esta semana o la próxima, es doble: detener la fuga de capitales y recaudar más impuestos. La salida de capitales es uno de los más preocupantes a nivel macroeconómico: se fueron más de u$s 40.000 millones desde 2007, y en la actualidad el promedio mensual ronda u$s 2.000 millones. Mientras que la eficacia recaudadora es clave para la supervivencia del superávit fiscal, especialmente porque desde hace algunas semanas (junio y lo que va de julio) la gripe A afectó la performance del IVA, la caída en el precio de la soja hizo lo mismo con las retenciones, y la pérdida de puestos de trabajo amesetó los recursos de la seguridad social.

En diálogo exclusivo con El Cronista, Echegaray expresó a última hora de este lunes que “este procedimiento de control nos permitirá combatir la evasión impositiva de aquellos que compran divisas sin tener un respaldo económico exteriorizado ante la Afip. El acuerdo fiscal concluye el 31 de agosto, y con él la gran oportunidad de ponerse al día. Comienza un nuevo ciclo, en el cual la evasión impositiva será sancionada cuando los contribuyentes oculten rentas al Fisco y después salgan a comprar divisas extranjeras”. El objetivo de fondo, aunque no se diga de un modo tan directo, es sostener la recaudación en el más difícil de los escenarios para ello: una economía en recesión.



Fuente: EL CRONISTA COMERCIAL
Periodista/Autor: Lucio Di Matteo
Sitio Relacionado: http://www.cronista.com

La AFIP extiende la feria fiscal de invierno

El organismo a cargo de Ricardo Echegaray determinó que hasta el 24 de julio no se computarán los plazos procedimentales de las obligaciones tributarias

La medida se oficializó mediante la publicación de la resolución general 2647 publicada en el Boletín Oficial.

Mediante la nueva normativa, el fisco nacional estableció que hasta el 24 de julio próximo no se computarán los plazos procedimentales de las obligaciones tributarias.

Precisiones

La feria fiscal no alcanza aspectos tales como las facultades de contralor e inspección, ni los plazos de prescripción, ni los vencimientos generales de presentación de declaraciones juradas. Y por supuesto tampoco lo están los vencimientos de las distintas obligaciones impositivas, aduaneras y previsionales.

La AFIP puede hacer requerimientos o notificar, pero los plazos administrativos sí se congelan durante dicho período, es decir que se inicia (o reanuda, según fuera el caso) la cuenta el primer día hábil posterior a la feria, que en este caso es el 27 de julio, por ser el primer día hábil siguiente.

Los jueces administrativos pueden interrumpir la feria mediante resolución fundada. En el caso de citaciones para presentarse en las agencias del fisco, los plazos acordados se corren hasta el día 27 de julio.


Fuente: INFOBAE PROFESIONAL

¿Sabía usted que extraer dinero por cajero automático puede costar casi 7 pesos?

Los bancos tienen absoluta libertad para cobrar comisiones por este servicio que ya es parte de la vida habitual de los argentinos. ¿Cómo se distribuyen por entidad y por provincia? Sepa los consejos de los expertos para evitar ser víctima de un ilicito al momento de operarlos.

Sin dudas, utilizar cajeros automáticos tiene muchas ventajas, como evitar el tiempo de espera en los bancos y la posibilidad realizar operaciones fuera del horario de atención al público.


Además de sacar de apuros a los clientes, las transacciones que se efectúan en los cajeros de la entidad bancarias a la que se pertenece tienen la ventaja de no tener costo adicional para los usuarios.

Sin embargo, no siempre se encuentran estas terminales. Así, muchas veces los clientes se ven forzados a realizar operaciones en equipos que no pertenecen al banco o, incluso, en redes distintas sin tener en cuenta los costos que surgen por utilizar dichos cajeros.

Es por ello que a la hora de elegir una entidad con la cual operar sería deseable saber la cobertura geográfica de su red.

El costo de operar
Los precios más competitivos corresponden a los bancos públicos y algunos provinciales privados, mientras que en el otro extremo se ubican las entidades que ponen mayor énfasis en las promociones y descuentos para atraer clientes.

El costo unitario de cada transacción cobra mayor relevancia si se tiene en cuenta que a lo largo de un mes se realizan una diversidad de operaciones por cada cuenta.

En el siguiente cuadro se encolumnan los diferentes bancos según los costos:

Del cuadro surge que los bancos asociados a la red Banelco son los que cobran las mayores comisiones, que van de los $4,24 a los $6,05 por cada vez que se introduce la tarjeta en un cajero de la propia red. Pero este costo sube sustancialmente si se cambia de operador, pues el piso orilla los $4 y el máximo es de $6,70 por cada vez que se ingresa al sistema.

En síntesis, si se extraen $100, el costo de la operación puede llegar nada menos que al 6,7%, que se abona en el momento y al contado. Y más aún, quienes planeen tomar vacaciones de invierno en el exterior, deben considerar un encarecimiento de las transacciones que podría superar los 18 pesos.

Causas de las diferencias
El motivo de semejante dispersión es que el BCRA no fija límites de montos máximos, por lo tanto cada entidad puede establecer un valor a su criterio.

"El Banco Central no fija un monto máximo; por eso hay tanta disparidad. El tema es que los usuarios muchas veces no saben que existe este desfase tan grande entre los distintos bancos", señaló la defensora bancaria del pueblo de la ciudad de Buenos Aires, Graciela Muñiz.

"El Central debería fijar un límite a cobrar porque, si no, algunos bancos pueden abusarse", añadió.

Según explicó, una buena forma de fijar esos límites sería promediar los mínimos y máximos que hoy se cobran por productos similares. "Sería un límite bastante preciso, porque convengamos en que los bancos nunca pierden", indicó Muñiz.

El dato cobra mayor importancia entre quienes -por su rutina laboral-, se ven obligados a hacer alguna operación en diferentes barrios o localidades y en reiteradas oportunidades a lo largo del mes.

Golpe al bolsillo
Esta situación tenderá a agravarse, ya que las tarifas se verán incrementadas en varias entidades en un futuro no muy lejano, como por ejemplo, el banco Patagonia, que lo hará a partir de agosto.

Éste no será el único que retoque sus tarifas, ya que también habrá ajustes de entre el 12% y el 19% promedio en la mayoría de los bancos privados.

La explicación que dan desde las entidades es que los retoques en las casi 25 millones de cuentas bancarias sirven para sostener la rentabilidad, ante la caída de los ingresos vía tasas de interés, frenados por el estancamiento del crédito.

Esta historia es muy conocida por los usuarios, ya que las comisiones por el uso de cajeros automáticos de otras entidades muestran incrementos de hasta casi el 130% en apenas un año.

También se está evaluando la posibilidad de aumentar el valor de las operaciones realizadas en los denominados cajeros “neutrales” como son las terminales que se encuentran ubicadas en los shoppings, supermercados y estaciones de servicio, entre otros.

Parte de este incremento se debe a la suba del costo que se abona por cada transacción que los clientes de cada entidad realizan en una red ajena. Actualmente, el valor es de $1 en el caso de la red Link, mientras que hacia julio de 2008 el valor por cada operación era de 0,65 pesos. Con respecto a Banelco, hoy los bancos deben pagar $1,05 por cada extracción mientras que hasta octubre el valor era de 0,94 pesos.
Fuentes vinculadas a esta red consultadas por este medio afirmaron que “si bien en un momento se había pensado en establecer diferentes montos por cada tipo de operación, finalmente se determinó que por cada extracción debe abonarse $1,05 y en el caso de los depósitos, el valor fue fijado en 2,25 pesos”.

¿Cuáles son los bancos que dominan el mercado?
Sobre esos 10.000 cajeros, la mitad está en manos de apenas seis bancos. La entidad con mayor número de terminales es el Santander, con 1.182 posiciones, seguido por el Provincia y el Macro. Más atrás se ubican el Nación, HSBC y el Standard.


¿Cuáles son los cajeros más rentables para los bancos?
Fuentes del sector consideran que las terminales de mayor éxito están ubicadas en calles céntricas, con gran actividad comercial durante el día y de esparcimiento durante la noche, así como en espacios de tránsito con mucha afluencia de gente como los aeropuertos, terminales de colectivos o las estaciones de tren.

Aunque quienes deben recurrir a dichos cajeros, por lo general viajeros frecuentes, expresan sus quejas sobre la baja operatividad de los mismos, es decir, cuando se topan con la leyenda “Este cajero no dispone de fondos”, en momentos cruciales como el pre o post embarque.

A la hora de analizar qué servicio utilizan los clientes, se destaca que más del 70% de las transacciones de un cajero corresponden a extracciones de efectivo.

Las consultas de saldo y movimientos son el segundo servicio más demando, representan entre el 10 y el 40% de las operaciones. En cuanto a la transacción “Depósitos” la cuestión es diferente, ya que la proporción es ínfima.

Tal es así que en algunas sucursales del Banco Ciudad, por ejemplo, para realizar un depósito se le debe solicitar el sobre correspondiente al personal de vigilancia.

Consultado sobre este tema, un gerente argumentó que “se roban los sobres”. Es decir que se está humanizando una operación automática y se pierde el sentido de la operación original, pues se traba la operatoria.

Por último, los expertos estiman que la vida media de un cajero ronda los 10 años. Sin embargo, bastan cuatro o cinco para que sea rentable. El principal motivo para sustituir un cajero es el desgaste. Los cambios por actos vandálicos o asaltos son residuales.


Rubén Ramallo - Paola Quain
©iProfesional.com



21 jul 2009

Habrá nuevos beneficios para el blanqueo laboral


La AFIP interpretó que no debe exigir ajustes impositivos, no solo de aportes y contribuciones, al tiempo que liberó al blanqueo laboral de intereses
A pocos días del vencimiento del blanqueo laboral, la AFIP otorgó nuevos beneficios. Uno es la liberación del Impuesto a las Ganancias por trabajadores en negro con un nivel salarial alto, y el otro es el no pago de intereses resarcitorios por los períodos posteriores a diciembre de 2008.


El procedimiento para ingresar al blanqueo laboral debe cumplirse antes del próximo sábado 1º, mientras el plazo para el acogimiento al plan de pagos especial llega al 31 de agosto próximo.

La normativa prevé que, por la regularización de hasta 10 empleados, se producirá la extinción total de la deuda de capital e intereses derivada de la falta del pago de aportes y contribuciones.

Sin embargo, no surge claramente de la misma qué efecto podría producir el blanqueo laboral en el Impuesto a las Ganancias dejado de retener por la empresa, explicaron Guillermo Pérez y Valeria Brocos, del Grupo GNP.

Una ventana quedó abierta en el artículo 15 de la ley de blanqueo, precisaron Pérez y Brocos. Esa cláusula dispone que la AFIP y las instituciones de la seguridad social, “se abstendrán de formular de oficio determinaciones de deuda y labrar actas de infracción por las mismas causas y períodos correspondientes a los subsistemas de la seguridad social y ajustes impositivos, con causa en las relaciones laborales regularizadas en el marco de este régimen”.

Como no precisa sobre el Impuesto a las Ganancias, esto dio lugar a discusión.

Finalmente, la AFIP respondió una consulta, a través de su página de Internet, interpretando que según ese artículo, el Fisco deberá abstenerse de determinar deuda y labrar actas de infracción por las mismas causas y períodos correspondientes a los subsistemas de la seguridad social y ajustes impositivos, con causa en las relaciones laborales regularizadas. Es decir, puntualizaron Pérez y Brocos, no podrá determinarse deuda ni al empleador ni al trabajador. Añadieron que así los contribuyentes tienen un argumento para sustentar el no ingreso del Impuesto a las Ganancias.

En otro orden, los períodos de diciembre 2008 en adelante quedan fuera del blanqueo laboral. Esto quiere decir que hay que pagar los tributos que se generen como consecuencia de la regularización. Ante esta situación, explicaron Pérez y Brocos, el Fisco y la interpretación general decían que había que regularizar ingresando intereses resarcitorios.

No obstante, con la sanción de la resolución general 2609, se estableció que solamente se consideran pagos extemporáneos los realizados con posterioridad al 1º de agosto próximo. “En este sentido, si las empresas regularizan y pagan los tributos hasta dicha fecha, no deberán ingresar intereses resarcitorios”, remarcaron los especialistas.

Añadieron que, por lo tanto, quien regularizó antes de la sanción de esa resolución y pagó los intereses podrá proceder a solicitar su reimputación a otras obligaciones fiscales.



Fuente: EL CRONISTA COMERCIAL
Periodista/Autor: Dolores Olveira
Sitio Relacionado: http://www.cronista.com

20 jul 2009

Con datos inmobiliarios y de fideicomisos, la AFIP avanza sobre los evasores

El fisco apuntará contra los contribuyentes que "figuran como fuertes inversores y que no presentaron las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales"

En menos de dos semanas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Ricardo Echegaray, pondrá en marcha una nueva avanzada contra los evasores.

Puntos Importantes
  • El fisco nacional apuntará contra los contribuyentes que "figuran como fuertes inversores y que no presentaron las declaraciones anuales en Ganancias y Bienes Personales".
  • La ofensiva fiscal también se apoyará en los datos aportados por los administradores de consorcios.

Puntualmente, a fin de mes vence el plazo para que los administradores de fideicomisos informen los datos precisos respecto de los inversores que destinaron su dinero a tales instrumentos durante el año pasado.

Además, los administradores de consorcios deberán declarar, también antes de fin de mes, el pago de expensas de aquellos propietarios para los cuales superan los $600 mensuales, correspondiente al primer semestre del año.

Por lo tanto, una vez procesados los datos el fisco nacional podrá salir a la caza de evasores. En efecto, altas fuentes del organismo recaudador confirmaron a iProfesional.com que se pondrá la lupa –por ejemplo- “en los contribuyentes que figuran como fuertes inversores en fideicomisos y que no presentaron las respectivas declaraciones anuales en Ganancias y Bienes Personales que vencieron en abril y mayo pasado”.

De igual manera, la AFIP avanzará sobre aquellos que, por ejemplo, paguen $3.000 de expensas al mes y que figuran como monotributistas. “Se procesará toda la información recibida y se fiscalizarán los casos en donde se detecten notables incongruencias”, aseguraron desde el organismo recaudador.

Inteligencia fiscal
El cruce de datos siempre generó buenos resultados para las autoridades del organismo de recaudación. Al respecto, desde el organismo precisaron que “gracias al régimen de información que recae sobre los fideicomisos se detectaron importantes casos de evasión”.

Si bien, debido al secreto fiscal, no se pueden dar a conocer el nombre y los montos de los contribuyentes involucrados, desde la AFIP precisaron que “la mayor evasión se detectó en los fideicomisos orientados a la construcción y a los servicios inmobiliarios", y agregaron que "de cerca lo siguen los financieros y los dirigidos a las actividades primarias”.

Por otra parte, adelantaron que “luego de este vencimiento se reformulará el régimen de información que recae sobre los administradores de fideicomisos”. De esta manera, al cambiar las pautas se evita que los contribuyentes se adapten a las mismas y planteen estrategias de evasión a largo plazo.

Hernán Gilardo
©iProfesional.com

CAME solicita postergar por 90 días el pago de IVA, Cargas Sociales e Ingresos Brutos

CAME solicita postergar por 90 días el pago de IVA, Cargas Sociales e Ingresos Brutos

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19 jul 2009

ARBA derogó el Régimen de Información de Compra Venta de Divisas.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires derogó el Régimen de Información para la compra y venta e intermediación en la compra y venta de divisas que alcanzaba a las entidades financieras, casas, agencias y oficinas de cambio; al mismo tiempo que estableció un convenio con el Banco Central de la República Argentinas que le permitirá conocer a través de datos aportados por la entidad las operaciones de compra y venta de billetes y divisas en moneda extranjera concertadas por contribuyentes de la Provincia en todo el país.

La decisión de dejar sin efecto el régimen de información establecido por la Resolución Normativa Nº 14/09 que alcanzaba a las entidades financieras, casas, agencias y oficinas de cambio responde a las problemáticas administrativas de implementación que oportunamente comunicaran tales sujetos. Con el nuevo sistema se generó paralelamente un circuito más ágil y eficaz para profundizar los controles de Arba con una análoga herramienta tributaria a la que motivó aquella medida.

El convenio prevé que el B.C.R.A., bajo compromiso de confidencialidad de Arba, aportará información sobre la identificación de los compradores y vendedores, fecha, importe y tipo de moneda involucrado en la operación. Asimismo, aquellos datos protegidos por el secreto bancario, serán suministrados a la Agencia de Recaudación sólo en los casos en que se curse una solicitud que cumplimente con las condiciones legales vigentes.

De este modo, Arba perfecciona el mecanismo de acceso a la información, y resuelve distintas inquietudes elevadas por las entidades financieras y de cambio, con un esquema alternativo que no ocasiona obstáculos a la gestión de los sujetos involucrados en el régimen.

Este acuerdo forma parte de una serie de medidas que viene implementando Arba para profundizar la lucha contra la evasión en todas sus formas, abarcando en esta oportunidad eventuales traspasos de dinero a circuitos informales.

Fuente: ARBA

ARBA lanza el Operativo "VACACIONES DE INVIERNO"

Control fiscal sobre el Registro de operadores de granos

A través de un comunicado, la Administración Federal de Ingresos Públicos informó que detectaron 7.277 casos de contribuyentes que no presentaron la documentación necesaria para acceder a los beneficios tributarios previstos por el Registro.

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A través del control sistemático que la AFIP realiza sobre el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas, se detectaron 7.277 casos de contribuyentes que no presentaron la documentación necesaria para acceder a los beneficios tributarios previstos por el Registro.

Aquellos contribuyentes que no presentaron la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, como así también de Ganancia Mínima Presunta, de Bienes Personales Acciones y Participaciones o de Bienes Personales quedarán suspendidos hasta tanto no entreguen las Declaraciones Juradas correspondientes ingresando nuevamente de forma automática sin realizar ningún trámite.

Los contribuyentes que estén suspendidos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos no gozarán del beneficio de la alícuota general de retención del IVA y se les aplicará una retención equivalente a la totalidad del IVA involucrado en la operación. Asimismo, estos contribuyentes no gozarán de la devolución automática del mismo impuesto hasta tanto regularicen su situación y sea levantada la suspensión en cuestión.

En tanto, aquellos que no presenten la documentación en el transcurso de 60 días quedarán excluidos del registro.

El Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas resulta un pilar esencial para el control de la evasión, posibilitando contar con un universo acotado y verificado de los integrantes de la cadena granaria que intervienen en el IVA. Está diseñado para que los contribuyentes que estén incluidos sean realmente operadores del sector (y no sociedades o personas físicas creadas al solo efecto de blanquear operaciones) con una adecuada conducta fiscal.

Es importante destacar que la declaración jurada es la forma mediante la cual el contribuyente exterioriza su obligación y la AFIP ejerce su función de control, razón por la cual su incumplimiento no constituye un mero hecho formal, sino que resulta sumamente relevante.

Puntualmente, en el caso del Impuesto a las Ganancias existen 5.034 contribuyentes que no presentaron su declaración jurada y a los cuales se les venció ampliamente el plazo de cumplimiento, con lo cual quedan suspendidos del Registro.

El Registro Fiscal de de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas cuenta con un tratamiento tributario diferencial para los contribuyentes del sector (alícuotas diferenciales de retención en IVA y Ganancias).

Fuente: AFIP



18 jul 2009

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Cómo estructurar y desarrollar un Plan de Negocios - Nota 2

No hay una única forma de encarar un Plan de Negocios. Pero para que sea válido todos los aspectos relevantes de un Proyecto deben ser recorridos por dicho Plan. De esta manera nos aseguramos que no hemos dejado nada librado al azar.

Cada empresa tiene su forma de trabajar, sus prácticas, sus tiempos. Y sobre todo cada Plan debe formularse a la luz de los objetivos que lo cobijan.

Las partes básicas que componen todo Plan de Negocios son las siguientes:

* Carátula: Debe contener:
- El nombre del Proyecto.
- Fecha de realización.
- Destinatarios.
- Quienes lo realizan y presentan.

* Resúmen Ejecutivo:
Esta parte que es la primera (y a veces la única) que leen los destinatarios (inversores, potenciales compradores, etc.), es la más importante de todo el Plan, ya que se debe sintetizar en no más de dos páginas los principales aspectos del Proyecto y el objetivo de la presentación. Por esta razón su confección se la deja para el final.

* Cuerpo principal:
Aquí se vuelca la información relevante para evaluar el Proyecto, organizada en forma de temas por capítulos.

* Anexos:
Toda la información complementaria, gráficos, planos, documentos, folletos, cuadros comparativos, etc.

¿Qué información debemos incluir en cada una de las partes mencionadas?

Daré a continuación un detalle más o menos pormenorizado de los contenidos que no deben faltar (ni fallar) en la confección de su Plan de Negocios.

* Resumen Ejecutivo:
Como mencionaba anteriormente debe incluirse una breve síntesis de los aspectos más relevantes del Proyecto, de modo tal de que tenga un impacto informativo que le permita al lector conocer en pocas palabras la real dimensión de nuestro Proyecto. Fundamentalmente teniendo en cuenta que, por falta de tiempo, el lector a veces es lo único que leerá luego de intercambiar ideas con sus asesores.

Se deben describir aquí en forma suscinta:
- el producto o servicio que es objeto de nuestro Proyecto.
- el mercado,
- la empresa,
- los factores de éxito,
- los resultados esperados,
- las necesidades de financiación, y
- las conclusiones generales.

Reitero un tema básico en este capítulo: la extensión no debe superar las dos páginas, es preferible sólo una, para eso es un Resumen.

* Introducción:
Antes de entrar de lleno en el desarrollo del Plan, se debe contextualizar el mismo, para lo cual describiremos:
- cuál es el negocio a desarrollar
- quienes realizan la presentación del Plan y para qué
- si se tratara de una empresa en marcha, mencionaremos su misión y su trayectoria
- cuál es la fecha de presentación y si hay un plazo para su aprobación, y
- cuál es el enfoque con que se preparó el Proyecto.

* Investigación de Mercado (estudio de la competencia):
Si bien no siempre es imprescindible contratar una investigación de mercado externa, nos debemos munir de información que responda a las preguntas básicas, esto es:
- cómo,
- quienes son y qué quieren los consumidores,
- qué precio están dispuestos a pagar,
- quienes son los principales competidores,
- cuales son sus ventajas competitivas.
Diarios, revistas especializadas, Cámaras Empresarias, Internet, Consultores, todos pueden aportar información valiosa para este capítulo.

* Análisis FODA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas):
Es un análisis estratégico que se utiliza para conocer la situación actual de la empresa evaluando las amenazas y oportunidades del contexto (mercado) y las fortalezas y debilidades internas de la organización.

* Estrategia:
Generalmente este capítulo es breve y no debiera ocupar más de una página pero es IMPRESCINDIBLE para que el destinatario comprenda el encuadre general del negocio.
- ¿Cómo se va a encarar el negocio?
- ¿Qué espacio ocupará en el mercado?
- ¿Hacia dónde se dirigirá?
La estrategia marca el rumbo de la empresa. Aún si las condiciones del mercado varían, la empresa sabrá cómo proceder si tiene una estrategia bien definida.

En la próxima entrega continuaré desarrollando los capítulos componentes de un buen Plan de Negocios.

Hasta la próxima entrega.

DR. MIGUEL ANGEL GUERREIRO
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17 jul 2009

Echegaray prometió más fondos para las obras sociales

El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, visitó ayer a la conducción de la CGT que encabeza Hugo Moyano para ofrecer detalles del proyecto de ley que modificará el régimen de monotributo y garantizó a los gremios que la nueva norma mejorará “significativamente” los ingresos de las obras sociales por la atención médica que brindan a esos contribuyentes.


“Echegaray explicó que la reforma contempla aumentos de los aportes a las obras sociales para la atención de monotributistas, lo que es un reconocimiento del difícil momento financiero que enfrentan”, indicó el secretario gremial de la CGT, Omar Viviani, sobre el proyecto impulsado por las autoridades de la AFIP.

En esa línea, apuntó que con los cambios cada monotributista deberá realizar un aporte mensual de $ 70 a las obras sociales por su atención médica (actualmente paga $ 46,50) y una cifra similar por cada uno de los miembros de su grupo familiar, con lo que los gremios lograrán un aporte equivalente al que efectúan los trabajadores en relación de dependencia.



Fuente: EL CRONISTA COMERCIAL
Sitio Relacionado: http://www.cronista.com

Oficializan desde AGIP la nueva Clave Fiscal Ciudad de uso obligatorio.

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos local lanza su propio sistema que apunta a agilizar la presentación y pago de los impuestos.

A efectos de ampliar el gobierno electrónico a nivel local, el Gobierno porteño puso en marcha la nueva “Clave Ciudad”. De hecho, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos local (AGIP) dirigida por Carlos Walter ya comenzó a entregar la nueva herramienta online a los contribuyentes que concurren a inscribirse.


Asimismo, en una etapa posterior, el fisco porteño comenzará a citar a los grandes contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para que obtengan la “Clave Ciudad”, que en un futuro cercano permitirá cumplir con la mayoría de las obligaciones fiscales locales existentes.

Claves del nuevo sistema
Tal como adelantó iProfesional.com, de acuerdo a la resolución 433/2009 publicada en el Boletín Oficial porteño, la “Clave Ciudad” es obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”.

Respecto a la presentación de las declaraciones juradas impositivas porteñas, la resolución establece que el trámite “se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página Web de la AGIP, siendo imprescindible la utilización de la Clave Ciudad”.

Al igual que sucede con la clave fiscal provista por la AFIP, el sistema “Clave Ciudad” prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Puntualmente, se establecen dos niveles de seguridad:

  • El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas, siendo condición necesaria para el ingreso a la función que el contribuyente se encuentre registrado en la base de datos de la Dirección General de Rentas.

De lo contrario, deberá inscribirse en el impuesto.

  • El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública, salvo que se trate del representante legal) o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

A su vez, las autoridades fiscales porteñas determinaron que para obtener el nivel de seguridad 2, el trámite inicial “deberá ser presencial en la Dirección General de Rentas”.

En lo que constituye un trámite más simple, el nivel de seguridad 1 se podrá obtener “ingresando los datos solicitados en la página Web de la AGIP”.

Es habitual que en muchas empresas la clave fiscal suela ser conocida y manipulada por múltiples personas. Ante tal situación, el fisco local lanzó una advertencia: “la información transmitida, la operación del sistema y cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario”.

No obstante, se permitirá una delegación limitada en el caso de las empresas y compañías, ya que resulta impracticable que los máximos representantes de las firmas sean quienes tengan que realizar tareas operativas tales la presentación de una declaración jurada en Ingresos Brutos.

Más precisamente, a fin de facilitar la operatoria, la nueva norma establece que “el nivel de seguridad 2 permite efectuar delegación en uno o varios subadministradores, y a su vez éste, puede asignar la utilización de servicios a distintos agentes, pero mantendrá la responsabilidad de la clave por su empleo ante la AGIP”.

Cronograma
Complementariamente, iProfesional.com tuvo acceso a la resolución 2651 -de inminente oficialización- que establece el cronograma que deberán respetar grandes contribuyentes y responsables locales a fin de obtener la "Clave Ciudad".

Los grandes contribuyentes deberán concurrir para solicitar la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT:

  • 0-1: del 20 al 24 de julio.
  • 2-3: del 27 al 31 de julio.
  • 4-5: del 3 al 7 de agosto.
  • 6-7: del 10 al 14 de agosto.
  • 8-9: del 18 al 21 de agosto.

Por otra parte, el esquema a respetar por los contribuyentes locales es el siguiente:

  • 0-1: del 24 al 28 de agosto.
  • 2-3: del 31 de agosto al 4 de septiembre.
  • 4-5: del 7 al 11 de septiembre.
  • 6-7: del 14 al 18 de septiembre.
  • 8-9: del 21 al 25 de agosto.
De esta manera, el fisco porteño puso en marcha la nueva "Clave Ciudad".

Hernán Gilardo
© iProfesional.com

ARBA lanza el Operativo "VACACIONES DE INVIERNO"


Los inspectores realizarán múltiples acciones que se implementarán en las principales ciudades turísticas y rutas de la Provincia para combatir la evasión

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) lanza este viernes el operativo “vacaciones de invierno”.

Los inspectores del fisco bonaerense realizarán múltiples acciones que se implementarán en las principales ciudades turísticas y rutas de la Provincia para combatir la evasión.


El operativo de ARBA se extenderá hasta el 3 de agosto y prevé la realización de inspecciones para verificar el cumplimiento tributario en el aeroparque metropolitano Jorge Newbery, en el aeropuerto internacional de Ezeiza, en las plataformas de acceso a Buquebús, en Mar del Plata, Cariló, Pinamar, Partido de la Costa, Sierra de la Ventana, Tandil, Tigre, Escobar, Junín, San Nicolás y La Plata, entre otras.

Arbanet
Por otra parte, a menos de una semana de recibir un duro revés en Tribunales, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) desafía a la Justicia al profundizar el polémico sistema de preliquidación impositiva online denominado “Arbanet”.

Más precisamente, el Organismo a cargo de Rafael Perelmiter (foto) pone en marcha el procedimiento que deberán seguir las empresas y particulares a fin de recuperar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos retenidos en exceso.

Esto es así, ya que suelen surgir diferencias a favor de los contribuyentes al confrontar el monto total de los anticipos mensuales, calculados por el fisco bonaerense, contra el importe de la obligación anual que venció en junio pasado.

De esta manera, ARBA no sólo apelará el fallo que impidió el cobro de anticipos preliquidados en Ingresos Brutos, sino que también reforzará la contraofensiva judicial con la implementación de la devolución de los saldos a favor.



Fuente: INFOBAE PROFESIONAL

15 jul 2009

ESTUDIO GUERREIRO - CIENCIAS ECONOMICAS

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¿PARA QUÉ SIRVE UN PLAN DE NEGOCIOS ?

De que hagamos un plan consistente, claro y bien presentado, puede depender el futuro de su empresa. Hoy en Argentina nos encontramos con un factor común del fracaso de emprendimientos individuales y empresarios, y es que no se PLANIFICA.
¿Qué significa Planificar?
Si nos ayudamos con un diccionarios podremos encontrar: "Trazar los planos para la ejecución de una obra", "Hacer plan de una acción", "Someter a planificación", "Proyectar". Ni más ni menos que preveer todos las alternativas posibles de un curso de acción. Y tratándose de un NEGOCIO, son muchas las variables que debemos considerar para poder realizar correctamente un PLAN DE NEGOCIOS.
Un Plan de Negocios se transforma en un documento estratégico fundamental, tanto para una Pyme como para una Gran Compañía. En distintas situaciones de la vida empresaria, se hace necesario mostrar en un documento único TODAS las variables de un PROYECTO. ¿Y para qué?
Bueno, aquí tenemos algunas respuestas:
- Para orientar la puesta en marcha de un negocio.
- Para convencer a un inversor.
- Para sustentar un pedido de financiación.
- Para realizar una oferta de compra o de venta.
- Para conquistar a una empresa extranjera.
- Para conseguir una licencia, franquicia o patente.
- Para presentar el negocio a un potencial socio.
Como verán se trata de las más utilizadas, pero un empresario con un Plan de Negocios bajo el brazo tiene claro el camino a recorrer, de lo contrario estará improvisando todo el tiempo, con los consiguientes resultados.

Y ¿Qué es un PLAN DE NEGOCIOS?

Es un documento único en el que se reune TODA la información necesaria para evaluar un negocio y sus lineamientos generales para ponerlo en marcha.
Es una guía para quienes estarán al frente de la empresa.
De la misma manera que usted cuando realiza un viaje, tendrá mejor resultado si ha previsto el camino a recorrer muniéndose de mapas para analizar los caminos más convenientes, verificará que su vehículo esté en condiciones para recorrer dicho camino, tomará recaudos de seguridad mecánica, de neumáticos, de imprevistos en la ruta, etc., habrá verificado que pueda cargar combustible en el camino a recorrer, etc.
Del mismo modo en un emprendimiento de negocios, hay que interpretar el entorno de la actividad que vamos a desarrollar, se identificarán las variables involucradas en el Proyecto y se decide la asignación óptima de recursos para ponerlo en marcha.
De acuerdo a la magnigud del Proyecto, la realización del Plan puede abarcar unos días, varios meses o varios años, ya que no se trata de redactar un documento, sino de imaginar y poner a prueba toda una estructura lógica: ¿Se podrá vender esa cantidad a ese precio?, ¿La estructura soportará adecuadamente la demanda?, ¿Será suficiente la inversión?, ¿Analizamos correctamente el escenario económico en el cual nos vamos a mover?
Hay que destacar algo que en mi experiencia he recogido en la realización de Planes de Negocios, y es el hecho de que si bien los aspectos económicos y financieros son fundamentales, éste no debe limitarse sólo a la confección de Planillas de cálculo y números. La información cuantitativa debe estar sustentada en propuestas estratégicas, comerciales, operativas y de recursos humanos.

¿Para qué hay que realizar un PLAN DE NEGOCIOS?

Los objetivos difieren según el momento de la empresa y el tipo de negocio que se está planificando. En general las razones por las que se decide realizar un PLAN DE NEGOCIOS son:
- Asegurarse de que el negocio tenga sentido operativa y financieramente, previamente a su puesta en marcha.
- Tener un documento ordenado para presentar a potenciales inversores, socios o compradores.
- Buscar la manera más eficiente de llevar a cabo un Proyecto.
- Prever necesidades de recursos y su asignación en el tiempo.
- Crear un marco en el que se puedan identificar y evitar potenciales problemas antes de su ocurrencia, y con ello el ahorro de recursos y tiempos.
- Evaluar el desempeño de un negocio en marcha.
- Guiar el lanzamiento de un negocio o emprendimiento.

En la próxima entrega seguiremos explicando cómo estructurar y desarrollar el Plan de Negocios.

Hasta la proxima entrega.

DR. MIGUEL ANGEL GUERREIRO

Nuevas disposiciones de la I.G.J. para la confección de las Memorias.

La Resolución General IGJ Nº 04/09, publicada en el Boletín Oficial el 22 de junio pasado, modifica los artículos 1º y 2º de la Resolución General IGJ Nº 06/06, estableciendo los diferentes requisitos que deberán cumplir las memorias a fin de que expresen los aspectos relevantes de las operaciones presentes y futuras de la sociedad.

La nueva redacción pretende que las memorias brinden información que facilite la comprensión de la situación patrimonial, financiera y los resultados de la sociedad, así como también, sobre las metas y perspectivas para el siguiente ejercicio y que sea de utilidad tanto para los socios como para los que tienen interés legitimo en la misma.

El cambio normativo dispuesto por la Resolución General I.G.J. Nº 04/09 brinda un control más eficiente de los órganos fiscalizados, focalizando el control en aquellas sociedades en las que el interés público aparece mayormente comprometido, en tanto posibilita a aquellas no comprendidas en el art. 299 de la Ley de Sociedades Comerciales, reducir su contenido cuando aquello no afecte ni a los accionistas ni a terceros.

Las disposiciones de la Resolución General I.G.J. Nº 04/09 serán de aplicación a las memorias correspondientes a ejercicios que cierren a partir del 31 de diciembre de 2009, sin perjuicio de admitirse su aplicación anticipada.

La I.G.J. también tiene atención reducida durante el mes de Julio 2009

Resolución General IGJ Nº 05/09

Atención especial mes de julio

Se comunica al público que por Resolución General I.G.J. Nº 05/09, a partir del día lunes 6 de julio hasta el 31 de julio de 2009 inclusive, la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, presta servicios con un esquema acotado de atención al público, respecto del horario, así como de los trámites que se reciben y tramitan.

HORARIO DE LA MESA DE ENTRADAS
Recepción de trámites: de 10.30 a 13.30 hs.
Recepción de trámites urgentes de Precalificados: de 9.00 a 10.00 hs.
Recepción de trámites urgentes de rúbrica de libros: de 9.00 a 10.00 hs.
Recepción trámites no urgentes de rúbrica de libros: de 10.00 a 13.00 hs.
Trámites excluidos y suspensión de plazos: consultar art. 6º y 7º de dicharesolución.

Feria fiscal del 6 al 31 de julio en la AGIP

Macri pone en marcha la clave fiscal porteña

Ante los problemas para operar con la contraseña administrada por la AFIP, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanza su propio sistema que apunta a agilizar la presentación y pago de impuestos. Conozca los aspectos centrales de la herramienta web que será oficializada de manera inminente.

En más de una oportunidad, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, reiteró en clara alusión al jefe del Gobierno porteño, Mauricio Macri, que “el fisco nacional limitaría las tareas de colaboración establecidas con las administraciones tributarias que no adhieran a la amplia moratoria fiscal y el régimen de blanqueo de capitales”.

Puntos Importantes
  • El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanza su propio sistema que apunta a agilizar la presentación y pago de impuestos.
  • Conozca los aspectos centrales de la herramienta web que será oficializada de manera inminente.

Por otra parte, desde abril la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) comenzó a detectar problemas en la utilización de la clave fiscal –administrada por la AFIP- a fin de cumplir con las diversas obligaciones tributarias online.

Ante tal panorama, y a efectos de ampliar el gobierno electrónico a nivel local, altas fuentes del fisco porteño confirmaron a iProfesional.com que “ya se está trabajando en un nuevo sistema alternativo que en breve será oficializado”. De hecho, el organismo de recaudación dirigido por Carlos Walter ya comenzó a entregar la nueva “Clave Ciudad” a los contribuyentes que concurren a inscribirse ante la AGIP.

Asimismo, en una etapa posterior, el fisco porteño comenzará a citar a los grandes contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para que obtengan la “Clave Ciudad”, que en un futuro cercano permitirá cumplir con la mayoría de las obligaciones fiscales locales existentes.

Claves del nuevo sistema
De acuerdo al nuevo marco normativo, que será oficializado en breve, la “Clave Ciudad” será obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”.

Respecto a la presentación de las declaraciones juradas impositivas porteñas, la resolución de inminente aparición establecerá que el trámite “se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página Web de la AGIP, siendo imprescindible la utilización de la Clave Ciudad”.

Al igual que sucede con la clave fiscal provista por la AFIP, el sistema “Clave Ciudad” prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Puntualmente, se establecen dos niveles de seguridad:
  • El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas, siendo condición necesaria para el ingreso a la función que el contribuyente se encuentre registrado en la base de datos de la Dirección General de Rentas.

De lo contrario, deberá proceder a su inscripción en el impuesto.

  • El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública, salvo que se trate del representante legal) o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

A su vez, las autoridades fiscales porteñas determinaron que para obtener el nivel de seguridad 2, el trámite inicial “deberá ser presencial en la Dirección General de Rentas”.

En lo que constituye un trámite más simple, el nivel de seguridad 1 se podrá obtener “ingresando los datos solicitados en la página Web de la AGIP”.

Es habitual que en muchas empresas la clave fiscal suela ser conocida y manipulada por múltiples personas. Ante tal situación, el fisco local lanzó una advertencia: “la información transmitida, la operación del sistema y cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario”.

No obstante, se permitirá una delegación limitada en el caso de las empresas y compañías, ya que resulta impracticable que los máximos representantes de las firmas sean quienes tengan que realizar tareas operativas tales la presentación de una declaración jurada en Ingresos Brutos.

Más precisamente, a fin de facilitar la operatoria, la nueva norma establece que “el nivel de seguridad 2 permite efectuar delegación en uno o varios subadministradores, y a su vez éste, puede asignar la utilización de servicios a distintos agentes, pero mantendrá la responsabilidad de la clave por su empleo ante la AGIP”.

Hernán Gilardo
© iProfesional.com

La ANSES concluye la reformulación del pago de Asignaciones Familiares


Tras el alejamiento de Amado Boudou y en medio de las presiones de la CGT para subir el monto mensual destinado a los trabajadores, el organismo ratificó la incorporación masiva de empresas al régimen de cancelación directa, más conocido como SUAF, para el pago de estos beneficios a los empleados

Luego del alejamiento de Amado Boudou como titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y en medio de las presiones de la Confederación General del Trabajo (CGT) para el monto mensual que reciben los empleados en concepto de asignaciones familiares, el organismo previsional ratificó la finalización de una nueva etapa en la reformulación de la forma de pago de este beneficio a los trabajadores.

Puntos Importantes
  • La ANSES ratificó la incorporación masiva de compañías al régimen de cancelación directa de los beneficios pagados a los empleados.
  • De esta manera, el Sistema de Fondo Compensador comienza a dar paso al Sistema Único de Asignaciones Familiares.

Así, de la mano de la liquidación salarial de este mes, el "viejo" Sistema de Fondo Compensador (SFC) comienza a dar paso al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

El nuevo mecanismo permite que las empresas ya no pierdan tiempo en el pago de las asignaciones familiares, dado que la cancelación se gestiona a través de la ANSES. Es decir, el monto correspondiente se deposita directamente en una cuenta bancaria que, incluso, puede ser la misma “cuenta sueldo” de cada empleado.

Incorporación masiva
Con respecto al nuevo esquema, la ANSES determinó que a partir de la liquidación salarial de este mes las compañías que figuren con estado “habilitado” en la página web del organismo serán incorporadas al SUAF.

En este sentido, para que las empresas puedan conocer el estado asignado por el organismo, deben ingresar al apartado “Autopista de Servicios - Empresas Incorporadas al SUAF” que se encuentra disponible en el sitio oficial de la entidad.

Como regla general, el marco normativo establece que los empleadores incorporados al SUAF, ya no podrán abonar las asignaciones familiares a través del SFC, esto es así desde el mes de su inclusión al mencionado sistema.

Pago directo
Complementariamente, la resolución (ANSES) 292/2008 estableció que los empleadores ya incluidos al SUAF, deben cumplir con la obligación de notificar las normas del nuevo régimen de asignaciones familiares a todos sus trabajadores, tengan o no cargas de familia. También indicó que tienen que hacerlo dentro de los 10 días hábiles contados desde la incorporación de las empresas a dicho sistema.

De la misma manera, contarán hasta con 10 días para notificar sobre el régimen a los nuevos trabajadores, tengan o no cargas de familia, a partir de su ingreso en la compañía.

La notificación, de acuerdo con el organismo previsional, deberá realizarse en duplicado y en forma obligatoria, anexando el formulario correspondiente al legajo de cada empleado.

En este marco, los trabajadores dependientes de empleadores incluidos en el SUAF, deberán presentar ante la ANSES, los siguientes formularios:

  • Formulario “DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de Asignaciones Familiares”: que se utilizará para la tramitación de la asignación familiar por maternidad, maternidad down y prenatal y para la designación de apoderados para percibir asignaciones familiares.

  • Formulario “DDJJ Renuncia / Renovación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares: mediante este formulario, los cónyuges podrán decidir quién cobrará la asignación en función de lo que les resulte más beneficioso.

  • Formulario “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – Sistema Único de Asignaciones Familiares”: de este documento deberá surgir el ciclo al que concurre el estudiante. Si no se completan todos los rubros, los interesados tendrán que acompañar el original del certificado escolar o el certificado de tratamiento y/o rehabilitación.

  • Formulario “Nota de Reclamo –SUAF”: será utilizado para reclamos relacionados con la liquidación de asignaciones familiares.

La ANSES especificó también que el trabajador podrá designar un representante, sin importar el grado de filiación, para la presentación de los mencionados formularios.

Por otra parte, los trabajadores de empresas incorporadas al SUAF –tengan o no cargas de familia- deberán elegir el medio por donde quieren percibir las asignaciones, ante una oficina, delegación o Unidad de Atención Integral de la ANSES. En este sentido, las opciones son:

  • Boca de pago/ sucursal de correo: en los casos en los que se elija esta forma de pago, los trabajadores deberán presentar una nota con carácter de declaración jurada que incluya datos personales y los del lugar de cobro elegido.

  • Cuenta bancaria propia o cuenta sueldo: deberán presentar una nota -también tendrá carácter de declaración jurada- donde constarán datos personales, y se deberá adjuntar una constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI y CBU, entre otros datos personales.

Las empresas serán responsables por la falta de liquidación de las asignaciones familiares que la ANSES no efectúe a sus trabajadores dependientes, si se registran incumplimientos en sus obligaciones ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).



Fuente: INFOBAE PROFESIONAL
Periodista/Autor: Hernán Gilardo