31 ago 2009

ARBA postergó hasta diciembre el régimen de retención sobre cheques.

El fisco bonaerense congeló por 180 días la puesta en vigencia del sistema que originalmente había sido programado para el 1 de mayo.

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), extendió por 180 días más la puesta en vigencia del sistema de retenciones que había sido programado originalmente para el 1 de mayo.

La prórroga decidida por ARBA tiene como propósito continuar con la evaluación y el análisis de las dificultades elevadas al organismo por los distintos actores de la economía que participan en el sistema, y redefinir un esquema donde el fisco continúe su tarea recaudatoria sin obstaculizar la gestión de los sujetos involucrados en el régimen.

El régimen establecido a través de la resolución 14/2009 determina que las empresas y particulares bonaerenses comenzarán una retención del 0,5% en Ingresos Brutos sobre los cheques mayores a 1.000 pesos. Desde el Departamento Contencioso Administrativo Fiscal y Aduanero de Lisicki, Litvin & Asociados, Gastón Vidal Quera, aseguró que "la aplicación de un régimen de retención que abarca a las entidades financieras, incluyendo la totalidad de sus sucursales, sin importar si están radicadas en Buenos Aires o no, tiene como consecuencia que se exceda el ámbito de la potestad tributaria que tiene la Provincia".

En igual sentido se manifestó Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre: "Una vez más, ARBA traslada sus propias ineficiencias en la tarea recaudatoria y fiscalizadora a la cabeza de los contribuyentes, quienes deben sufrir las consecuencias de una medida inconstitucional por traducirse, en muchísimas situaciones, en el cobro de impuesto sin ley que lo respalde, vulnerando el principio de legalidad de la tributación".

"Además, ARBA hace recaer los costos de tal sistema en el sector privado: por un lado, los agentes de retención que deben arbitrar los procedimientos administrativos para cumplir con la obligación y, por el otro, los propios contribuyentes, que se ven obligados a administrar retenciones sufridas y ejercitar su derecho a imputar dichas retenciones contra el impuesto liquidado y obtener el recupero de los excedentes sobre este último", concluyó Scalone. (Lea más: ARBA insiste con la puesta en marcha de las retenciones sobre cheques)

Fuente: Infobaeprofesional.com
31/08/2009


Aplazan retenciones a monotributistas

Comenzaban a regir en septiembre, pero se postergan hasta que cambien los topes de facturación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó el inicio del régimen que obliga a las empresas a aplicarles retenciones a los monotributistas hasta que el Congreso modifique los "techos" de facturación del régimen tributario para los pequeños contribuyentes.

Calificadas fuentes oficiales indicaron a LA NACION que se volverá a prorrogar la aplicación de la resolución 2549/09, que daba lugar a este régimen a partir septiembre. En principio, se esperaba para marzo y luego para junio, pero ahora el jefe de la AFIP, Ricardo Echegaray, decidió, junto con el ministro de Economía, Amado Boudou, que "se aplique cuando el Congreso apruebe el nuevo proyecto de monotributo".

La retención por parte de las empresas será del 28% en Ganancias sobre el excedente de $ 1200 en las locaciones o prestaciones de servicios, y del 10% en las ventas de cosas muebles por encima de $ 12.000. En el IVA, para las operaciones con una alícuota del 21% se retendrá el 16,8%, y para las que paguen el 10,5%.

De este modo, para los profesionales que facturaban más de $ 6000 a una empresa u organismo (muchos profesionales que trabajan en Economía, por ejemplo, cobran a través de esta modalidad), se les generaba un descuento del 35 por ciento.

La resolución original dio comienzo al "régimen de retención de los impuestos a las ganancias y al valor agregado, que será aplicable a los pagos que se efectúen a los sujetos adheridos al régimen simplificado para pequeños contribuyentes". Para evitar "injusticias", en el Gobierno decidieron esta nueva postergación.

Por otro lado, la AFIP envió hace unos días el nuevo proyecto de monotributo al Ministerio de Economía, donde sigue vacante el cargo de subsecretario de Ingresos Públicos, tras la renuncia de Cristian Modolo por desacuerdos con el secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa, en torno de un acuerdo con la minera Barrick Gold.

De todos modos, Boudou afirmó ayer, en declaraciones a la radio La Red, que Economía "está trabajando" en el proyecto de la AFIP, que eleva los topes de facturación anual del monotributo de $ 72.000 a $ 200.000 para los profesionales y de $ 144.000 a $ 300.000 para el resto de las actividades, luego de 11 años de mantenerlos congelados. El funcionario prometió entregarlo "rápidamente" a la presidenta Cristina Kirchner para su envío al Congreso.

Obras sociales

La semana próxima, Echegaray y Boudou se reunirán para tratar de avanzar en este sentido. La iniciativa, en principio, mantiene las mismas cuotas impositivas para quienes facturen hasta $ 72.000 y $ 144.000 anuales, respectivamente, y las eleva, en cambio, para las nuevas categorías hasta casi $ 2700 pesos.

Además, sube en todos los casos el aporte a las obras sociales (de 46,75 a 70 pesos) y a la jubilación (de 35 a 110 pesos), lo que permite, por otra parte, que los montos máximos se actualicen en el futuro según la evolución del salario mínimo, sin necesidad de ser fijados en esta ley.

El objetivo de la AFIP es acercar las cuotas que pagan los monotributistas a las del régimen general y fijar un régimen de exclusión automática cuando se discontinúe el pago de las cuotas.

Por otro lado, la AFIP informó en su sitio de Internet que el 7 del mes próximo vence el plazo para la recategorización cuatrimestral que deben realizar los adherentes al monotributo, aunque los contadores pidieron postergarla hasta que rijan los nuevos topes a través del mencionado proyecto oficial.

Fuente: LA NACIONLINE
Periodista/Autor: Martín Kanenguiser

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30 ago 2009

Confirmado: la AFIP prorroga retenciones a monotributistas.

Tal como adelantó iProfesional.com, el fisco congeló -una vez más- el régimen de pagos a cuenta hasta la aprobación de la reforma del Monotributo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retrasa –una vez más- el régimen de retenciones y percepciones que recae sobre los monotributistas. El sistema de pagos a cuenta en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias que originalmente estaba previsto para abril pasado, será congelado hasta la aprobación de la reforma integral del régimen simplificado.

El proyecto de modificación del Monotributo –adelantado oportunamente por iProfesional.com- será oficializado en los próximos días luego de recibir los retoques finales por parte del Ministerio de Economía a cargo de Amado Boudou.


Por lo tanto, el Organismo recaudador -tal como anticipó este medio- no implementará la nueva herramienta de recaudación hasta que se registre la suba del tope de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

El regimen por dentro


El mecanismo prorrogado establece que los pequeños contribuyentes soportarán pagos a cuenta del 35% en Ganancias. De igual manera, deberán afrontar un anticipo del 21% en el IVA.

Puntualmente, el nuevo régimen golpeará a los monotributistas, siempre que superen el límite de facturación anual permitido respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.

La retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación y se practicará sobre el importe que se pague -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alícuota del 35% por ciento. En el IVA, la retención se calculará aplicando la alícuota del 21 por ciento.

Los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:

  • En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
  • En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del período fiscal en el que se practicó la retención.
De esta manera, la AFIP responde a múltiples pedidos realizados por las entidades que agrupa a los profesionales en Ciencias Económicas.

Fuente: Infobaeprofesional 28/08/2009

AnálisisLa carga impositiva es cada vez más alta

Agustín A. Monteverde

lanacion.com | Economía | Domingo 30 de agosto de 2009

29 ago 2009

Proyecta Scioli una fuerte alza de la presión impositiva

Además de subir el impuesto a inmuebles de alto valor, propone gravar las herencias y las donaciones.

LA PLATA.- En busca de mejorar su performance recaudatoria, el gobierno bonaerense prepara para 2010 una serie de medidas impositivas que incluyen aumentos en el impuesto inmobiliario para unos 150.000 contribuyentes con viviendas de alta valuación; nuevos gravámenes a la carga y descarga en los puertos de la provincia y a la transmisión gratuita de bienes (básicamente, herencias y donaciones), y una modificación en los impuestos a la venta de automotores usados.

El paquete, elaborado por el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación de Buenos Aries (ARBA), Rafael Perelmiter, será analizado este fin de semana por el gobernador Daniel Scioli y sus principales colaboradores. Luego, la idea es presentar las propuestas a legisladores y a los sectores afectados para intentar buscar consenso. Ayer, Scioli se adelantó a desmentir que las medidas en estudio constituyan un "impuestazo".

Para Perelmiter, los cambios "no resolverán los problemas estructurales del fisco provincial y el evidente perjuicio que sufre en cuanto a los fondos coparticipables nacionales", pero servirán para entender la política tributaria que persigue imponer el gobierno, buscando "progresividad y equidad". La iniciativa incluye gravar suntuosas propiedades rurales que hoy, según el Código Fiscal bonaerense, no pagan impuesto por tener una valuación inferior al 10% de la que corresponde al lote en las que fueron construidas.

Además de las medidas citadas, que formarán parte de la ley impositiva y el presupuesto 2010, que el gobierno pretende aprobar a más tardar en noviembre, se prevé lanzar un nuevo mecanismo de autorregulación del sistema Arbanet, mediante el cual se retienen adelantos de ingresos brutos, y postergar por 90 días la aplicación de retenciones por el retiro de fondos en los bancos.

El nuevo aumento que recibirán unos 150.000 dueños de casas cuyo valor fiscal supere los $ 250.000 -representan el 3% del total de propiedades registradas en la provincia- forma parte de una reestructuración del impuesto inmobiliario iniciada el año pasado y que se extenderá por tres años más, en busca de reparar distorsiones que se dieron durante décadas por la imposición de topes -eliminados el año pasado- en diferentes distritos y que hacían que propiedades de similares características tuvieran distinta obligación.

Otra de las principales medidas comentadas a LA NACION por el director de ARBA consiste en aplicar un impuesto a toda transmisión gratuita de bienes de alto valor fiscal -como inmuebles, acciones y yates, entre otros- registrados en la provincia. En rigor, la medida está contemplada en la legislación educativa provincial, que, en el artículo 183 de la ley 13.688, prevé una extensión del impuesto a las ganancias con destino y aplicación específica al financiamiento de la enseñanza.

El nuevo esquema

Perelmiter destacó el criterio con el que se instrumentará esta medida: "Se fijará un mínimo no imponible alto, porque no nos interesa alcanzar a la clase media, y se aplicará un criterio territorial, por el cual estará gravado todo bien radicado en la provincia aunque sus propietarios o los beneficiarios de una herencia o donación no vivan en Buenos Aires". Si bien el funcionario no dio precisiones, fuentes del Ministerio de Economía provincial revelaron que el mínimo sería de por lo menos US$ 1 millón y se fijaría una alícuota del 5%, que es el nivel que ostentaba un impuesto nacional similar que rigió hasta 1976. Habrá tres años para formalizar la transferencia y hacer frente al tributo.

Asimismo, se ampliará el impuesto a los ingresos brutos para la carga y descarga en los 14 puertos de la provincia (nueve son de administración privada y cinco, del Estado), donde por año se mueven entre 50 y 70 millones de toneladas de mercancías.

Aquí, Perelmiter tampoco quiso dar precisiones, pero LA NACION pudo averiguar que se pretende establecer un canon de $ 30 por tonelada para la descarga -en general, productos de alto valor agregado- y $ 10 por tonelada para la carga, tomando como parámetro base el valor del trigo. En este caso, el límite será el valor del flete a otra jurisdicción para evitar que los buques elijan otros puertos.

La venta de automotores usados también cambiará la forma en que está gravada y que genera, según el recaudador, una evasión del 80%. Se dispondrá la exención del impuesto a los ingresos brutos para la comercialización de los coches, que hoy tiene una alícuota del 1,5%, para reemplazarla por una sobrealícuota del impuesto de sellos regido por tablas oficiales de valuación de los vehículos. Se fijará en cinco años la antigüedad de los modelos alcanzados y se estipularía una alícuota del 1,5 por ciento.

Claves

  • Impuesto inmobiliario urbano Unas 150.000 propiedades sufrirán aumentos del 20%. Según el gobierno, tienen valuaciones distorsionadas.

  • Herencia y donaciones Se gravará la transmisión gratuita de bienes valuados por encima de US$ 1 millón. Se prevé aplicar una alícuota del 5 por ciento.

  • Ingresos brutos Se ampliará el impuesto a la carga y descarga en los 14 puertos provinciales. Se elimina el pago de Ingresos Brutos en la venta de autos usados y se lo reemplaza por el impuesto de sellos.

  • Viviendas suntuosas Se eliminará la exención prevista en el Código Fiscal provincial a las viviendas suntuosas dentro de grandes propiedades de tierra, que deberán pagar el inmobiliario rural.

Fuente: LA NACIONLINE
Periodista/Autor: Pablo Morosi
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27 ago 2009

ARBA insiste con la puesta en marcha de las retenciones sobre cheques.

De no mediar una nueva prórroga o la implementación de un mecanismo alternativo, las empresas y particulares provinciales soportarán -a partir de la próxima semana- pagos a cuentas de 0,5% sobre los valores que superen $1.000. Expertos afirman que el nuevo régimen es inconstitucional.

En exactamente una semana, las empresas y particulares bonaerenses comenzarán a soportar una retención del 0,5% en Ingresos Brutos sobre los cheques que superen los 1.000 pesos.

Puntos Importantes
  • Las empresas y particulares provinciales soportarán -a partir de la próxima semana- pagos a cuentas de 0,5% sobre los valores que superen $1.000.
  • Expertos afirman que el nuevo régimen es inconstitucional.
Si bien el fisco bonaerense dejó trascender el posible reemplazo del polémico sistema por un mecanismo alternativo consensuado con el Banco Central de la República Argentina (BCRA); hasta el momento, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) no ha anunciado cambios al respecto.

Por lo tanto, la singular herramienta ideada por el ex recaudador Santiago Montoya se encontraría plenamente vigente a partir del próximo martes.

Expertos consultados por iProfesional.com aseguraron que el régimen bajo análisis es claramente "inconstitucional”.

A fin de dejar sin efecto la cuestionada avanzada fiscal, el sector bancario aún aguarda la implementación de un régimen informativo que obligaría a los bancos a detallar directamente los movimientos de quienes cobren cheques por ventanilla, en lugar de aplicar la retención del impuesto en el mismo momento del cobro.

De darse el reemplazo, las entidades financieras deberían informar la cantidad de valores mensuales cobrados en sus sucursales de la provincia de Buenos Aires. También se tendría que detallar el número de cuenta del emisor, la fecha, el importe y el número de cheque, entre otros datos.

Retenciones sobre cheques
El régimen establecido a través de la resolución 14/2009 determina que las empresas y particulares bonaerenses comenzarán a soportar -a partir del mes próximo- una retención del 0,5% en Ingresos Brutos sobre los cheques mayores a 1.000 pesos.

Desde el Departamento Contencioso Administrativo Fiscal y Aduanero de Lisicki, Litvin & Asociados, Gastón Vidal Quera, aseguró que "la aplicación de un régimen de retención que abarca a las entidades financieras, incluyendo la totalidad de sus sucursales, sin importar si están radicadas en Buenos Aires o no, tiene como consecuencia que se exceda el ámbito de la potestad tributaria que tiene la Provincia".

"De esta manera se están autorizando retenciones a sujetos que realicen operaciones que pueden no tener ninguna relación con el hecho imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia", agregó el especialista.

En efecto, Vidal Quera puntualizó que "el impuesto se debe abonar por el ejercicio habitual y a título oneroso en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires del comercio, industria o profesión realizada".

"Asimismo el régimen de retención puede resultar violatorio del derecho de propiedad protegido por la Constitución Nacional, ya que se aplica sobre sumas mayores a $1.000 que se cobren por medio de cheques a sujetos que están alcanzados por el tributo, sin distinguir que puede tratarse de importes no alcanzados con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", advirtió el tributarista.

"También resultan controvertidas las alícuotas de retención que establece el régimen -van del 0,01% al 5%- que son informados por ARBA a los agentes de recaudación en el padrón web, sin que los sujetos sepan las razones y fundamentos por los cuales quedaron incluidos en las mismas", concluyó Vidal Quera.

En igual sentido se manifestó Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre: "Una vez más, ARBA traslada sus propias ineficiencias en la tarea recaudatoria y fiscalizadora a la cabeza de los contribuyentes, quienes deben sufrir las consecuencias de una medida inconstitucional por traducirse, en muchísimas situaciones, en el cobro de impuesto sin ley que lo respalde, vulnerando el principio de legalidad de la tributación".

"Además, ARBA hace recaer los costos de tal sistema en el sector privado: por un lado, los agentes de retención que deben arbitrar los procedimientos administrativos para cumplir con la obligación y, por el otro, los propios contribuyentes, que se ven obligados a administrar retenciones sufridas y ejercitar su derecho a imputar dichas retenciones contra el impuesto liquidado y obtener el recupero de los excedentes sobre este último", concluyó Scalone.

ArbaNet
Otro punto que enciende la polémica refiere al sistema de preliquidación online de anticipos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, denominado "Arbanet".

A efectos de comprender el alcance de la singular herramienta Web, Mario Volman, socio de Kaplan, Volman & Asociados explicó oportunamente que “el fisco provincial estableció un sistema de determinación administrativa de los anticipos y del saldo de la declaración jurada de Ingresos Brutos de pequeños contribuyentes locales provinciales”.

”Dichos contribuyentes son aquellos que han obtenido hasta $450.000 de ingresos operativos -gravados, no gravados y exentos- en el año calendario inmediato anterior”, agregó el especialista.

El régimen establece que ARBA determinará administrativamente el gravamen en base a la información que posee. “Por lo tanto, tendrá en cuenta las declaraciones juradas presentadas, la información proporcionada por agentes de recaudación -entre otras, las retenciones y percepciones sufridas- y demás datos obtenidos de organismos públicos o privados”, explicó Volman

Fuente: INFOBAE PROFESIONAL
Periodista/Autor: Hernán Gilardo

ARBA insiste con la puesta en marcha de las retenciones sobre cheques.

De la mano de la clave fiscal, Macri suma presentaciones online de impuestos.

El fisco porteño obligará a que los grandes contribuyentes cumplan con las declaraciones juradas y generen la boleta de pago de la ABL y Patentes. Hasta el momento, el servicio Web sólo estaba disponible para los responsables locales en Ingresos Brutos. Conozca el esquema de implementación.

Luego de poner en marcha la nueva clave fiscal porteña, el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, decidió dar un nuevo paso a fin de agilizar el cumplimiento de las obligaciones impositivas locales.

Puntos Importantes
  • El fisco porteño obligará a que los grandes contribuyentes cumplan con las declaraciones juradas y generen la boleta de pago de la ABL y Patentes.
  • Hasta el momento, el servicio Web sólo estaba disponible para los responsables locales en Ingresos Brutos.
  • Conozca el esquema de implementación.

En efecto, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP), obligará a que los grandes contribuyentes porteños presenten las declaraciones juradas y generen -a través de la página Web del organismo recaudador- la boleta de pago de la contribución de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) y Patentes.

Hasta el momento, la presentación online, sólo estaba disponible para los contribuyentes locales respecto al cumplimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Puntualmente, la nueva etapa se dio a conocer a través de la resolución (AGIP) 527/2009 publicada en el Boletín Oficial porteño. La normativa recientemente oficializada establece que los “grandes contribuyentes deberán efectuar la presentación de sus declaraciones juradas y la emisión de los instrumentos de pago a través de la página Web” del fisco porteño.

Para ello, la AGIP implementará la herramienta online denominada “Sistema receptor de declaraciones juradas y emisor de boletas de pago – grandes contribuyentes”.

Las nuevas obligaciones impositivas se incorporarán de acuerdo a lo establecido en el siguiente esquema:
  • A partir del 1º de septiembre:
    • Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), Territorial, de Pavimentos y Aceras.
    • Contribuciones por Publicidad.
  • A partir del 1º de octubre: Patentes sobre vehículos en general.

A fin de reforzar la seguridad del nuevo instrumento Web, la resolución determina que “la autenticación de contribuyentes para el acceso al nuevo sistema se hará efectiva mediante la utilización de la Clave Ciudad”.

Por lo tanto, tal como adelantó iProfesional.com -en un futuro cercano- la nueva contraseña fiscal porteña será obligatoria para cumplir con la mayoría de las obligaciones tributarias locales existentes.

Esquema de implementación
Complementariamente, este viernes finaliza el plazo para que los responsables de las compañías que figuren como grandes contribuyentes en Ingresos Brutos obtengan la clave de acuerdo al dígito verificador del número de CUIT:

  • 0-1: del 20 al 24 de julio.
  • 2-3: del 27 al 31 de julio.
  • 4-5: del 3 al 7 de agosto.
  • 6-7: del 10 al 14 de agosto.
  • 8-9: del 18 al 21 de agosto.

Por otra parte, el esquema a respetar por los representantes empresariales de contribuyentes locales es el siguiente:

  • 0-1: del 24 al 28 de agosto.
  • 2-3: del 31 de agosto al 4 de septiembre.
  • 4-5: del 7 al 11 de septiembre.
  • 6-7: del 14 al 18 de septiembre.
  • 8-9: del 21 al 25 de septiembre.

Asimismo, la AGIP estableció una diferenciación a la hora de obtener la contraseña, en relación a la nacionalidad del representante legal de la compañía:

  • Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros: se les solicitará original y fotocopia del documento nacional de identidad, libreta cívica o libreta de enrolamiento.

Los extranjeros también deberán presentar el original y fotocopia del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del Mercosur (de tratarse de un país limítrofe).

  • Extranjeros con residencia en el país, incluida la temporaria o transitoria, que no posean documento nacional de identidad: deberán presentar original y fotocopia de la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia.

Como exigencia indispensable, el fisco porteño advirtió que “en todos los casos las copias de la documentación respaldatoria de las presentaciones que se realicen deberán estar certificadas por escribano público o entidad bancaria”.

A su vez, al igual que sucede con la clave fiscal provista por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el sistema “Clave Ciudad” prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Puntualmente, se establecen dos grupos:

  • El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas, siendo condición necesaria para el ingreso a la función que el contribuyente se encuentre registrado en la base de datos de la Dirección General de Rentas. De lo contrario, deberá inscribirse en el impuesto.
  • El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

Es habitual que en muchas empresas la clave suele ser conocida y manipulada por múltiples personas. Ante tal situación, las autoridades del organismo de recaudación lanzaron una fuerte advertencia: “La información transmitida, la operación del sistema y cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario”.

No obstante, se permitirá una delegación limitada en el caso de las compañías, ya que resulta impracticable que los máximos representantes de las firmas sean quienes tengan que realizar tareas operativas, como la presentación de una declaración jurada en Ingresos Brutos.

Fuente: INFOBAE PROFESIONAL
Periodista/Autor: Hernán Gilardo

Echegaray ratificó que el blanqueo de capitales vence el lunes próximo

El titular de la AFIP señaló que "no es la idea modificar el plazo original, a pesar de que la ley permite estirar el vencimiento hasta seis meses".

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, señaló que el blanqueo de capitales vence el lunes y "no es la idea modificar el plazo original, a pesar de que la ley nos permite estirar la fecha de vencimiento hasta seis meses sin pedir autorización al Congreso".

Las declaraciones radiales surgieron el mismo día que en que se instalaron rumores de que la fecha original del cierre podría prorrogarse, como se hizo antes con el blanqueo laboral y el perdón a las deudas previsionales.

De esta manera se deja de lado el pedido realizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba). La entidad pidió extender por al menos 90 días el blanqueo de capitales y la moratoria impositiva.

Como argumento, el Cpcecaba recordó que a "17 días del vencimiento, la AFIP emitió un nuevo texto normativo ordenado con 97 artículos y 7 anexos".

"Asimismo, la resolución (AFIP) 2650 introdujo cambios fundamentales en las interpretaciones que se sostenían hasta la fecha de su publicación", agregan desde el Consejo.

Por último, el Cpcecaba menciona la existencia de "problemas operativos con los programas aplicativos" que permiten la transmisión de los datos a la AFIP.


Fuente: INFOBAE PROFESIONAL
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26/08/2009

Reforma a la ley de quiebras: avanza el proyecto para arrinconar a los APE.

La vigencia de los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales pasa a estar bajo la lupa de los diputados, quienes se preguntan sobre la posibilidad de derogar o alterar este mecanismo que ha facilitado la reestructuración de las grandes compañías argentinas; el caso más reciente: Cablevisión y Multicanal.

La propuesta que reclama una modificación a la Ley de Concursos y Quiebras, impulsada por los diputados del Frente para la Victoria Alberto Balestrini y Luis Cigogna, instaló el debate en el Congreso al abrir una puerta a la posibilidad de modificar -hasta de derogar- los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales (APE).


El APE fue pensado como un mecanismo para facilitar la reestructuración extrajudicial de las deudas de las grandes compañías argentinas, que por haber recurrido al mercado de capitales en el extranjero o a la financiación internacional, en el año 2002, estaban endeudadas en divisas y veían “pesificados” la mayor parte de sus ingresos.

En este sentido, según explicaron los expertos consultados por iProfesional.com, no cabe sino reconocer que el instituto cumplió su finalidad, ya que grandes empresas nacionales han reestructurado sus pasivos –especialmente los financieros– bajo esta figura.

Sin embargo, la mayoría reconoce que la legislación vigente no contiene limitación alguna y cualquier persona física o jurídica puede solicitar la homologación de este tipo de acuerdos. Allí es donde comienzan los abusos. Quizás, por eso, es que no hay un número exacto que evidencie la cantidad de APE, según señaló Daniel Vítolo, socio de Vítolo Abogados.

Uno de los casos más recientes es el que llegó a manos de la Corte Suprema de Justicia, que avaló la homologación del acuerdo preventivo extrajudicial que posibilitó la fusión de la operadora Cablevisión con la señal Multicanal. Así fue como el máximo tribunal rechazó intervenir para revisar la sentencia mediante la cual Cablevisión había acordado un convenio de este tipo con sus acreedores, que había sido objetado en la Justicia comercial. Para saber más, haga click aquí.

Los objetivos de la iniciativa
Con ánimos de aplacar los perjuicios de los acuerdos extrajudiciales, el martes pasado se reunió la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. La razón: tratar el proyecto de modificación de la ley de quiebras sobre el APE. Para leer la propuesta, haga click aquí. En el encuentro, al que acudieron la Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones, Alejandra Gils Carbó, Ricardo Nissen y Gabriela Boquín, en representación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, entre otros, se criticó su funcionamiento y se propuso una alternativa para que el mecanismo recobre transparencia.

Puntualmente, se remarcó que, desde su creación, estos acuerdos se han utilizado para todo tipo de convenios predatorios, han provocado una catarata de procesos concursales, además de haber favorecido sólo a las grandes empresas.

“Deben ser utilizados para pequeños concursos, no como se hace hoy en día. Basta el ejemplo reciente de la Corte avalando la fusión entre Cablevisión y Multicanal", dijo Boquín a iProfesional.com, quien asistió junto a Nissen al encuentro de la comisión.

“Es un buen proyecto y creo que va a caminar porque la reunión, en la que estuvieron legisladores de peso como Agustín Rossi, Héctor Recalde y Diana Conti, fue muy fructífera y todos parecían estar de acuerdo”, analizó Boquín, un día después del debate.

A su juicio, la reforma más importante se encuentra en al artículo 76, que establece que el APE homologado no produce efecto sobre los acreedores no suscriptos.

“Los acreedores que no suscriban el acuerdo, ni hubieran sido denunciados y notificados (fehacientemente), conservan sus acciones individuales y no están sometidos a los efectos del acuerdo…”, dispone el proyecto de ley en estudio.

“La propuesta es buena en cuanto reforma el APE, que deja indefenso al acreedor con plazos exiguos para su contestación. Este proyecto modifica la situación actual: la dota de mayor transparencia, amplía los plazos y las causales de impugnación”, resumió la experta en materia concursal.

Por su parte, y en la reunión de comisión, Gils Carbó realizó una encendida crítica a las grandes corporaciones, en general, y a los APE, en particular. Los invitados coincidieron en la necesidad de derogar esta figura, aunque los representantes del Colegio Público de Abogados vieron con buenos ojos su modificación, informaron desde la Agencia de información política y debate parlamentario, FOIA.

Críticas de todos los flancos
“El proyecto es extraordinariamente negativo. Lo más relevante del APE, en su configuración actual, es que tiene el mismo efecto que el acuerdo homologado en un concurso preventivo, por lo que se impone a los acreedores disidentes o no firmantes”, sostuvo Julio Rivera, socio de Rivera Abogados.

Para el experto, si se elimina ese efecto, se vuelve a los acuerdos preconcursales anteriores, que nunca fueron judicialmente homologados, justamente porque su eficacia limitada hacía estéril tal homologación.

Pero la falencia del APE viene de más lejos, según detalló Daniel Vítolo, de Vítolo Abogados, “el problema comenzó con la reforma que introdujo el régimen de emergencia de la Ley 25.589 que modificó el texto originario de la Ley 24.522. El viejo régimen hacía que el APE fuera aplicable sólo a los acreedores que eran parte del mismo y nunca a quienes no prestaban conformidad con la reestructuración de deuda”.

Para Vítolo, con las reformas a esta figura jurídica se le dieron los mismos efectos que al acuerdo judicial, lo cual es no sólo un disparate, sino también inconstitucional. Al amparo de esa normativa se despojó a los acreedores de créditos por miles de millones de dólares.

Por eso, el experto consideró que “hay que volver -con pequeños ajustes- al régimen originario de la Ley 24.522 que es el más justo para todos. Y este proyecto no está en esa línea, sino que más bien es un parche defectuoso”.

El futuro del proyecto
“Depende del interés que tenga el Gobierno en la cuestión. Me parece que si nada hizo el Congreso desde 2003 a esta parte en estos temas, encarar hoy una enmienda apresurada parcial y defectuosa -como es ésta- respecto sólo del APE es intentar una reforma asistemática al régimen concursal que únicamente traerá más confusión”, advirtió Vítolo.

Para el experto, la resistencia que encontrarán antes de poder avanzar con la aprobación de esta ley vendrá por parte de quienes realmente conocen el tema en profundidad y advierten que la regulación que se pretende implementar es defectuosa.

Según Rivera: "En materia de concursos parece razonable pensar que el Congreso ha de estar más atento a las reformas que tienden a ampliar los derechos de los trabajadores y facilitar la continuación de la empresa vía las cooperativas de trabajo”.

Victoria Pérez Zabala
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AFIP explica la ley de Emergencia Agropecuaria

Según un comunicado extendido por dicho organismo, la norma incluye prórrogas para el pago de impuesto a las Ganancias, a la Ganancia Mínima presunta y Bienes Personales.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dr. Ricardo Echegaray explicó que los beneficios que mantiene la ley “son precisamente el diferimiento del pago del pago de impuesto a Ganancias, Bienes Personales, Ganancia Mínima Presunta y todos los impuestos que se puedan crear en materia de capital y patrimonio. Además la Emergencia Agropecuaria prevé la ampliación de los fondos destinados a planes sociales y la adopción de medidas que preserven y restablezcan las relaciones de producción y empleo”.

Uno de los aspectos fundamentales comprendidos por la observación del Poder Ejecutivo sobre las contribuciones a la seguridad social, Echegaray especificó que “los aportes patronales se fundamentan en la necesidad de mantener la intangibilidad de los recursos de la seguridad social cuyo destino es financiar prestaciones previsionales, de desempleo, asignaciones familiares y salud. Se trata de un sistema solidario, donde el interés general está por encima del particular”.

En tanto, el titular de la AFIP agregó que “la sociedad debe saber que el sector rural es uno de los que presenta el mayor nivel de informalidad laboral. Aproximadamente el 69% de los empleados del sector agrícolo-ganadero se mantienen en la informalidad: sobre los 1.376.000 trabajadores del sector rural, 950.000 cumplen sus tareas en la plena informalidad. Esto lo reconoce el propio RENATRE, por lo tanto no es razonable que el Estado convalide esa situación a partir de la generación de beneficios impositivos adicionales que conspiran contra la formalidad y el trabajo digno”.

De acuerdo a la reglamentación que oportunamente establezca la AFIP, los productores podrán postergar el pago de los impuestos mencionados y acceder a un plan de facilidades.

La ley publicada hoy en el Boletín Oficial distingue entre las zonas de desastre y la de emergencia agropecuaria. Para la zona de desastre, la prórroga puede extenderse hasta un año y se financia la deuda impositiva en hasta 120 cuotas con interés del 0,75% mensual más la quita de los intereses.

En tanto, para la zona de emergencia la ley prevé una prórroga de las obligaciones impositivas por seis meses y se financian las mismas hasta 60 cuotas con el mismo interés de financiamiento más la quita de los intereses.

Además para ambas zonas se amplían los fondos destinados a planes sociales y la adopción de medidas que preserven y restablezcan las relaciones de producción y empleo.

En tanto, sobre los derechos de exportación Echegaray destacó que “la producción agrícola no está gravada. El derecho de exportación lo paga exclusivamente los exportadores, se aplica cuando se produce el traslado físico de mercadería cruzando la frontera con destino a otro país”.

“La norma aprobada por los legisladores NO cambia en nada desde el punto de vista de la ejecución de la política tributaria. Han declarado exenta una actividad (producción agropecuaria) del pago de un tributo (derechos de exportación), que no estaba alcanzada por el gravamen”.

“En consecuencia no existe concordancia ni razonabilidad en el medio utilizado con la supuesta finalidad prevista en la norma. El más alto Tribunal de Justicia ha descalificado reiteradamente esta actitud interpretativa señalando que los privilegios y/o exenciones impositivas deben ser estrictas, buscando el verdadero sentido y propósito de la norma; es decir, por un camino razonable y discreto, no aferrándose a las consideraciones desaprensivas de la mera literalidad, sino aplicando un criterio lógico y sistemático que permita el logro efectivo de los fines perseguidos por el legislador.

En este caso, el legislador se ha apartado de la verdadera finalidad buscada ya que el móvil utilizado es desgrabar como un acto de privilegio sin causa a los productores que nada se relacionan con los derechos de exportación. O en forma terminante no es el hecho imponible a los cuales se encuentran sometidos.

Todas estas normas se fundan en el interés público. Habría que preguntarse entonces, si el mismo, se encuentra en la norma o en vetar la misma. La respuesta es sencilla ya que los impuestos y demás tributos son el sustento de la República; de los cometidos esenciales del Estado que son la educación, salud, seguridad, etc. Y en materia previsional, el carácter alimentario de las jubilaciones. Es por ello que toda limitante a los tributos debe considerarse como último recurso y con una finalidad concreta y razonable. Por ello el interés público y bien común es el sustento del veto presidencial, concluyó Echegaray.

Fuente: AFIP
Sitio Relacionado: http://www.afip.gov.ar
26/08/2009



El Gobierno confirmó que modificarán el régimen de Monotributo

El ministro de Economía, Amado Boudou, aseguró que la AFIP está trabajando en un proyecto que le entregará a la Presidenta para su aprobación.

El ministro de Economía, Amado Boudou, confirmó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está trabajando en un proyecto de modificación del Monotributo que le entregará a la presidenta Cristina Kirchner.

El ministro indicó en declaraciones radiales que el proyecto será enviado -luego de la consideración presidencial- al Congreso.

Detalles del proyecto

Si bien resta su oficialización, iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al texto que en breve será enviado al Congreso para su tratamiento. Para acceder a la iniciativa haga click aquí.

En primer lugar, el proyecto confirma que se eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Como contracara, la iniciativa establece importantes subas en la cuota mensual a pagar. En efecto, se ha tomado la decisión de triplicar el aporte jubilatorio mensual elevando el monto de $35 a 110 pesos.

El proyecto también prevé una actualización del monto que aportan los monotributistas a las obras sociales. El importe mensual destinado al sistema de salud asciende de $46,75 a 70 pesos.

Actualmente, los pequeños contribuyentes pagan -en concepto de impuesto, seguridad social y obra social- una cuota mensual que va desde los $115 a $587. Bajo el nuevo esquema, la cuota más baja será de $213 y la más alta se ubicará en 2.880 pesos.

Otra importante modificación consiste en la incorporación de un nuevo parámetro para definir la categoría, y por ende, el monto mensual que ingresará cada monotributista.

Hasta el momento se consideraban los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida en un año. De acuerdo al proyecto, se incorpora como criterio el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

De acuerdo a la iniciativa, el nuevo esquema a tener en cuenta por los monotributistas que presten servicios es:

Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:

La iniciativa también prevé una particular condición para las categorías de mayores ingresos. Respecto a las J, K y L se les solicita un mínimo de empleados a cargo que va de 1 a 3 respectivamente.

Asimismo, el proyecto prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido. También se pone en marcha un régimen de exclusión automática para los pequeños contribuyentes que tengan "gastos excesivos no justificados". (Lea más: Exclusivo: conozca todos los detalles de la inminente reforma del Monotributo)

Fuente: Infobaeprofesional 27/08/2009

Efecto colateral: la desaparición de las estadísticas oficiales atenta contra la industria del seguro agrícola

La falta de datos impide a las compañías contar con las herramientas necesarias para medir de manera adecuada el riesgo. Esto impacta de manera directa en la oferta disponible de seguros.

La interrupción de la publicación de estadísticas oficiales por parte de la Secretaría de Agricultura (Sagpya) impide que las empresas dedicadas a los seguros agrícolas puedan realizar una adecuada evaluación de los riesgos por cubrir.

Esto sucede porque cada una de las compañías de seguros que operan en el negocio agropecuario deciden qué nivel de riesgo pueden asumir en las diferentes regiones productivas a partir de una serie de variables que incluyen los rindes promedio históricos, proyección climática e ingresos esperados, entre otros factores.

Hasta el primer semestre del año pasado los encargados de realizar tales tareas consultaban de manera frecuente a las diferentes dependencias de la Sagpya. Hoy eso ya no es posible: a comienzos de este año la Secretaría de Agricultura aceleró el proceso de "desmantelamiento estadístico" que venía implementando desde el segundo tramo de 2008 y dejó de informar hasta las cuestiones más básicas (como las proyecciones de cosecha).

El problema es que los agujeros dejados por el "apagón estadístico" impiden en muchos casos contar con las herramientas necesarias para medir de manera adecuada el riesgo y esto impacta de manera directa en la oferta de cobertura brindada por las compañías de seguros y en el valor de las primas.

"La realidad es que hoy día ya no podemos contar con datos oficiales porque han desaparecido; tenemos que rebuscarnos muchísimo para encontrar la información que necesitamos", comentó hoy a Infocampo un directivo de una de empresa del sector. Otras fuentes de la industria del sector de seguros agrícolas relataron el mismo inconveniente.

Otro de los aspectos que genera preocupación en las compañías que trabajan con seguros multirriesgo global es que este año deberán pagar importantes sumas en concepto de indemnizaciones a causa de los bajos rindes generados por la peor sequía de al menos los últimos cincuenta años.

A partir del antecedente del ciclo 2008/09, en la presente campaña se espera un importante crecimiento de la demanda de seguros multirriesgo por la persistencia de las restricciones hídricas en las principales regiones productivas del país.

Fuente: Infocampo 27/08/2009



25 ago 2009

Ultiman los detalles para la reforma a la ley de ART

Comenzará una ronda de reuniones clave para sondear el consenso entre gremios y empresarios y convertir los borradores que preparó el Gobierno en decretos.

Luego que el Ministerio de Trabajo girara a la Confederación General del Trabajo (CGT) y a la Unión Industrial Argentina (UIA) nueve proyectos de decretos sobre la ley de riesgos del trabajo, esta semana empezará la ronda de reuniones para sondear el consenso que puede lograrse con los gremios y los empresarios para convertir esos borradores en decretos, mientras se sigue avanzando en una reforma integral del sistema.

Los industriales nucleados en la UIA se reunirán este martes para analizar y definir una postura común para mejorar el sistema de riesgos de trabajo. En la reunión de Junta Directiva tratarán de consensuar una estrategia para llevar el jueves, cuando el comité consultivo permanente del sistema vuelva a reunirse.

Una fuente de la cartera laboral que participó de las negociaciones junto a la primera plana de funcionarios del Ministerio confirmó la semana pasada a iProfesional.com que el Gobierno “procura un fuerte aumento de los montos indemnizatorios de hasta el 300%, que podría hacerse por decreto".

En la actualidad, los topes indemnizatorios van desde los $180.000 por incapacidad parcial hasta los $230.000 por incapacidad permanente, por lo que, de aprobarse el proyecto, las nuevas cifras podrían superar los 500.000 pesos.



No obstante, desde el Ministerio que dirige Carlos Tomada, reconocieron que los “borradores” probablemente no satisfagan a ninguna de las dos partes ya que al sector empresario “le va a implicar un aumento en las alícuotas” y los gremios “van a pedir más”.

El tope es uno de los principales ítem en tensión, ya que los asalariados que incurren en un accidente pueden percibir una indemnización inferior a la establecida por el sistema porque deben someterse a ese techo.

Los gremios defienden el aumento de las indemnizaciones al considerar que las mismas se desvalorizaron por la inflación, debido a que el techo fijado hace nueve años limita el monto que puede cobrar el trabajador.

En conversación con este medio, el abogado de la Confederación General del Trabajo (CGT), Hector Recalde aseguró que los planes oficiales “en general benefician al trabajador”, aunque señaló que habría algunos temas como los fondos específicos que favorecerían a las empresas y a las ART ya que estas recibirían subsidios para financiar gastos por la cobertura de ciertas enfermedades.

Recalde participó el jueves del Consejo Consultivo de Riesgos de Trabajo, junto al secretario adjunto de la Unión Obrera Metalúrgica, Juan Belén, en representación de los trabajadores.

Otro de los puntos que circularon desde la cartera laboral en dicho encuentro para que las partes lo aborden el jueves próximo, es la ampliación de algunas enfermedades que integran el listado de cobertura por parte de las ART.

“Ahí va a entrar hernia inglinal, algunas afecciones de la columna vertebral y varices”, señalaron desde la cartera laboral.

Los documentos oficiales apuntan a lograr ciertos cambios por decreto para conservar el sistema creado en 1996 bajo el Gobierno de Carlos Menem, que desde la Central de Trabajadores Argentinos es visto como una "privatización de la salud de los trabajadores".

Sin embargo, desde la Unión Industrial Argentina (UIA), que también participó del Consejo, recibieron las iniciativas de Tomada con mucha cautela y no pudieron evitar mostrarse desconcertados.

“No coincidimos con la visión de duplicar o triplicar los topes porque eso no va a evitar que aumenten los juicios. La gente demanda después de haber cobrado”, dijo a iProfesional.com Daniel Funes De Rioja, uno de los vicepresidentes de la UIA, y añadió que antes de hacer una evaluación de todos los puntos van a analizarlos detenidamente.

Desde la central fabril, entienden que la normativa actual es la principal causa de que los juicios hayan saltado de cerca de 2000 en el 2004, a más de 27.000 en el 2008 y que para el período corriente se proyecten una cifra mayor.

“Tenemos un stock de prácticamente 70.000 juicios involucrando miles de millones de pesos, es una invitación a la industria del juicio”, disparó Funes de la Rioja.

Por eso, la posición de los industriales es eliminar la “doble vía”. Mientras que desde la CGT reclaman que los empleados deberían tener el derecho a cobrar la ART y además ir a la Justicia; los empresarios fabriles y otras entidades patronales sostienen que, para que el sistema sea previsible, debería optarse por alguna de las dos opciones antes mencionadas.

Fuente: Infobaeprofesional 25/08/2009

El campo vuelve a la protesta con un paro

La Comisión de Enlace anunció el cese de comercialización de granos y de ganado vacuno en pie desde el viernes 28 hasta el 4 de septiembre; es por la falta de respuestas tras la reunión con el Gobierno y la oficialización del veto a la ley de emergencia agropecuaria que eliminaba las retenciones en 22 distritos bonaerenses.

Fue la gota que rebalsó el vaso. Con estas palabras, la Comisión de Enlace agropecuaria justificó la decisión de convocar a un nuevo paro y responsabilizó al Gobierno de provocar la medida de fuerza con la oficialización del veto al artículo de la ley de emergencia agropecuaria que bajaba las retenciones en 22 distritos bonaerenses.

El encargo de leer la decisión de las entidades del agro fue el titular de Coninagro, Carlos Garetto: "Convocamos al cese de comercialización de granos y de ganado vacuno en pie del 28 de agosto al 4 de septiembre. Quedan exceptuados los productos perecederos".

Garetto argumentó que el sector tomó la medida de fuerza por la falta de respuestas del gobierno nacional tras la reunión que mantuvieron el 31 de julio con el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, "sumado el veto parcial a la declaración de emergencia agropecuaria y que fue sancionada de manera unánime por las dos Cámaras [Diputados y Senadores]".

Finalizado el cese de comercialización, Garetto manifestó que el campo permanecerá en estado de sesión permanente. "Nosotros veníamos propiciando el espacio de diálogo, sin duda que algunos acontecimientos de la semana pasada y la publicación hoy del veto lamentablemente es la gota que rebalsó el vaso", dijo el ruralista.

Este será el octavo paro que el campo realiza desde que asumió la presidenta Cristina Kirchner. El último se produjo en marzo, en ese momento también se decidió el cese de la comercialización de granos y hacienda.

Los integrantes de la Comisión de Enlace se reunieron desde las 15.45 para evaluar los pasos por seguir tras la contramarcha del Gobierno.

Entre centros y tribunas. Antes del encuentro, Eduardo Buzzi, presidente de la Federación Agraria, advirtió sobre el aumento de la tensión en las bases. "Hay un enorme malestar. Nosotros intentamos encontrar una especie de tregua para pacificar las relaciones. Tiramos varios centros al área chica, pero al Gobierno lo único que le interesó fue tirar la pelota a la tribuna", graficó en declaraciones a TN.

En este contexto, advirtió que "la reacción de la gente va a ser muy fuerte en distintas partes del país" y trazó un paralelo con el reclamo que desataron las retenciones móviles.

"Estamos en los albores de una nueva [resolución] 125. No sé si [la reacción] va a ser superior a la del año pasado, pero va a ser muy similar", alertó.

¿Suben las retenciones? En este punto, se refirió a la posibilidad de que el Gobierno impulse una suba de las retenciones a la soja al 45 por ciento (actualmente están en 35%) de la que el diario Clarín da cuenta en su edición de hoy.

"La combinación del veto sumado a la idea de un aumento semejante a las retenciones es un cóctel inmanejable. Pensar que, después del año flaco que tuvimos, el Estado podría quedarse casi con la mitad de la producción es un disparate. Si esto avanzara, la reacción de la gente va a ser muy fuerte en distintas partes del país", insistió Buzzi.

Aníbal Fernández descartó de plano una eventual suba de las retenciones a la soja: "Eso no tiene ningún viso de realidad, para nada", afirmó.

También el ministro de Economía, Amado Boudou, descartó que se esté evaluando un incremento de las retenciones a las exportaciones de soja. "No se evalúa" el aumento a las retenciones a las exportaciones de soja, que hoy se ubica en 35%, aseguró esta mañana Boudou en declaraciones a Radio Del Plata.

Además, Fernández volvió a defender el veto al artículo de la ley de emergencia agropecuaria que fijaba recorte de las retenciones. "Ese punto de la ley era de cumplimiento imposible. No se pueden poner las cosas como si fueran un globo, porque uno sabe cuál es el principio y después no sabe cuál es el final", reiteró esta mañana Aníbal Fernández en declaraciones a C5N.

Fuente: La Nación 25/08/2009


Retenciones: es oficial el veto a la rebaja para productores bonaerenses.


El Boletín Oficial publicó la ley de Emergencia Agropecuaria pero resaltó en la resolución que la medida fue producto de "un error" en el Parlamento.

El Gobierno nacional oficializó este martes el veto al artículo cuarto de la Ley 26.511 (Emergencia Agropecuaria) sancionada por el Congreso el 20 de agosto pasado, por lo que dejó sin efecto una rebaja de las retenciones a 37 distritos de la provincia de Buenos Aires.

El decreto 1128/2009 publicado en el Boletín Oficial observa una seríe de artículos, en especial el 4, que dejaba exentos o parcialmente exentos de la aplicación de derechos de exportación mientras dure la declaración de emergencia a los productores de una serie de municipios bonaerenses.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo promulgó el resto de la norma, que declara la Emergencia Agropecuaria.

Se considera que "el artículo 4º del Proyecto de Ley dispone que la producción agropecuaria originada en los distritos mencionados en el primer considerando quede exenta de la aplicación de derechos de exportación mientras dure la declaración de desastre; y para la producción agropecuaria de los distritos mencionados en el segundo considerando la exención alcance al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las alícuotas vigentes por derechos de exportación mientras dure la declaración de emergencia".

"Que el citado artículo no dispone ningún beneficio, ya que la producción agropecuaria no está gravada con derechos de exportación, siendo una actividad que no está gravada con el tributo. Los derechos de exportación recaen sobre la exportación de mercaderías aplicándose cuando se produce el traslado físico de ellas, cuando las mismas cruzan la frontera con destino a otro país", señala el texto.

Y justifica agregando: "Que por manifestaciones de los diputados, se conoce que el acuerdo parlamentario entre los diversos bloques fue, en todo caso, excluir de las declaraciones de emergencia aprobadas toda referencia a fondos específicos o determinaciones de asignaciones presupuestarias y/o beneficios impositivos que no se hallen en plena coherencia con el contenido del proyecto de ley de Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios".

En este sentido, el Ejecutivo resalta: "Que conforme marcan distintas fuentes, el referido artículo fue agregado por error".

Y agrega: "Que ese error incurrido en el ámbito parlamentario, que tuvo repercusión en distintos medios, no puede utilizarse mezquinamente para sacar ventajas personales o partidarias. Sacar ventaja de errores ajenos puede ser una expresión de 'picardía política', pero intentar movilizar a los productores en defensa de un artículo de una ley que claramente contradice los acuerdos parlamentarios que dieron marco a su aprobación es un acto de 'bajeza política' y 'mala fe parlamentaria'".

Finalmente, el Poder Ejecutivo aclara "que la medida que se propone no altera el espíritu ni la unidad del proyecto de ley sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN".

24 ago 2009

La Afip prorroga por 30 días el plazo para informar el destino productivo de los campos.

Asi lo adelantaron a Infocampo fuentes del organismo oficial. La medida había sido pedida por la Comisión de Enlace. Los que no cumplan serán dados de baja del Registro Fiscal de Operadores de Granos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) prorrogará por 30 días más el plazo para que productores y acopiadores inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos y Legumbres presenten una serie de datos relativos a los inmuebles rurales –propios o de terceros– empleados en la producción de granos no destinados a la siembra. La medida, instrumentada por la resolución 2644/09 de la Afip, vencía hoy lunes 24 de agosto.

Según adelantaron a Infocampo fuentes de la Afip, la resolución, que será publicada mañana en el Boletín Oficial, establece una prórroga, a pedido de las entidades del campo, de 30 días.

"Si bien sabemos que esto obedece a una cuestión operativa (de la Afip), desde la Comisión de Enlace solicitamos la prórroga debido a la falta de conocimiento que tenían los productores acerca del alcance de la medida, aparte de ser un momento bastante engorroso para el sector", dijo hoy a Infocampo Daniel Aseff, asesor económico de Coninagro.

"La resolución en cuestión no fue demasiado publicitada; por ende, muchos productores no la conocen con exactitud", agregó Aseff.

La norma establece que los productores granarios que no informen en el plazo previsto los inmuebles rurales, propios o de terceros, que utilizan en la actividad serán suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos, lo cual implica pasar a sufrir la retención del 10,5% del IVA y del 15% de Ganancias sobre las ventas.

Los únicos que están exentos de la obligación de presentar la información son aquellos que hayan sido incluidos en el Registro con posterioridad al 1 de octubre de 2007 y los que hayan efectuado alguna actualización de datos o cambios de categoría en el Registro por medio del programa aplicativo denominado “AFIP DGI - Registro Fiscal de Operadores de Granos - Versión 2.0” (que genera el formulario de declaración jurada número 937).

En el caso de los acopiadores, los sujetos obligados a presentar la información son aquellos que realicen operaciones de venta de granos de propia producción.

Todo aquel titular que esté inscripto en el Registro de Operadores de Granos antes del 1 de octubre de 2007 tiene la obligación de informar a la Afip a través de Internet cuál es la dedicación de las tierras. Deberán presentar los datos requeridos por medio del programa “AFIP DGI - Registro Fiscal de Operadores de Granos - Versión 2.0” (ver aquí)

El procedimiento indicado en la resolución 2644/09 de la Afip es el siguiente: a) seleccionar de la pestaña "Motivo del trámite" la opción "03-Actualización de datos"; b) seleccionar la categoría del "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas", en la cual se encuentra incluido; y c) ingresar los datos requeridos por el programa aplicativo, según la categoría seleccionada.

Fuente: INFOCAMPO
Sitio Relacionado: http://www.infocampo.com.ar/

22 ago 2009

Eliminará el Gobierno un beneficio para el campo.

El conflicto con el agro / Inusual situación en el Congreso.

La Presidenta no aplicará una suspensión de retenciones sancionada por ley; dicen que fue "un error".

La Casa Rosada consideró un error inadmisible la suspensión temporaria de las retenciones a gran parte de los productores agropecuarios bonaerenses afectados por la sequía, por lo que la presidenta Cristina Kirchner decidió que no aplicará tal beneficio, aprobado por unanimidad (incluido el voto de los legisladores oficialistas) en el Congreso. Anoche, el Gobierno analizaba si lo más conveniente era redactar un decreto para vetar parcialmente la ley de emergencia agropecuaria sancionada, en la que se incluye el artículo de la polémica.

Fuentes oficiales con conocimiento técnico dijeron a LA NACION que la norma está "mal redactada", por lo que, a su juicio, es imposible aplicarla y que ni siquiera es necesario un veto. Sólo se haría por el estado público que tomó la cuestión.

De todas maneras, el jefe del bloque oficialista en la Cámara de Diputados, Agustín Rossi, después de hablar ayer con la Presidenta y responsabilizarse por el "descuido", le recomendó que vetara el artículo específico sobre la provincia de Buenos Aires. En los despachos oficiales decían anoche que en el plazo de diez días que tiene el Poder Ejecutivo para promulgar la ley podría aparecer tal decisión.

La Casa Rosada se movió ayer entre el desconcierto y la bronca. No sólo por el error de haber aprobado con votos oficialistas tal beneficio, sino porque consideraron una "trampa" y una "maniobra" del diputado de Unión Pro Francisco de Narváez, autor del proyecto, a quien acusaron de haber ocultado la existencia de tal beneficio.

El primer desliz oficialista ocurrió en la Cámara de Diputados y quedó ratificado anteayer en el Senado, cuando el cuerpo aprobó la emergencia agropecuaria. Allí apareció el proyecto específico sobre Buenos Aires, en el que se aprobó la eliminación del pago de las retenciones a 22 partidos bonaerenses, y una rebaja del 50 por cierto para otros 15 distritos.

Según confiaron fuentes oficiales, seguir el camino para dar marcha atrás con la medida en el Congreso es complicado. La explicación oficial es que la ley es "inaplicable". "Por la redacción que tiene la ley, no sirve para la anterior cosecha, cuando sí hubo sequía, sino que es para cubrir la próxima", fue el análisis que se hizo en los despachos del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y de la ministra de la Producción, Débora Giorgi. En la Casa Rosada argumentaban que esa producción ya fue vendida, por lo que la medida sólo beneficiaría a los acopiadores y a los exportadores.

En el medio, hubo un fuerte malestar de la Casa Rosada con sus propios legisladores, sobre todo en la Cámara baja, primera responsable del error. El presidente de la Comisión de Agricultura, el diputado Alberto Cantero, admitió la equivocación. "Fue un error de la parte administrativa de la Cámara de Diputados", explicó el legislador, y apuntó que, en realidad, el artículo no es operable porque, si esas regiones están en situación de emergencia, difícilmente tengan cosecha para exportar.

En el paquete de medidas que incluyó la emergencia agropecuaria, aprobado el pasado 5 de junio por la Cámara de Diputados, se sacó cualquier beneficio para el resto de las provincias y sólo quedó para Buenos Aires. Ante la mala relación y, a esta altura, nula, entre el Gobierno y el campo, la idea que anoche circulaba en la Casa Rosada era minimizar el tema para que en el plazo que el Ejecutivo tiene para promulgar las leyes se efectivice, sin apuros ni grandes anuncios, el rechazo del Gobierno.

En medio de la confusión, y mientras en el Gobierno insistían en que vetar la ley o no era lo mismo porque como está es "impracticable", en el Senado aparecían otros argumentos. Fuentes allegadas al jefe del bloque oficialista, Miguel Pichetto, insistían ayer en que conocían los beneficios a la hora de votar, pero dijeron que habían supuesto que la suspensión de las retenciones formaba parte de un acuerdo del oficialismo y oposición en la Cámara de Diputados. "Preferíamos aprobarlo tal como venía de Diputados y que luego el Ejecutivo lo vetara, antes de arriesgarnos a que la oposición nos empañara la sesión sobre facultades delegadas", explican cerca de Pichetto.

Incluso los jefes de las comisiones de Agricultura y de Presupuesto, Silvia Giusti y Fabián Ríos, respectivamente, emitieron un comunicado en el que ratificaron que es correcto eximir de retenciones a 22 partidos bonaerenses. "Es tal la pérdida en estas zonas que no tienen posibilidad exportadora alguna y, en consecuencia, no se les puede ni debe aplicar ninguna retención sobre algo que no pueden producir ni exportar", sostuvieron.

Fuente: La Nación - 22/08/2009 Periodista: Mariana Verón

Con la colaboración de Laura Serra

El "error", en cifras

265,50
millones de dólares

  • es el monto que en trigo y en girasol recuperarían los productores de los 22 distritos donde se eliminaron las retenciones.

Fernando bertello
LA NACION

  • 82,15 millones de dólares debería ser el beneficio que percibirían los productores por la rebaja del 50% en las alícuotas, en 15 partidos bonaerenses, según un estudio de Carbap.

  • 47,50 millones de dólares sería el impacto positivo de la norma para Tres Arroyos, que se convertiría en el partido más beneficiado. La mejora para ese distrito sería de 24 millones de dólares en trigo y 23,50 millones en girasol. Tres Arroyos es un fuerte productor de ambos cultivos.

  • 7,8 millones de dólares podría llegar a ser la mejora económica para Patagones, uno de los partidos más afectados por la sequía. La cifra contrasta con la mejora para Tres Arroyos.