29 dic 2010

Lavado de dinero: concentran la supervisión del sistema

Las tareas que venía realizando, Alejandro Strega, coordinador y representante argentino ante el GAFI, fueron absorbidas por la UIF.

Las tareas que venía realizando, Alejandro Strega, coordinador y representante argentino ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), fueron absorbidas por la Unidad de Información Financiera (UIF).

De esta manera, Strega siguió el camino que ya transitaron la presidenta y el vicepresidente de la UIF, Rosa Falduto y Alberto Rabinstein. También tomaron esa senda los siete integrantes del Consejo de Asesores de la Unidad.

Por ende, el actual titular de la UIF, José Sbattella, concentra aún más la supervisión del sistema y la representación ante los organismos internacionales, competencias que obtuvo con el decreto 1936 publicado el 14 de este mes.


La Argentina cuenta ahora con un par de semanas más para preparar un programa general de reformas sistémicas, que el GAFI revisará en su próximo plenario de febrero, informa el matutino la Nación.

Complementariamente, en marzo próximo el GAFI determinará si inicia el proceso que podría desembocar a partir de octubre en el ingreso del país en la "lista gris" de naciones sin interés real por combatir el lavado.

Fuente: Iprofesional.com


29/12/2010

22 dic 2010

Lavado de dinero: se posterga el acuerdo con Estados Unidos

En febrero próximo, el GAFI determinará si inicia el proceso que podría desembocar en el ingreso de la Argentina a la "lista gris" de naciones.

La delegación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que visitó el país informó a las autoridades locales que el restablecimiento del flujo de información confidencial con Estados Unidos se restablecerá recién en febrero próximo, como mínimo.

La decisión de Estados Unidos adelantada por el matutino La Nación frustró los planes del jefe de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, que esperaba firmar un nuevo "memorando de entendimiento".

La delegación que viajó desde Washington argumentó razones oficiales de "agenda" para postergar la firma del memorando hasta febrero, en simultáneo con la reunión plenaria que el GAFI mantendrá en París para evaluar "el caso argentino".

Puntualmente, en París el GAFI determinará si inicia el proceso que podría desembocar a partir de octubre en el ingreso del país en la "lista gris" de naciones sin interés real por combatir el lavado.

"Sbattella quería firmar, pero los estadounidenses lo pasaron para más adelante, para fines de enero o mediados de febrero", resumió al matutino un funcionario argentino para graficar las negociaciones en marcha.

Los funcionarios locales confían que el nuevo decreto que reorganizó el sistema antilavado local y dio preeminencia a la UIF terminará por destrabar el demorado memorando.

Fuente: Iprofesional.com

21/12/2010

17 dic 2010

Exigen medidas concretas de la Argentina contra el lavado de dinero

El presidente del GAFI, el mexicano Luis Urrutia Corral, adelantó que las autoridades presentarán un "plan de acción" en febrero próximo en Paris.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) reclamó al Gobierno argentino "acciones concretas" para solucionar las deficiencias del país en materia de prevención y combate contra el lavado de dinero, tras reconocer que hay "voluntad política" para hacerlo.

El presidente del GAFI, el mexicano Luis Urrutia Corral, adelantó que las autoridades de la Argentina presentarán un "plan de acción" en una reunión que se llevará a cabo en febrero próximo en Paris para que el organismo intergubernamental haga en 2011 un "seguimiento intensivo" del caso del país, informa la agencia Efe.

"El primer paso esta dado", dijo Urrutia Corral, e insistió en que ahora es momento de convertir la retórica en acciones eficaces para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, los objetivos que tiene el organismo desde su creación en 1989.

Urrutia se encuentra en Buenos Aires en coincidencia con una reunión semestral de expertos del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafisud), integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú y Uruguay, que comenzó este martes.

El directivo del GAFI ofreció una rueda de prensa tras mantener en los últimos días reuniones con el Gobierno y representantes del sector financiero, del Poder Judicial y del Parlamento para discutir un informe, publicado este año, en el que el organismo consideró que en Argentina "no es efectivo" el trabajo para combatir el lavado de dinero.

En el documento, de 189 páginas y elaborado por una misión de expertos de España, Holanda, Francia, Chile y Uruguay que visito la Argentina en 2009, el GAFI destacó que este país incumple con el 40% de las recomendaciones del organismo internacional. Pero Urrutia Corral destacó que desde aquella visita que permitió elaborar el informe hasta ahora el Gobierno ha hecho "algunos avances y ajustes" para solucionar sus deficiencias en la materia y "se comprometió a hacer mas".

"No esperamos que para febrero se cumplan todas las medidas, pero si queremos escuchar un plan programático" para el corto y mediano plazo, sostuvo.
En ese sentido, valoró el decreto presidencial publicado este martes en el Boletín Oficial que amplía las facultades de la Unidad de Información Financiera (UIF) para llevar adelante sus tareas de "investigación de lavado de dinero proveniente de delitos graves y de la financiación del terrorismo".

Urrutia se reunió en Buenos Aires con el jefe del Gabinete argentino, Anibal Fernández; el ministro de Justicia, Julio Alak; el titular de la UIF, Jose Sbatella; la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont; y el procurador general, Esteban Righi, además de entrevistar a legisladores y banqueros, consigna Efe.

Si bien se mostró reticente a comentar el caso de Argentina, consideró que los sectores financieros "están bien regulados" y comentó que las mayores deudas del país pasan por lo que llamó los "sectores informales".

"Tampoco hay un sistema muy claro de supervisión y de sanciones para quienes lavan dinero, y en cuanto a la financiación del terrorismo hay deficiencias en el tipo penal y en los mecanismos para congelar activos de personas sospechosas", indicó.

En declaraciones que reproduce la agencia Efe, Urrutia señaló que quizás para octubre haya una decisión del organismo y, aunque insistió en que no aludía al caso argentino, explicó que el peor escenario para los que incumplen las recomendaciones del GAFI es ser colocado en una suerte de "lista negra" de países con mayores riesgos para realizar transacciones financieras.

Fuente: Iprofesional.com

16/12/2010

14 dic 2010

El Gobierno reforzó los controles contra el lavado de dinero.

Las empresas deberán designar un oficial de cumplimiento que será el encargado de formalizar las presentaciones ante la Unidad de Información Finaciera.

A través del decreto presidencial 1936/2010 publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional decidió endurecer los controles contra el lavado de dinero.

La implementación de la norma es el primer paso concreto en respuesta a un duro informe emitido por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Para acceder al texto completo del decreto haga clic aquí.

En primer término, la norma firmada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner fija que la Unidad de Información Finaciera (UIF) establecerá los procedimientos de supervisión, fiscalización e inspección in situ para el control del cumplimiento de los mecanismos para detectar las maniobras de lavado de dinero.

El decreto agrega que el sistema de contralor interno dependerá directamente del Presidente de la UIF, José Sbatella, quien dispondrá la sustanciación del procedimiento.

Ante la negativa de la empresa sospechada, la UIF podrá solicitar al Ministerio Público la orden de allanamiento para el ingreso al domicilio con la finalidad de efectivizar la inspección y obtener la documentación necesarioa para llevar adelante la investigación.

Asimismo, se deja en claró que los sujetos obligados -bancos y joyerías entre otros- deben informar ante la UIF  las "conductas o actividades, a través de las cuales pudiere inferirse la existencia de una situación atípica que fuera susceptible de configurar un hecho u operación sospechosa".

Las sociedades regularmente constituidas que se encuentran bajo la mira de la UIF, deberán designar un oficial de cumplimiento que será el encargado de formalizar las presentaciones que deban efectuarse ante el organismo conducido por Sbatella.

De tratarse de una sociedad irregular, la obligación de informar recaerá en cualquiera de los socios de la misma.
A fin de determinar a quienes deberán informar las sociedades y los sujetos obligados, la norma establece que "se definen como clientes todas aquellas personas físicas o jurídicas con las que se establece, de manera ocasional o permanente, una relación contractual de carácter financiero, económico o comercial".

"En tal sentido es cliente el que desarrolla una vez, ocasionalmente o de manera habitual, operaciones con los sujetos obligados", agrega la norma.

La información mínima a requerir a los clientes abarcará:
  • Personas físicas: nombres y apellidos completos; fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad;
    sexo; estado civil; número y tipo de documento de identidad; CUIT/CUIL/CDI; domicilio; número de teléfono y profesión
"Igual tratamiento se dará, en caso de existir, al apoderado, tutor, curador, representante o garante", agrega la norma.
  • Personas jurídicas: denominación social; fecha y número de inscripción registral; número de inscripción tributaria; fecha del contrato o escritura de constitución; copia del estatuto social actualizado; domicilio; número de teléfono de la sede social y actividad principal realizada.

"Asimismo se solicitarán los datos identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados o autorizados con uso de firma, que operen con el sujeto obligado en nombre y representación de la persona jurídica", agrega la norma.

A su vez, cuando existan dudas sobre si los clientes actúan por cuenta propia o cuando exista la certeza de que no actúan por cuenta propia, los sujetos obligados tendrán que adoptar medidas adicionales razonables, a fin de obtener información sobre la verdadera identidad de la persona por cuenta de la cual actúan los clientes.

Por otra parte, los sujetos obligados deberán prestar especial atención para evitar que las personas físicas utilicen a las personas jurídicas como empresas pantalla para realizar sus operaciones.

En igual sentido, el decreto fija que "los sujetos obligados deberán establecer manuales de procedimiento de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, y designar oficiales de cumplimiento".

"La información recabada deberá conservarse como mínimo durante 5 años", agrega el decreto.

También da un listado de hechos u operaciones sospechosas:
  • Los servicios postales, por montos o condiciones, que pudieran exceder manifiesta y significativamente la razonabilidad, en orden a la naturaleza de la operación.
  • El comercio de metales o piedras preciosas, el transporte de dinero en efectivo o su envío a través de mensajerías, fuera de la actividad habitual del comercio o dentro de ella, excediendo los márgenes de la razonabilidad.
  • La realización de operaciones secuenciales o transferencias electrónicas simultáneas entre distintas plazas, sin razón aparente.
  • La constitución de sociedades que realicen operaciones con bienes muebles o inmuebles; contratos de compraventa, facturas de importación o exportación, o préstamos, sin contar con una evolución patrimonial adecuada.
  • Los registros de operaciones o transacciones entre personas o grupos societarios, asociaciones o fideicomisos que por su magnitud, habitualidad o periodicidad excedan las prácticas usuales del mercado.
  • Las contrataciones de transporte de caudales, que por su magnitud y habitualidad, revelen la existencia de transacciones que excedan el giro normal de las personas jurídicas contratantes.
  • Las operaciones conocidas o registradas por empresas aseguradoras, fundadas en hechos y circunstancias que les permitan identificar indicios de anormalidad con relación al mercado habitual del seguro.
  • Las actividades realizadas por escribanos, contadores y otros profesionales y auxiliares del comercio, en el ejercicio habitual de su profesión, que por su magnitud y características se aparten de las prácticas usuales del mercado.
"El plazo máximo para reportar hechos u operaciones sospechosas del lavado de activos, será de 30 días a partir de la operación realizada", especifica el flamante decreto.

De tratarse de hechos u operaciones sospechosas de financiación del terrorismo será de 48 horas a partir de la operación realizada.
Fuente: Iprofesional.com

14/12/2010

En menos de un mes aumentan los intereses que cobra la AFIP .

La tasa mensual para calcular los resarcitorios pasa al 3% mientras que los punitorios se calculará bajo el nuevo índice del 4 por ciento.

En poco menos de un mes, aumentan las tasas para calcular los intereses resarcitorios y punitorios que cobra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El incremento se dio a conocer a través de la resolución 841/2010 emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La norma establece las siguientes tasas que entrarán en vigencia a partir del 1º de enero próximo:
  • Intereses resarcitorios: 3% mensual.
  • Intereses punitorios: 4% mensual.
La resolución también establece que "respecto de la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes del 1º de enero próximo, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados por los mismos".

Fuente: Iprofesional.com
14/12/2010

 

Mi Simplificación II: la AFIP puso la lupa sobre los convenios colectivos de trabajo

Desde el 23 de diciembre, unos 550.000 empleadores serán alcanzados por la obligación de informar, además, la categoría profesional y el puesto de cada dependiente. El impacto de la medida, según expertos y sindicatos consultados por iProfesional.com.

Mi Simplificación II: la AFIP puso la lupa sobre los convenios colectivos de trabajo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no detiene su marcha y sigue creando nuevos mecanismos de control que le permiten detectar evasores y contribuyentes morosos, no sólo de impuestos sino también de cargas sociales.

Y con ese objetivo, el organismo que conduce Ricardo Echegaray, acaba de lanzar "Mi Simplificación II", una versión mejorada del régimen vigente de altas y bajas de empleados online, que trae como novedad la obligatoriedad de identificar el convenio colectivo de trabajo, la categoría profesional y el puesto desempeñado por cada dependiente.

Esta medida, que abarca a más de 7.200.000 trabajadores y 550.000 empleadores, fue diseñada, por un lado, para facilitar la declaración de nuevas relaciones laborales, las cesantías y modificaciones respecto de un vínculo de trabajo. Pero también denota que el fisco puso la mira en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
 
De esta forma, y tal como anticipó en exclusiva a iProfesional.com, Carlos Sánchez, Director General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, la incorporación de los distintos convenios colectivos de trabajo, en la base de datos del sistema de seguridad social, ya es un hecho.

"Quienes no hacen las cosas bien, sabrán que nosotros tenemos indicadores sobre los cuales podemos inferirlo, nos podemos aproximar y los podemos detectar", advirtió el funcionario.

Y, en este sentido, agregó: "Vamos a ir actualizando, a nivel de CUIL, la categoría y el convenio colectivo de cada empleado".

El objetivo de esta medida es claro: intensificar los controles para que cada empleado cobre lo que establece su categoría, y que el empleador, pague los tributos correspondientes.
De esta forma, las autoridades del organismo recaudador buscan evitar que las empresas registren a sus dependientes en una categoría inferior a la que fija el convenio correspondiente y, de ese modo, ingresen un monto inferior en concepto de cargas sociales.
En este contexto, y de cara al nuevo sistema que se pondrá en marcha desde el día 23 de diciembre, especialistas y representantes sindicales consultados por iProfesional.com, reconocieron que "Mi Simplificación II" es una buena herramienta de control.

Además, admitieron que la realidad puede distar de aquello que los empleadores declaran al fisco, pero plantearon algunos reparos en cuanto a , de esta forma, el fisco podrá poner un freno al empleo en negro, que consideraron una cuestión preocupante.

Datos clave para detectar incumplimientos

Desde el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), advirtieron que, puede suceder que "una cosa sea la categoría que se dice y otra la que verdaderamente corresponde".

Para esos casos, remarcaron, "no hay otra alternativa que chequearlo a través de una inspección", poniendo de relieve que, en la actualidad, hay empresas que no declaran la categoría respectiva sino una menor.

En este sentido, indicaron que la información aportada servirá como punto de partida a los fines de que la AFIP detecte posibles irregularidades, especialmente considerando que hoy cuenta con un "as bajo la manga", que es la posibilidad de aplicar presunciones laborales.

En este contexto, Adrián Faks, titular del estudio Faks Abogados, destacó que la medida "mejorará la forma de inscripción de los trabajadores" y añadió que, a su vez, "va a generar un mayor cruzamiento de información".

Además, puntualizó: "Sin ninguna duda, esto va a repercutir en que los empleadores tengan todos los registros al día, y completos de manera correcta".

Por otra parte, desde el SEC enfatizaron que, a partir de "Mi Simplificación II", la AFIP va a tener que "determinar si hay relación entre la categoría y el aporte realizado. Creo que es importante, depende de cómo se implemente".

¿Un disparador para el control de los sindicatos?

En la actualidad, las entidades gremiales sólo obtienen información de los aportes realizados por las compañías a través de las planillas que las empresas presentan. Pero también se nutren de los datos que surgen de las inspecciones que ellos mismos realizan.

Faks sostuvo que "si están todos los sindicatos en línea, se enterarán de inmediato y podrán confirmar las categorías ingresadas, de modo de confirmar si están bien cargados los datos y chequear que no estén colocando a los empleados en una categoría inferior".

En tal sentido, Dante Camaño, Secretario General del Sindicato de Gastronómicos de Capital Federal, explicó: "Hacemos inspecciones donde se toma lista  de empleados con padrón del sindicato y se verifican documentos del contador de la empresa. Algunas las realizamos junto al Ministerio de Trabajo, y otras solos", sostuvo el sindicalista.

Y remarcó que "eso pasa en las compañías más chicas, ya que en las grandes, al tener delegados, no tenemos tantos problemas".
En tanto, desde el SEC mostraron optimismo sobre los efectos de la nueva medida y señalaron "supuestamente, vamos a tener mayor información, en la medida que accedamos a ella".
Un problema de fondo: el empleo en negro

Si bien la lucha contra el empleo no registrado configura un problema de fondo, de difícil solución en el corto plazo, la AFIP y también el Ministerio de Trabajo se encuentran tras los pasos de quienes no declaran a sus empleados o lo hacen de forma irregular.

A tal efecto, a las polémicas presunciones previsionales, ahora se sumaría un dato clave más para que el fisco advierta casos de evasión de cargas sociales.

Sin embargo, en este escenario, las fuentes consultadas plantearon interrogantes sobre si Mi Simplificación II respecto a cuánto podría terminar redundando en un menor nivel de informalidad laboral.

En este sentido, Caamaño disparó: "Los que están en negro van a seguir estando en negro".

Además, destacó que el problema del trabajo no registrado es realmente serio, al señalar que "en Buenos Aires, existen más de 10.000 establecimientos de turismo y gastronomía, y sólo 7.000 están registrados. Es decir, que casi el 40% no pagan nada".
Y Faks afirmó que "esta medida, sin dudas, va a mejorar las estadísticas de datos, pero creo que no será determinante al momento de combatir el empleo no registrado".

Fuente: Iprofesional.com
14/12/2010

13 dic 2010

Lavado: el Ejecutivo busca evitar sanciones por fallas en los controles.

El Gobierno presentará un plan destinado a corregir las deficiencias señaladas por el GAFI. Dictará un decreto para concentrar atribuciones en la UIF.

El Gobierno nacional intentará convencer al presidente del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), Luis Urrutia Corral, sobre la elaboración de un plan destinado a corregir las deficiencias en los controles de lavado de dinero.

La primera acción será dictar un decreto para concentrar atribuciones en la Unidad de Información Financiera (UIF), señala el matutino La Nación en su edición de hoy.

En la última reunión del GAFI emitió un informe en donde señala que la Argentina no cumple con 47 de las 49 normas que regulan la lucha contra el lavado de dinero. Asimismo, el documento marcó 250 deficiencias y colocó al país bajo un "proceso de seguimiento riguroso e intensivo".

Ante este panorama, el coordinador nacional de políticas antilavado, Alejandro Strega, reclamó a todas las áreas de Gobierno, elaborar un plan de acción. Debido a la particular situación, Luis Urrutia Corral, titular del GAFI, inicia hoy la visita al país.

Respecto al decreto próximo a oficializarse, altas fuentes del Ministerio de Justicia y de la propia UIF señalaron al matutino que la nueva norma "trata de poner en claro atribuciones que el organismo ya tiene".

El plan enviado al GAFI por el Gobierno prevé que algunas de las 250 deficiencias se están corrigiendo ahora, pero que las más importantes se las corregirá en noviembre de 2011 a través del Congreso.

En efecto, algunas reformas que pueden introducirse por vía de decretos o resoluciones, estarán listas entre este mes y febrero próximo.

Principalmente, la Argentina debe avanzar sobre los siguientes problemas: la falta de condenas por lavado; que la legislación no penaliza los delitos de autolavado ni el de conspiración; que algunas de las sanciones previstas para el lavado son leves y que tampoco existe un régimen de confiscación de bienes.

Según el GAFI, hay grandes sectores económicos que directamente están fuera del sistema.

Fuente: Iprofesional.com

13/12/2010

10 dic 2010

Relanzamiento de cheque cancelatorio: operatoria e implicancias fiscales.

El Consejo Profesional porteño explicó las principales características y limitaciones de este instrumento financiero. Quiénes pueden adquirirlo, cómo es su operatoria y la incidencia que tiene en el impuesto al cheque y en la Ley Antievasión.

En el marco de las medidas tendientes a disminuir la utilización de dinero en efectivo en el sistema financiero, el Banco Central emitió la Comunicación "A" 5130, flexibilizando la utilización del denominado "cheque cancelatorio" por medio de un mecanismo más ágil e instantáneo, lo que otorga seguridad tanto para quienes entregan los cheques cancelatorios como para quienes los reciben.

El relanzamiento del cheque cancelatorio se encuentra operativo a partir del 23 de noviembre y se puede adquirir de manera gratuita en cualquier entidad financiera del país.

Los cheques cancelatorios librados en pesos podrán ser utilizados para cualquier tipo de operaciones y producirán efectos de pago desde el momento en que se hace la tradición de dichos cheques al acreedor.

En cambio, los cheques cancelatorios emitidos en dólares deberán utilizarse exclusivamente para operaciones inmobiliarias.

Formas de adquisición

Los cheques cancelatorios constituyen un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo y podrán ser adquiridos tanto por personas físicas como jurídicas, con las siguientes características y limitaciones:

En caso de que el comprador de un cheque cancelatorio necesite pagar un monto superior a los límites establecidos, podrá solicitarle a la entidad financiera que libre más de un cheque hasta cubrir el total de la operación

Compra de cheques por personas físicas y jurídicas
 
Las personas físicas podrán adquirir los cheques cancelatorios en una entidad financiera en la que tengan cuenta y firma registrada.

Si la persona física adquiere un cheque cancelatorio en pesos, los fondos deberán provenir exclusivamente de un débito bancario de su cuenta, por lo cual, previo a la adquisición tendrá que disponer de saldo suficiente en su cuenta para cubrir el importe del cheque cancelatorio.

Sin embargo, si la persona física adquiere un cheque cancelatorio en dólares, podrá optar por entregar a la entidad financiera dólares billetes o hacerlo mediante débito bancario en la misma moneda.

En cambio, las personas jurídicas solo podrán comprar cheques cancelatorios en dólares y únicamente mediante débito en cuenta en esa misma moneda.

Por lo tanto, las empresas podrán utilizar el cheque cancelatorio exclusivamente para las operaciones inmobiliarias en dólares, previo depósito en su cuenta bancaria.

Beneficiarios

El beneficiario final de un cheque cancelatorio deberá presentarse para su cobro en una entidad financiera donde posea cuenta y firma registrada.

Las personas físicas podrán optar por cobrarlo en efectivo o bien depositarlo en su cuenta.

En cambio, las personas jurídicas deberán depositarlo en su cuenta para que se les sean acreditados los fondos.

Endosos

Los documentos podrán ser endosados dos veces mediante firma certificada. El primer endoso podrá ser efectuado tanto por una persona física como por una jurídica.

Sin embargo, el comunicado del Banco Central aclara que el segundo endoso sólo lo podrá realizar una persona física.

En caso de que el cheque cancelatorio fuera librado en pesos, los endosos podrán certificarse mediante tres formas: escribano, funcionario de entidad financiera o autoridad judicial.

Si el cheque cancelatorio es librado en dólares, el endoso deberá estar certificado únicamente por escribano.

Descripción de la operatoria

Las entidades financieras participantes de la operatoria de compra y venta de cheques cancelatorios recibirán del BCRA los documentos en consignación.

Estos documentos serán librados por las entidades financieras a pedido del comprador y deberán ser presentados para su cobro en la entidad en que tenga cuenta su tenedor dentro de los 90 días corridos contados a partir del momento en que fueron librados.

El circuito de emisión, libramiento y entrega de cheques cancelarios se podría resumir en el siguiente esquema:


Verificaciones on line

Tanto las entidades financieras como el público en general podrán constatar la legalidad del cheque cancelatorio mediante un sistema de consultas online que ya se encuentra disponible en la Web del BCRA (www.bcra.gov.ar - sección: Cheques cancelatorios - Consultar vigencia).
A esos fines se deberá indicar una serie de informaciones que identifican al cheque cancelatorio, tales como: número de serie, número de cheque, entidad emisora, número de transacción, CUIT del comprador, tipo de moneda, monto de la operación y CUIT del beneficiario.

Incidencia en el Impuesto al Cheque

Una de las cuestiones no definidas expresamente por la Comunicación del BCRA es la incidencia del Impuesto al Cheque al momento de efectuar el depósito del cheque cancelatorio en la cuenta del beneficiario.

Ante la falta de precisión, corresponde remitirnos a la Ley 25.413 y su Decreto Reglamentario Nº 380/01, donde se establece que quedan alcanzados por el Impuesto los créditos y débitos, cualquiera sea su naturaleza, efectuados en cuentas abiertas en las entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras.

Siendo ello así, y ante la falta de precisiones, podrían encontrarse alcanzados por el Impuesto al Cheque los depósitos en cuenta provenientes de cheques cancelatorios, salvo cuando se trate de personas físicas que opten por cobrarlos en efectivo.

Ley Antievasión

Las operaciones realizadas por medio de cheques cancelatorios cumplen con los medios de pago admitidos por la Ley Antievasión (Ley 25.345), por lo cual tendrán efectos entre las partes y hacia terceros, permitiendo de este modo el cómputo de deducciones, créditos fiscales y demás efectos tributarios que provengan de la operación.

El cheque cancelatorio se perfila como un instrumento que podría reducir el traslado de dinero en efectivo, especialmente cuando se trata de operaciones inmobiliarias encadenadas en dólares, ya sea para cancelar boletos de compra-venta de inmuebles o escrituras traslativas de dominio, cumpliendo al mismo tiempo con los requisitos de la Ley Antievasión, otorgando plena validez entre las partes y terceros.

Así, el beneficiario podrá consultar en la página Web del BCRA la legalidad y la disponibilidad de los fondos del cheque cancelatorio previo a concretarse la operación.

Marcos Verdún
Asesor Tributario
Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

© Especial para iProfesional.com
10/12/2010

La AFIP lanzó nuevas pautas para incorporar y desafectar personal.

El fisco puso en marcha "Mi Simplificación II" para fortalecer el empleo en blanco y reforzar la lucha contra la evasión en cargas sociales. Además, incorporó la obligatoriedad de identificar el convenio colectivo de trabajo, la categoría profesional y el puesto desempeñado por cada empleado.

 En lo que puede ser tomado como un "inesperado" regalo de Navidad para las compañías, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió reformular las pautas que deberán seguir las empresas -a partir del 23 de diciembre próximo- al momento de incorporar y desafectar personal.

En efecto, a través de la resolución general 2988, publicada en el Boletín Oficial, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray puso en marcha el nuevo sistema registral llamado "Mi Simplificación II" que tiene la misión de cumplir con un doble objetivo:
  • Agilizar los pasos a cumplir por parte de los empleadores para dar de alta y de baja a sus dependientes y,
  • Reforzar la lucha contra la evasión de cargas sociales.
Desde el fisco nacional, precisaron que los cambios abarcan a más de 7.200.000 trabajadores registrados y 550.000 empleadores.
Puntualmente, Echegaray aseguró que "la nueva versión del sistema Mi Simplificación facilita la registración de los empleados y mejora los controles en materia de Seguridad Social".

"Los 550.000 empleadores que utilizan la herramienta se encontrarán con una plataforma informática de última generación", aseguró el titular de la AFIP.
Y agregó: "El renovado sistema interrelaciona a todos los organismos del Estado, agilizando el acceso a la información para poder maximizar los controles".
También remarcó que los empleadores están obligados a entregar a su personal el comprobante de "empleo registrado" cuando comienzan su relación laboral.

Nuevas pautas

A efectos de entender el alcance de la reformulación reglamentaria, Daniel Pérez, titular del estudio que lleva su nombre, explicó a iProfesional.com los cambios centrales de la nueva resolución que entran en vigencia antes de Navidad.

"Esta modificación, implica una profundización y mejora respecto de la unificación y control del sistema registral laboral y de la Seguridad Social, el que, ha sido una experiencia exitosa en cuanto a la conformación de bases integradas", explicó el experto.

En materia de datos, el experto indicó que "el cambio de plataforma informática, además de la rapidez en la operación, va a implicar una serie de consultas más ágiles y mejor diseñadas".

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), agregó como una ventaja adicional, que en el nuevo sistema "todos los datos a cargar por el empleador se encuentran dispuestos en tablas, previéndose la posibilidad de exportarlos a sistemas propios y de realizar búsquedas dinámicas de información".

"Desde la Facpce esperamos que la nueva plataforma informática facilite la carga de aquellos inherentes a las relaciones laborales y que pueda ser utilizada sin inconvenientes, por parte de los empleadores y de los trabajadores, así como también por los distintos organismos de la Seguridad Social", agregó Domínguez.

Mayor control

Si bien los expertos consultados por este medio coincidieron en la importancia del avance tecnológico que apareja esta nueva medida de la AFIP, también advirtieron sobre futuros focos de conflicto.
Esto es así, ya que la nueva reglamentación incorpora como obligatoria la identificación de los convenios colectivos de trabajo, la categoría profesional y el tipo de servicio desempeñado por cada trabajador.
Tal avanzada fue adelantada, en exclusiva, por el Director General de los Recursos de la Seguridad Social, Carlos Sánchez, en el marco del seminario "Nuevo Escenario Laboral" organizado por iProfesional.com (Lea más: "La AFIP revela los controles que vienen sobre cargas sociales y empleo en negro").
Más precisamente, Sánchez anunció oportunamente la incorporación de los distintos convenios colectivos de trabajo en la base de datos del sistema de Seguridad Social, con el claro objeto de controlar que cada empleado cobre lo que establece su categoría, y que el empleador, ingrese los tributos correspondientes.
"La finalidad de esta medida es la de evitar que los empleadores registren a sus trabajadores en una categoría inferior a la que fija el convenio y, de ese modo, ingresar las cargas sociales correspondientes", explicó Sánchez.
Al respecto, Pérez advirtió que "el hecho de que, a partir de las nuevas reglamentaciones, se incorporen datos respecto de los convenios colectivos de trabajo, no solamente implica una responsabilidad muy importante para el empleador, sino también una fuente de información que puede ser utilizada por los sindicatos y dar lugar a conflictos gremiales".

Héctor García, titular de García, Pérez Boiani & Asociados, también manifestó su preocupación respecto a que la nueva resolución "extiende la obligatoriedad de altas y bajas para pasantes con todo lo que ello significa en cuanto a seguir desalentando esta figura por su excesiva equiparación y asimilación a una relación laboral".

Por otra parte, García alertó que se "establece la obligatoriedad para el empleador de informar la obra social de cada trabajador, aún cuando la flamante norma no prevé un circuito para que dicha información le llegue, sin incurrir en posibles injerencias".
Por último, Nicolás Yasi, consultor tributario y miembro de la Fundación Economía y Sociedad (Fundecos), advirtió que "tanta información conlleva a que el Estado nacional pueda liquidar los salarios de todos los trabajadores en forma automática".
"De esta manera se trabaría la relación flexible que debe existir entre el empleador y el empleado puesto que si el primero quiere gratificar a un trabajador por su desempeño, con un incremento salarial fuera del convenio, el mismo no podría ser calculado y pagado", aseguró Yasi.

Sueldos online

Una vez aceitado el nuevo mecanismo, se podrá contar con una sola base de datos digital que será válida para el fisco nacional, el Ministerio de Trabajo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y otros organismos que demanden datos declarados por las compañías.
"De esta manera, se pondrá punto final a las serias inconsistencias que se presentan en la información volcada ante los distintos organismos públicos", precisaron desde la AFIP.
En una etapa posterior, se avanzará en la digitalización del libro de sueldos y jornales, un viejo anhelo del organismo de recaudación. El detalle formará parte de la base de datos a la que podrán acceder las dependencias interesadas a través de un aplicativo por Internet.

Fuente: Iprofesional.com
10/12/2010

9 dic 2010

Día Internacional contra la Corrupción - 9 de Diciembre

Mensaje del Secretario General con motivo del Día Internacional contra la Corrupción

9 de diciembre de 2010

La corrupción es una amenaza para el desarrollo, la democracia y la estabilidad. Distorsiona los mercados, frena el crecimiento económico y desalienta la inversión extranjera. Erosiona los servicios públicos y la confianza en los funcionarios. Da pábulo al deterioro del medio ambiente y pone en peligro la salud pública al permitir el vertido ilegal de residuos peligrosos y la producción y distribución de falsos medicamentos.

La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción ha ayudado al sector público a avanzar en la adopción de medidas disuasorias para que no se cometan delitos de esa índole. El pasado año, los Estados partes en la Convención, que suman ya 148, establecieron un mecanismo de examen entre pares para identificar lagunas en las leyes y las prácticas nacionales de lucha contra la corrupción, logro importantísimo que puede ayudar a los gobiernos a poner coto al soborno y a la malversación de fondos públicos.

También es esencial la contribución del sector privado. La corrupción es un cargo oculto añadido a los gastos generales que hace subir los precios y merma la calidad sin beneficio alguno ni para los productores ni para los consumidores. Prevenir la corrupción es ventajoso incluso desde el punto de vista económico, pues son cada vez más los inversores que toman sus decisiones no solo en función de consideraciones ambientales, sociales y de gobernanza, sino también en función de la ética en el desempeño.

Hago un llamamiento a los líderes empresariales de todo el mundo para que denuncien la corrupción y hagan valer sus palabras con prohibiciones estrictas contra la misma. Deben adoptar políticas contra la corrupción en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas e implantar los controles necesarios para fortalecer la integridad y la transparencia. También insto a las empresas a cooperar más estrechamente con las Naciones Unidas a este respecto. En particular, deben considerar la posibilidad de sumarse al Pacto Mundial de las Naciones Unidas, la mayor iniciativa mundial de sostenibilidad empresarial, que proporciona a los participantes instrumentos para combatir todas las formas de corrupción, sin olvidar la extorsión y el soborno.

Lo que encarecemos a los sectores público y privado, también debemos practicarlo nosotros en las Naciones Unidas. Una cultura institucional basada en la ética es uno de los mejores antídotos contra la corrupción. La Oficina de Ética de las Naciones Unidas promueve la rendición de cuentas, la integridad y la transparencia en el marco de una normativa muy explícita que protege de represalias al personal que denuncie faltas de conducta o participe en auditorías e investigaciones que pueden sacar a la luz comportamientos corruptos.

Las Naciones Unidas también se esfuerzan por combatir la corrupción en sus actividades, concretamente en la contratación, con mecanismos para asegurar la rendición de cuentas a nivel individual, la colaboración con las instancias encargadas de velar por el cumplimiento de la ley y la investigación de todos los posibles casos de corrupción que puedan surgir. La Oficina de Servicios de Supervisión Interna de las Naciones Unidas ha convocado a organizaciones de todo el mundo a una conferencia que se celebrará los días 8 y 9 de diciembre en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York al objeto de potenciar el papel de las investigaciones internas en la lucha contra la corrupción.

En este Día Internacional contra la Corrupción, todos debemos poner de nuestra parte para fomentar prácticas éticas, salvaguardar la confianza y asegurar que no se produzca ninguna desviación de los valiosos recursos que necesitamos para llevar a cabo nuestra labor conjunta en pro del desarrollo y de la paz.

Fuente: Organización de las Naciones Unidas
09/12/2010

3 dic 2010

Los jefes jóvenes son más proclives a implementar el teletrabajo.

Una reciente encuesta reveló que el 68% de los mandos medios considera que los empleados de sus compañías pueden tele trabajar al menos dos días por semana.
 
El 68% de los jefes jóvenes (que desempeñan en su mayoría mandos medios) considera que los empleados de sus compañías pueden tele trabajar al menos dos días por semana, reveló la consultora Jobing reveló en el marco de la Conferencia sobre Teletrabajo organizada por la Escuela de Negocios de la Universidad Católica Argentina.

El teletrabajo consiste en una modalidad de trabajo a distancia que permite a los empleados no tener que trasladarse diariamente a la oficina para cumplir con sus tareas y llevarlas a cabo desde su casa o un lugar alternativo ahorrando tiempo y dinero, al tiempo que para las empresas que los aplican les significa importantes aumentos en la productividad.
El estudio desarrollado por Jobing fue realizado sobre 400 ejecutivos de todo el país que accedieron en forma voluntaria a responder un cuestionario online.

Del mismo estudio surge también que, si bien los jefes jóvenes están muy a favor del teletrabajo, en el caso de los cargos jerárquicos, sólo el 37% cree que sus empleados pueden desempeñar su trabajo a distancia.
"Esto es así porque los jefes con cargos más altos en una empresa, al tener mas edad y antigüedad en la compañía, están más arraigados a la tradicional organización del trabajo", explicó Fabio Boggino, director de Jobing.

No obstante, Boggino se mostró optimista sobre la predisposición de las empresas a probar con esta nueva modalidad laboral.

"Teletrabajo es la organización del futuro y no es una opción. Es un camino inevitable y cuanto antes los directivos de empresas se den cuenta y lo implementen en sus organizaciones mas podrán no solamente retener talentos sino además atraer nuevas generaciones de empleados que reclaman estas maneras flexibles de trabajo y que serán en unos años los CEO de las empresas", destacó.

El crecimiento del teletrabajo en la Argentina es incesante. Según datos oficiales, se incrementó en el último año un 20 por ciento.

En la actualidad son aproximadamente 1,9 millones, las personas que trabajan bajo la modalidad del teletrabajo. El 10% de esa cifra lo hace bajo relación de dependencia, siendo el resto trabajadores autónomos o emprendedores.

Comparando estos datos con años anteriores, en 2004 había 300.000 teletrabajadores, durante 2007 ascendieron a 590.000, en 2008 esa cifra se elevó a 1.300.000 llegando en 2009 a 1.600.000.

Fuente: Iprofesional.com
01/12/2010 

Teletrabajo: el Gobierno impulsa un manual de buenas prácticas

Se realizarán talleres bi y tripartitos para validar el manual elaborado, con la intervención de teletrabajadores, representantes sindicales y empresas.
 
Un acuerdo para confeccionar el Manual de Buenas Prácticas en Teletrabajo se concretó el pasado martes.

El acto contó con la presencia del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, el director de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en la Argentina Marcelo Castro Fox, la coordinadora de Teletrabajo Viviana Díaz; el vicepresidente séptimo de la UIA Daniel Funes De Rioja; Ignacio Funes De Rioja (UIA) y autoridades de las empresas participantes del Programa de Teletrabajo para Empresas Privadas (PROPET) y de la Red de Teletrabajo: YPF, Telecom y Cisco.

El manual abordará temas puntuales y transversales al teletrabajo, tales como: seguridad e higiene; certificación de competencias; gestión de recursos humanos; reversibilidad; plus por teletrabajo; privacidad y confidencialidad de la información; mantenimiento, uso y cuidado de los elementos de trabajo, entre otros.

Según se informó desde la cartera laboral, se prevé la realización de talleres bi y tripartitos para validar el manual elaborado, con la intervención de los teletrabajadores, los representantes sindicales y las empresas.

El documento estará precedido por una introducción a cargo de la OIT y recomendaciones que se extraerán a partir del estudio y análisis del Programa de Teletrabajo para el Sector Privado (PROPET), liderado desde la Coordinación de Teletrabajo del MTEySS.

"Esto es para aquellos hombres y mujeres que trabajan en sus casas, que desde sus hogares pueden conciliar la vida laboral con la vida familiar y prestan un determinado servicio en relación de dependencia", señaló Tomada.

Y completó: "No son autónomos, no son trabajadores que no tienen ningún vínculo con la empresa, precisamente en la reunión de hoy estuvieron empresas como YPF, como Telecom, Cisco, y ya están trabajando de esta manera con una parte de sus trabajadores en situación de teletrabajo".

A fin de cumplir con el plan de acción los firmantes se proponen la creación de un comité tripartito de observación y seguimiento del cual participará la OIT en calidad de organismo internacional asesor.

"Nosotros creemos que esta acción de conformar un observatorio es muy pertinente en relación a la necesidad de observar cómo se va desarrollando esta nueva forma de trabajo", expresó el ministro.

"Pusimos la cabeza en este tema porque no queremos poner en riesgo, como ya nos ha pasado con otras instituciones, como en su momento fueron las pasantías o en su momento el trabajo a tiempo parcial, buenos instrumentos que fueron convertidos en mecanismos de fraude laboral, lo mismo pasaba con la tercerización, por eso nuestra tarea desde ya hace varios años viene siendo buscar formas de detectar esa forma del fraude a través de tercerizados que tienen condiciones de precariedad muy alta, o tercerizados que están directamente en trabajo no registrado", concluyó el titular de la cartera laboral

Telecom, YPF y Cisco adhieren a esta iniciativa convalidando la conformación del comité y la designación de una comisión al efecto.
Fuente: Iprofesional.com
02/12/2010