El monto destinado a la salud subió de $46,75 a $60 por mes, en tanto se mantuvo sin cambios la cuota previsional de $35 por mes.
A partir del mes pasado, rige un aumento en los aportes destinados a las obras sociales del personal doméstico.
La instrumentación de la suba de los aportes a las obras sociales fue oficializada a través de la resolución 3033 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder a la norma haga clic aquí.
En efecto, el aporte y la contribución de salud del personal doméstico subió de $46,75 a $60 por mes, en tanto se mantuvo sin cambios la cuota previsional de $35 por mes. Por ende, el aporte total por cada afiliado, subió de $81,75 a $95, lo que representa un incremento del 16,2 por ciento.
Complementariamente, por cada familiar adherido o que se integre a la obra social el aporte también aumentó al pasar de $39 a $60 mensuales.
Ademas de la cobertura de la obra social, el ingreso del monto le garantiza al personal doméstico una pensión de invalidez y fallecimiento y luego de 30 años de aportes puede jubilarse con el haber mínimo .
Para poder acceder a estos beneficios, la empleada doméstica debe estar en la categoría de 16 o más horas semanales trabajadas , para el mismo o para diferentes empleadores.
De estar en una categoría más baja, se puede optar por pagar la diferencia hasta completar los $95 mensuales para tener derecho a la cobertura de jubilación y obra social.
Por último, el personal doméstico -esté o no registrado- tiene derecho a cobrar la asignación por hijo de $220 si no lo cobra el padre o la madre del menor, según los casos.
Fuente: Iprofesional.com
09/02/2011
La instrumentación de la suba de los aportes a las obras sociales fue oficializada a través de la resolución 3033 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder a la norma haga clic aquí.
En efecto, el aporte y la contribución de salud del personal doméstico subió de $46,75 a $60 por mes, en tanto se mantuvo sin cambios la cuota previsional de $35 por mes. Por ende, el aporte total por cada afiliado, subió de $81,75 a $95, lo que representa un incremento del 16,2 por ciento.
Complementariamente, por cada familiar adherido o que se integre a la obra social el aporte también aumentó al pasar de $39 a $60 mensuales.
Ademas de la cobertura de la obra social, el ingreso del monto le garantiza al personal doméstico una pensión de invalidez y fallecimiento y luego de 30 años de aportes puede jubilarse con el haber mínimo .
Para poder acceder a estos beneficios, la empleada doméstica debe estar en la categoría de 16 o más horas semanales trabajadas , para el mismo o para diferentes empleadores.
De estar en una categoría más baja, se puede optar por pagar la diferencia hasta completar los $95 mensuales para tener derecho a la cobertura de jubilación y obra social.
Por último, el personal doméstico -esté o no registrado- tiene derecho a cobrar la asignación por hijo de $220 si no lo cobra el padre o la madre del menor, según los casos.
Fuente: Iprofesional.com
09/02/2011